Norma Legal Oficial del día 10 de junio del año 2004 (10/06/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

MORDAZA, jueves 10 de junio de 2004

NORMAS LEGALES

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2. Copias fedateadas del D.N.I. y de la Licencia de Conducir vigente del conductor. 3. Certificado de haber asistido al Curso Anual de Educacion y Seguridad Vial. 4. Recibo de pago por los derechos administrativos segun el MORDAZA vigente. Articulo 15º.- Todos los tramites administrativos relacionados con EL SERVICIO deben ser realizados por el representante legal de LA ASOCIACION. Articulo 16º.- La Resolucion de Operacion tendra vigencia de tres (3) anos, renovable por periodos iguales a solicitud del interesado; siempre que no medien observaciones por parte de LA MUNICIPALIDAD. Articulo 17º.- La Credencial del Conductor tendra una vigencia de tres (3) anos; debiendo tenerse presente para su otorgamiento la informacion del registro respecto al cumplimiento de las disposiciones de MORDAZA, al presente Reglamento y demas normas que expida LA MUNICIPALIDAD. Articulo 18.- LA ASOCIACION podra obtener uno o mas paraderos, siempre que acredite tener la capacidad requerida para prestar EL SERVICIO. Articulo 19º.- Los Recursos Impugnatorios contra las resoluciones que se expidan son: Reconsideracion, Apelacion y Revision. El recurso de Reconsideracion se interpondra ante la Subgerencia de Catastro Control MORDAZA y Transporte. El recurso de Apelacion que se interponga, sera resuelto por la Gerencia de Desarrollo Urbano. El recurso de Revision procede excepcionalmente cuando se deniega la Resolucion de Operacion, la misma que sera resuelta mediante Resolucion de Alcaldia. Los recursos impugnatorios, plazos, requisitos y tramitaciones se sujetaran a lo dispuesto en el MORDAZA correspondiente, asi como a la Ley del Procedimiento Administrativo General. Articulo 20º.- Las caracteristicas que contendra la Resolucion de Operacion, como minimo seran las siguientes: 1. Numero de la Autorizacion Municipal. 2. Nombre de LA ASOCIACION. 3. MORDAZA de trabajo. 4. Ubicacion del (los) paradero(s) autorizado(s), indicando area. 5. Numero de Placa de Rodaje de los vehiculos menores autorizados. 6. Fecha de caducidad. 7. Firma del funcionario que autoriza. Articulo 21º.- Las caracteristicas que contendra como minimo la Credencial del Conductor, seran las siguientes: 1. Nombre, apellidos y numero del D.N.I. del Conductor del vehiculo Menor. 2. Numero y fecha de caducidad de la Licencia de Conducir. 3. Foto del conductor. 4. Nombre del Transportista Autorizado al que esta afiliado. 5. Firma del funcionario que autoriza. Articulo 22º.- Para la obtencion de la Resolucion de Operacion, LA ASOCIACION presentara los requisitos establecidos en el presente Reglamento, ante la Unidad de Tramite Documentario de LA MUNICIPALIDAD, la cual aperturara un expediente que sera remitido a la Subgerencia de Catastro Control MORDAZA y Transporte para su atencion en los plazos de Ley. Articulo 23º.- La MORDAZA de la solicitud de la Resolucion de Operacion no autoriza a ejercer EL SERVICIO. Articulo 24º.- Para el otorgamiento del Permiso de Operacion a LA ASOCIACION se estableceran los siguientes criterios: a. En caso de que LA ASOCIACION solicite un paradero o varios paraderos: 1. Cumplir con los requisitos establecidos en el presente reglamento y en el MORDAZA vigente. 2. Que este integrado por personas naturales que acrediten ser propietarios de los vehiculos menores. 3. No se encuentre prestando EL SERVICIO o tengan su sede institucional en otro distrito. 4. Que este integrada cuando menos con el 90% de residentes del distrito de Lurin (se verificara en la MORDAZA fedateada del D.N.I.).

5. Asuma la responsabilidad solidaria por los actos y obligaciones de los socios y conductores durante la prestacion de EL SERVICIO. b. En Caso de que dos (2) o mas ASOCIACIONES soliciten el(los) mismo(s) paradero(s) se aplicara los siguientes criterios para priorizar la autorizacion: 1. Antiguedad debidamente acreditada en la prestacion de EL SERVICIO. 2. Cumplimiento total de los requisitos y condiciones senaladas en el presente Reglamento. 3. Plan de propuestas para mejorar la calidad del servicio, con el respectivo cronograma de ejecucion. 4. Mejor MORDAZA de vehiculos y conductores que procuren una mejor calidad de servicio y seguridad a los pasajeros, no senalados en la presente Reglamento. Articulo 25º.- La Resolucion de Operacion se cancelara mediante Resolucion de la Subgerencia de Catastro Control MORDAZA y Transporte por las siguientes causales: 1. Cuando el Transportista Autorizado abandone EL SERVICIO por mas de cinco (5) dias consecutivos. 2. Cuando el Transportista Autorizado no use la MORDAZA de Trabajo y paraderos autorizados mediante la Resolucion de Operacion por mas de 5 dias consecutivos. 3. Por transferir por acuerdo de sus asociados a otra ASOCIACION, la Resolucion de Operacion otorgada por LA MUNICIPALIDAD. Articulo 26º.- La Credencial del Conductor se cancelara cuando: 1. Se suspenda o cancele la Licencia de Conducir. 2. Cuando se compruebe la condicion de socio y/o conductor perteneciente a otro Transportista Autorizado. 3. Cuando no asista anualmente al Curso de Educacion y Seguridad Vial. CAPITULO II DEL REGISTRO Articulo 27º.- El Registro de los Vehiculos Menores y el Registro de los Conductores de Vehiculos Menores asi como de todos los Transportistas Autorizados sera elaborado y estaran a cargo de la Subgerencia de Catastro Control MORDAZA y Transporte, el cual debera de mantenerlos permanentemente actualizado; con los datos que obtenga del cumplimiento de los requisitos que senala el presente Reglamento. Asi tambien se archivara las copias fedateadas de los documentos presentados ante esta Subgerencia, conformandose un archivo para cada Transportista Autorizado. Articulo 28º.- El Registro de los Transportistas Autorizados contara con los siguientes datos: 1. Numero de la Resolucion de Operacion y fecha de caducidad. 2. Nombre del Transportista Autorizado, RUC y domicilio fiscal. 3. Nombre del Representante Legal, de los que conforman la junta Directiva y su periodo de gestion. Y nombre de los socios y accionistas. 4. Paradero (s) autorizado (s) y MORDAZA de trabajo. Articulo 29º.- El Registro de los Vehiculos Menores contara con los siguientes datos: 1. Los datos consignados de la Tarjeta de Propiedad. 2. Numero y fecha de la hoja de Constatacion Anual de Caracteristicas, ademas de la calificacion en que resulto la Constatacion. Articulo 30º.- El Registro de los Conductores del Vehiculo Menor contara con los datos personales, domicilio, Licencia de Conducir (indicando fecha de caducidad) y credencial de cada conductor. TITULO III DISPOSICIONES TECNICAS CAPITULO I REQUISITOS DEL SERVICIO Articulo 31º.- Los vehiculos destinados a la prestacion de EL SERVICIO, deberan cumplir con:

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