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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE JUNIO DEL AÑO 2004 (10/06/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 53

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G37/G30/G31/G32/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 10 de junio de 2004 2. Copias fedateadas del D.N.I. y de la Licencia de Con- ducir vigente del conductor. 3. Certificado de haber asistido al Curso Anual de Edu- cación y Seguridad Vial. 4. Recibo de pago por los derechos administrativos se- gún el TUPA vigente. Artículo 15º.- Todos los trámites administrativos rela- cionados con EL SERVICIO deben ser realizados por elrepresentante legal de LA ASOCIACIÓN. Artículo 16º.- La Resolución de Operación tendrá vi- gencia de tres (3) años, renovable por periodos iguales asolicitud del interesado; siempre que no medien observa-ciones por parte de LA MUNICIPALIDAD. Artículo 17º.- La Credencial del Conductor tendrá una vigencia de tres (3) años; debiendo tenerse presente para su otorgamiento la información del registro respecto al cum- plimiento de las disposiciones de tránsito, al presente Re-glamento y demás normas que expida LA MUNICIPALI-DAD. Artículo 18.- LA ASOCIACIÓN podrá obtener uno o más paraderos, siempre que acredite tener la capacidad requerida para prestar EL SERVICIO. Artículo 19º.- Los Recursos Impugnatorios contra las resoluciones que se expidan son: Reconsideración, Ape-lación y Revisión. El recurso de Reconsideración se inter-pondrá ante la Subgerencia de Catastro Control Urbano yTransporte. El recurso de Apelación que se interponga, será resuelto por la Gerencia de Desarrollo Urbano. El recurso de Revisión procede excepcionalmente cuando se denie-ga la Resolución de Operación, la misma que será resuel-ta mediante Resolución de Alcaldía. Los recursos impug-natorios, plazos, requisitos y tramitaciones se sujetarán alo dispuesto en el TUPA correspondiente, así como a la Ley del Procedimiento Administrativo General. Artículo 20º.- Las características que contendrá la Re- solución de Operación, como mínimo serán las siguientes: 1. Número de la Autorización Municipal. 2. Nombre de LA ASOCIACIÓN. 3. Zona de trabajo. 4. Ubicación del (los) paradero(s) autorizado(s), indi- cando área. 5. Número de Placa de Rodaje de los vehículos meno- res autorizados. 6. Fecha de caducidad. 7. Firma del funcionario que autoriza. Artículo 21º.- Las características que contendrá como mínimo la Credencial del Conductor, serán las siguientes: 1. Nombre, apellidos y número del D.N.I. del Conductor del vehículo Menor. 2. Número y fecha de caducidad de la Licencia de Con- ducir. 3. Foto del conductor.4. Nombre del Transportista Autorizado al que está afi- liado. 5. Firma del funcionario que autoriza. Artículo 22º.- Para la obtención de la Resolución de Operación, LA ASOCIACIÓN presentará los requisitos es-tablecidos en el presente Reglamento, ante la Unidad deTrámite Documentario de LA MUNICIPALIDAD, la cual aper- turará un expediente que será remitido a la Subgerencia de Catastro Control Urbano y Transporte para su atenciónen los plazos de Ley. Artículo 23º.- La presentación de la solicitud de la Re- solución de Operación no autoriza a ejercer EL SERVI-CIO. Artículo 24º.- Para el otorgamiento del Permiso de Ope- ración a LA ASOCIACIÓN se establecerán los siguientescriterios: a. En caso de que LA ASOCIACIÓN solicite un parade- ro o varios paraderos: 1. Cumplir con los requisitos establecidos en el presen- te reglamento y en el TUPA vigente. 2. Que esté integrado por personas naturales que acre- diten ser propietarios de los vehículos menores. 3. No se encuentre prestando EL SERVICIO o tengan su sede institucional en otro distrito. 4. Que esté integrada cuando menos con el 90% de residentes del distrito de Lurín (se verificará en la copiafedateada del D.N.I.).5. Asuma la responsabilidad solidaria por los actos y obligaciones de los socios y conductores durante la pres-tación de EL SERVICIO. b. En Caso de que dos (2) o más ASOCIACIONES so- liciten el(los) mismo(s) paradero(s) se aplicará los siguien-tes criterios para priorizar la autorización: 1. Antigüedad debidamente acreditada en la prestación de EL SERVICIO. 2. Cumplimiento total de los requisitos y condiciones señaladas en el presente Reglamento. 3. Plan de propuestas para mejorar la calidad del servi- cio, con el respectivo cronograma de ejecución. 4. Mejor presentación de vehículos y conductores que procuren una mejor calidad de servicio y seguridad a los pasajeros, no señalados en la presente Reglamento. Artículo 25º.- La Resolución de Operación se cancela- rá mediante Resolución de la Subgerencia de CatastroControl Urbano y Transporte por las siguientes causales: 1. Cuando el Transportista Autorizado abandone EL SERVICIO por más de cinco (5) días consecutivos. 2. Cuando el Transportista Autorizado no use la Zona de Trabajo y paraderos autorizados mediante la Resolu- ción de Operación por más de 5 días consecutivos. 3. Por transferir por acuerdo de sus asociados a otra ASOCIACIÓN, la Resolución de Operación otorgada porLA MUNICIPALIDAD. Artículo 26º.- La Credencial del Conductor se cance- lará cuando: 1. Se suspenda o cancele la Licencia de Conducir. 2. Cuando se compruebe la condición de socio y/o con- ductor perteneciente a otro Transportista Autorizado. 3. Cuando no asista anualmente al Curso de Educa- ción y Seguridad Vial. CAPÍTULO II DEL REGISTRO Artículo 27º.- El Registro de los Vehículos Menores y el Registro de los Conductores de Vehículos Menores así como de todos los Transportistas Autorizados será elaborado yestarán a cargo de la Subgerencia de Catastro Control Ur-bano y Transporte, el cual deberá de mantenerlos perma-nentemente actualizado; con los datos que obtenga del cum-plimiento de los requisitos que señala el presente Regla- mento. Así también se archivará las copias fedateadas de los documentos presentados ante esta Subgerencia, con-formándose un archivo para cada Transportista Autorizado. Artículo 28º.- El Registro de los Transportistas Autori- zados contará con los siguientes datos: 1. Número de la Resolución de Operación y fecha de caducidad. 2. Nombre del Transportista Autorizado, RUC y domici- lio fiscal. 3. Nombre del Representante Legal, de los que confor- man la junta Directiva y su periodo de gestión. Y nombre de los socios y accionistas. 4. Paradero (s) autorizado (s) y zona de trabajo. Artículo 29º.- El Registro de los Vehículos Menores con- tará con los siguientes datos: 1. Los datos consignados de la Tarjeta de Propiedad. 2. Número y fecha de la hoja de Constatación Anual de Características, además de la calificación en que resultó laConstatación. Artículo 30º.- El Registro de los Conductores del Vehí- culo Menor contará con los datos personales, domicilio, Li- cencia de Conducir (indicando fecha de caducidad) y cre-dencial de cada conductor. TÍTULO III DISPOSICIONES TÉCNICAS CAPÍTULO I REQUISITOS DEL SERVICIO Artículo 31º.- Los vehículos destinados a la prestación de EL SERVICIO, deberán cumplir con: