Norma Legal Oficial del día 10 de junio del año 2004 (10/06/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 62

Pag. 270132

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 10 de junio de 2004

k) Propietario.- Persona natural o juridica titular de los elementos de publicidad exterior. l) Publicidad.- Toda forma de comunicacion realizada por personas naturales o juridicas, publicas o privadas, en el ejercicio de una actividad comercial, industrial, artesanal, social, profesional, cultural o politica con el fin de promover la contratacion de bienes muebles o inmuebles, servicios, derechos y obligaciones o la difusion de mensajes o senales de naturaleza comercial, social, cultural, politica o de cualquier otra naturaleza. m) Publicidad exterior.- Transmision de mensajes o senales a traves de estructuras o elementos especiales que se colocan, instalan o adhieren en bienes de dominio publico y/o privado o mobiliario MORDAZA de modo tal que MORDAZA visibles. n) Titular.- Persona natural o juridica a nombre de quien se ha emitido autorizacion municipal. Articulo 5º.- Clasificacion de los elementos de publicidad exterior por su naturaleza.- Los elementos de publicidad exterior por sus caracteristicas propias se clasifican en: a) Anuncio ecologico.- Publicidad exterior elaborado con elementos organicos o inorganicos tales como piedras, implantados en areas verdes, jardines, taludes o laderas de cerros. b) Banderola y pasacalle.- Elemento elaborado de material flexible (tela, plastico, MORDAZA o similar) que requiere para su colocacion de elementos existentes que forman parte del mobiliario MORDAZA, del paisaje (arboles u otros) o de elementos otorgadores del servicio publico tales como postes de alumbrado, telefonia, etc. c) Cartel o afiche.- Anuncio impreso en una superficie laminar de papel, carton o material similar, que se adhiere a una cartelera, fachada o superficie autorizada. d) Escultorico.- Elementos conformados por un conjunto de objetos tridimensionales o volumenes figurativos o abstractos. e) Gigantografia.- Modalidad de elemento de publicidad exterior de caracter transitorio, confeccionado sobre material de vinil o similar que se caracteriza por su formato de gran extension. f) Globo aerostatico.- Elemento de material flexible lleno de un gas ligero incombustible que se eleva y mantiene equilibrio en la atmosfera, el cual debera ser anclado al suelo. g) Letrero.- Elemento de una o mas caras adosadas o impresas al elemento de publicidad exterior, luminoso o MORDAZA, instalado directamente en una estructura independiente, en los paramentos de las edificaciones o en elementos moviles. h) Letras recortadas.- Los anuncios constituidos por letras, numeros o simbolos independientes entre si, que se adosan a los paramentos de los inmuebles, sin impedir que se distingan los elementos arquitectonicos del edificio, en areas verdes, taludes, MORDAZA o laderas de cerros. i) Marquesina.- Elemento arquitectonico que sobresale del limite de la edificacion cubriendo parte de la vereda encontrandose libre en su parte superior de toda construccion. j) Mobiliario urbano.- Es el conjunto de instalaciones o elementos que ocupan un espacio publico, y cuya finalidad es la de atender una necesidad social o prestar un determinado servicio al vecindario. Estaran incluidas tanto las instalaciones y elementos de titularidad publica, explotados directamente o por concesion: bancos, cabinas, marquesinas, papeleras, buzones, senales, entre otros, como los colocados por particulares, previa autorizacion municipal tales como kioscos o puestos fijos, de temporada u ocasionales y similares. k) Moviles.- Elementos de publicidad exterior que se desplazan de un espacio fisico a otro, a traves de dos medios: - Medios de transporte. - Por personas. l) Panel de techo.- Estructuras auto portadas que se adicionan a los paramentos de las edificaciones. Puede ser de dimension simple o especial. m) Toldos.- Cubiertas de tela u otro material analogo que se sostienen en los paramentos de los predios o mobiliario MORDAZA y que pudieran tener impreso letras recortadas o logotipos adosados a la parte frontal y laterales.

Articulo 6º.- Clasificacion de los elementos de publicidad exterior por su tamano o volumen.-Los elementos de publicidad exterior por sus dimensiones se clasifican en: a) Paleta de comunicacion.- Elemento conformado por una estructura especial que cuenta con dos superficies planas, no necesariamente rigidas, que no excedan los 3.00 m2 las cuales se apoyan sobre un elemento vertical (Poste). b) Panel de soporte multiple.- Fabricado en plancha metalica de una o de dos caras orientadas en direcciones opuestas. c) Panel simple.- Elemento constituido por superficies rigidas que no excedan de 10.00 m2 sostenidos por parantes sencillos o adosados a los paramentos de las construcciones. d) Panel especial.- Elemento que requiere de una estructura especial y que se sostiene de uno o mas puntos cuyas dimensiones maximas de exhibicion MORDAZA hasta 50.00 m2 por cara y puede contener varias publicidades o paneles simples. e) Panel monumental.- Elemento cuya superficie excede de 5.00 m2 y esta expuesto a la fuerza de vientos o cuya estructura es especial y compleja, razon por la cual debe ser calculada tecnicamente. Asimismo, esta construida con materiales resistentes e incombustibles y de conformidad a lo senalado en el Reglamento Nacional de Construcciones. Articulo 7º.- Clasificacion de los elementos de publicidad exterior por sus caracteristicas tecnicas.- Los elementos de publicidad exterior por sus caracteristicas tecnicas se clasifican en: a) De proyeccion.- Aquel en que el elemento, a traves de medios cinematograficos, electronicos similares u otra tecnologia de vistas fijas o variables, se refleja en una pantalla o superficie. b) Iluminado.- Aquel en que el elemento es alumbrado por medios externos al propio elemento de publicidad exterior. c) Luminoso.- Aquel en que el elemento se encuentra alumbrado por medios contenidos en su propia estructura. d) Variable.- Aquel en que el elemento que aparece en medio fijo se modifica automaticamente por medios mecanicos, electricos o electronicos.

CAPITULO III COMPETENCIA DE LA MUNICIPALIDAD
Articulo 8º.- Facultades de la Municipalidad.- Compete a la Municipalidad Distrital de MORDAZA de Surco: 1.- Regular la instalacion de los elementos fijos y el uso de elementos moviles para publicidad exterior. 2.- Autorizar la instalacion de elementos de publicidad exterior en: a) Las areas de los predios ubicados en la jurisdiccion del distrito. b) Lugares de concentracion de publico. 3.- Otorgar en concesion espacios para la colocacion de elementos de publicidad exterior o mobiliario MORDAZA, en las areas de dominio publico. 4.- Fiscalizar el cumplimiento de esta Ordenanza en todo el distrito de MORDAZA de Surco. 5.- Resolver los recursos administrativos relacionados con la publicidad exterior. No compete a la Municipalidad normar o intervenir en cuanto al contenido de los anuncios, salvo aquellos cuyos mensajes afecten la moral y las buenas costumbres.

CAPITULO IV DE LAS OBLIGACIONES
Articulo 9º.- Obligacion de la Municipalidad.- Respetar el derecho del titular respecto de los elementos de publicidad exterior por el plazo autorizado el cual sera como MORDAZA de cuatro (4) anos en el caso de los paneles especiales; se trata por consiguiente de una autorizacion de naturaleza temporal, cuya caducidad estara sujeta ademas a que las condiciones que fueron evaluadas al momento de ser otorgada se mantengan en el tiempo. En el caso del

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.