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/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G37/G30/G31/G33/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 10 de junio de 2004 les representan al vecindario, promueven la adecuada pres- tación de los servicios públicos locales y el desarrollo inte-gral, sostenible y armónico de su circunscripción; Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipali- dades, señala que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia,son las normas de carácter general de mayor jerarquía enla estructura normativa municipal, por medio de las cualesse aprueba la organización interna, la regulación, adminis-tración y supervisión de los servicios públicos y las mate- rias en las que la Municipalidad tiene competencia norma- tiva. Asimismo, con ellas se crean, modifican, suprimen oexoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contri-buciones, dentro de los límites establecidos por ley; Que, el artículo 46º de la Ley Orgánica de Municipali- dades señala que las municipalidades mediante Ordenan- za pueden establecer sanciones de multa, retiro de ele- mentos antirreglamentarios, entre otras; Que, en el numeral 3.6.3 del artículo 79º de la Ley Or- gánica de Municipalidades son funciones específicas ex-clusivas de las municipalidades distritales, entre otras, lade normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, y realizar la fiscalización de la ubicación de avi- sos publicitarios y propaganda política; Que, con fecha 14.AGO.2003 se publicó la Ordenanza Nº 146-MSS, norma que suspende el otorgamiento de au-torizaciones municipales de elementos generadores deimpacto visual negativo y/o contaminación luminosa en el distrito. Dicha norma dispuso la conformación de una Co- misión Técnica que proponga la regulación de la normativi-dad de elementos publicitarios en el distrito acorde con el propósito institucional de lograr un equilibrio entre los ele-mentos que producen impacto visual negativo y/o contami-nación luminosa y calidad de vida de los vecinos; Que, con fecha 19.FEB.2004 se publicó la Ordenanza Nº 177-MSS, norma que prorroga el plazo de vigencia es-tablecido por la Ordenanza Nº 146-MSS hasta el31MAR2004, plazo prorrogado hasta el 30.MAY.2004 porla Ordenanza Nº 186-MSS publicada con fecha22.ABR.2004; Que, el numeral 8.5 del Capítulo 8 (Normas Técnicas Complementarias) del Título I (Normas Técnicas Urbanís-ticas de Usos de suelo para el distrito de Santiago de Sur-co) de la Reglamentación de la Zonificación Urbana – Anexode la Ordenanza Nº 181-MSS de fecha 06MAR2004, queaprobó el Plan Urbano Distrital de Santiago de Surco, es- tablece que la Municipalidad, con la finalidad de dar un tra- tamiento adecuado que mitigue el impacto visual negativo,normará la instalación de estructuras para anuncios o avi-sos publicitarios; Que, la Comisión Técnica conformada según Resolu- ción Nº 265-2004-RASS de fecha 22.MAR.2004, propuso un proyecto de Ordenanza que reglamenta los elementos de publicidad exterior en el distrito de Santiago de Surco; Estando a lo expuesto en el Dictamen Conjunto de las Comisiones de Desarrollo Local, Servicios a la Ciudad yMedio Ambiente y Asuntos Jurídicos Nº 001-2004-CDL-CSCYMA-CAJ-MSS y en uso de las facultades conferidas en la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, por Unanimidad se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE REGLAMENTA LOS ELEMENTOS DE PUBLICIDAD EXTERIOR EN EL DISTRITO DE SANTIAGO DE SURCO TÍTULO I GENERALIDADES CAPÍTULO I OBJETIVOS Y ALCANCES Artículo 1º.- Contenido de la Ordenanza .- La presen- te Ordenanza regula los aspectos técnicos y administrati- vos que norman la instalación de elementos de publicidad exterior en el distrito de Santiago de Surco con la finalidadde conservar y preservar el ornato de la ciudad, la estéticaurbana y la calidad del paisaje en el distrito, la prevencióndel impacto visual negativo, así como la seguridad públicade los ciudadanos y de conductores de vehículos que tran- sitan en la vía pública. Artículo 2º.- Ámbito de Aplicación .- La presente Or- denanza rige en todo el ámbito jurisdiccional del distrito deSantiago de Surco. Artículo 3º.- Sujetos obligados.- Están obligados a obtener Autorización Municipal, sin perjuicio de las autori- zaciones que requiera con arreglo a otras disposicionesespecíficas aplicables, toda persona natural o jurídica que realice actividad o instalación entendida como publicidad,salvo las excepciones expresamente previstas en estaOrdenanza. Las autorizaciones de esta naturaleza que se otorguen quedarán sujetas durante toda su vigencia a una relación permanente con la Administración Municipal, la cualpodrá exigir en cada momento la adopción de las medidaspertinentes en defensa del interés público o la disposiciónde las modificaciones que resulten de las nuevas determi-naciones que se aprueben. Los propietarios o titulares de las instalaciones publici- tarias deberán mantenerlas en condiciones de seguridad,salubridad y ornato público, pudiendo ordenar la Municipa-lidad la ejecución de las obras necesarias para conservarlas condiciones mencionadas. Asimismo, durante la vigen-cia de la autorización los propietarios de las instalaciones señaladas en el artículo 6º con excepción de los incisos a) y c) de la presente Ordenanza están obligados a suscribiruna póliza de seguro de responsabilidad civil que cubra,sin franquicia alguna, los riesgos que pudieran derivarsede la instalación o explotación publicitaria del mismo. CAPÍTULO II DEFINICIÓN Y CLASIFICACIONES Artículo 4º.- Definiciones .- Para mejor entendimiento y uniformidad de criterios en la aplicación de la presente Ordenanza, considérense las siguientes definiciones: a) Anunciante.- Persona natural o jurídica en cuyo in- terés se realiza la publicidad. b) Anuncio.- Texto, leyenda y/o forma de representa- ción visual que transmite un mensaje publicitario. c) Bienes de dominio privado.- Bienes destinados al uso o fines particulares o privados, independientementede quien sea su propietario. d) Bienes de dominio público.- Los destinados al uso público, sujetos a la administración municipal, caminos, puentes, plazas, jardines, avenidas, paseos, calles y sus respectivos elementos constitutivos como calzadas, ace-ras, bermas, separadores y similares, edificios públicos yotros análogos incluyendo sus aires. e) Calidad de paisaje .- Es la determinada por la com- patibilidad de aspectos físicos con las actividades huma- nas, así como por las condiciones y estado de cuidado que reciben los elementos como construcción de viviendas,locales comerciales, áreas verdes, elevaciones naturales,como los cerros o lomas. f) Carácter visual .- En un paisaje lo forma el orden de las pautas que los componen. Los elementos de estas pau- tas son la forma, la línea, el color y la textura de los recur- sos visuales del paisaje. Sus interrelaciones pueden serdescritas objetivamente en términos de predominación, di-versidad y continuidad. g) Elementos de publicidad exterior.- Unidades físi- cas donde se colocan, sostienen o adosan los anuncios. Pueden ser fijos o móviles. 1. Elementos de publicidad exterior fijos.- Las es- tructuras o elementos físicos portadores de publicidad ex-terior colocados en las fachadas de establecimientos, confrente a áreas de circulación de público en galerías y cen- tros comerciales y los colocados en el interior de lugares de concentración de público como estadios y coliseos. 2. Elementos de publicidad exterior móviles.- Los que tienen locomoción permanente en espacios terrestres,aéreos y/o acuáticos portadores de publicidad exterior. h) Impacto visual.- Es el registro de particularidades que dentro del orden y distribución de elementos de undeterminado espacio urbano – arquitectónico llaman la aten-ción, produciendo una percepción positiva o negativa enlas personas. i) Paisaje.- Efecto o fenómeno visual del terreno y su cubierta conformando una escena visualmente distante. La cubierta del terreno comprende el agua, la vegetación ylos distintos desarrollos realizados por el hombre, inclu-yendo entre ellos a las ciudades. “Paisaje” refiere a unaextensión del escenario natural percibido desde una solavista o la suma total de las características que distinguen una determinada área de la superficie de la tierra o de otras áreas. Estas características son el resultado no sólo delos agentes naturales sino también de la ocupación delhombre y del uso del suelo. j) Paramento.- Elemento de una edificación que pre- senta una superficie exterior visible desde la vía pública.