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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE JUNIO DEL AÑO 2004 (10/06/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 56

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G37/G30/G31/G32/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 10 de junio de 2004 /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G69/G6D/G70/G6C/G65/G6D/G65/G6E/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G61/G73 /G72/G65/G63/G6F/G6D/G65/G6E/G64/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G72/G65/G6C/G61/G74/G69/G76/G61/G73/G20/G61/G6C/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61 /G64/G65/G6C/G20/G56/G61/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G4C/G65/G63/G68/G65 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 233-2004-ALC/ML Lurín, 25 de mayo del 2004 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURÍN VISTOS: El Informe de Auditoría al Programa del Vaso de Leche por el ejercicio terminado el 31 de diciembre de 2003 y laHoja Informativa Nº 099-2004-OCI/SNC/ML de fecha 21de mayo de 2004, expedidos por el Órgano de Control Ins- titucional de este Gobierno Local; CONSIDERANDO:Que, en cumplimiento del Plan Anual de Control año 2004 de la Municipalidad Distrital de Lurín aprobado por Resolución de Contraloría Nº 437-2003-CG del 30 de diciembre de 2003, el Órgano de Control Institucio-nal dispuso la ejecución de acción de control poste-rior al Programa del Vaso de Leche por el período com-prendido entre el primero de enero al 31 de diciembrede 2003; De la lectura del precitado Informe de Auditoría se des- tacan Recomendaciones tendientes a mejorar la gestiónadministrativa y operativa, del Programa del Vaso de Le-che, así como fortalecer el funcionamiento y efectividaddel sistema de control interno que aseguren al referido Pro-grama el cumplimiento de sus metas y objetivos de hondo contenido social, determinándose asimismo presuntas res- ponsabilidades administrativas;INFRACCIONES DE LA PERSONA JURÍDICA CÓDIGO INFRACCI ÓN SANCIÓN % U.I.T. LPJ-1 Por prestar el SERVICIO sin contar con la Resolución de Permiso de Operación otorgada por la MUNICIPALIDAD. 5,00 LPJ-2 Por transferir la Resolución de Pe rmiso de Operación a una ASOCIA CIÓN. cancelación de autorización LPJ-3 Por permitir que los conductores presten el EL SERVICIO sin portar la Credencial de Conductor respectiva. 2,00 LPJ-4 Por permitir que los vehículos presten el EL SERVICIO sin la Calcomanía Vehicular y por no controlar la vigencia del 3,00 Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito. LPJ-5 Por no informar la incorporación, disminución y/o sustitución de conductores de acuerdo a lo señalado en la presente 1,8 8 Ordenanza. LPJ-6 Por no informar la incorporación, disminución y/o sustitución de vehículos de acuerdo a lo señalado en la presente 2 ,25 Ordenanza. LPJ-7 Por invadir paradero(s) autorizado(s) y/o zona(s) de trabajo autorizada(s) a un Transportista Autorizado. 3,00 LPJ-8 Por no brindar el SERVICIO en los paraderos autorizados por más de Cinco (5) días consecutivos . cancelación de autorización LPJ-9 Por ocupar mayor área que la autorizada en el paradero. 1,00 LPJ-10 P or no contar con el número de v ehículos con el que fue autorizado par a prestar el SER VICIO. 1,00 LPJ-11 Por no uniformizar su flota vehicular y a sus conductores de acuerdo a lo señalado en la presente Ordenanza. 2,25 LPJ-12 Por per mitir que sus vehículos no exhiban el número de placa en los costados y la razón social del Transportista A uto- 2,00 rizado a la que pertenece en la parte posterior superior. LPJ-13 Por per mitir el SERVICIO con unidades en mal estado de presentación y de funcionamiento. 1,25 LPJ-14 Por ensuciar y no mantener en buenas condiciones de higiene el área autorizada como paradero y l ugares al edaños. 2,00 LPJ-15 Por no exigir a sus conductores llevar el curso y/o progr amas de Educación y Seguridad Vial que programe la MUNI- 2,00 CIPALIDAD. LPJ-16 Por no e xigir a los propietarios de los vehículos que cumplan la Constatación Anual de Características . 2,25 LPJ-17 Por no com unicar el cambio de domicilio fiscal. 2.25 10861 Que, conforme al literal f) del artículo 15º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General, los Informes resultantes de ac- ciones de control emitidos por los Órganos del Sistema,constituyen prueba preconstituida para el inicio de las ac-ciones administrativas y/o legales que sean recomendadasen dichos Informes; Que, asimismo, en Hoja Informativa de Vistos el Jefe del Órgano de Control Institucional hace de conocimiento que mediante Directiva Nº 014-2000-CG/B 150 aprobadacon Resolución de Contraloría Nº 279-2000-CG del 29 dediciembre de 2000, el Órgano Superior de Control ha dis-puesto se le comunique las acciones dispuestas con pre-cisión de plazos y de los funcionarios responsables de im- plementar las Recomendaciones formuladas, adjuntando el formato Nº 4: "Acciones Adoptadas por el Titular"; Que, finalmente el literal l) del artículo 32º de la Ley Nº 27785 dispone que las Resoluciones de Contraloría cons-tituyen precedente de observancia obligatoria y de cumpli-miento inexcusable; Que, estando al mérito de lo expuesto y a las faculta- des conferidas en el inciso 6) del Art. 20º de la Ley Nº27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, y con la visa-ción de la Gerencia de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer la Implementación de las Recomendaciones resultantes del Informe de Auditoría alPrograma del Vaso de Leche al 31 de diciembre de 2003emitido por el Órgano de Control Institucional encargando ala Sra. Auristela Navarrete Vásquez, Gerente de Desarrollo Humano y Participación Ciudadana, Dr. Christian Cabrera Domínguez, Subgerente de Trámite Documentario y Archi-vo, Sr. Carlos Vera Solís, Subgerente de Educación, Cultu-ra, Deportes y Recreación, y Sra. Angélica Blas Uribe, Sub-gerente de Limpieza Pública, Medio Ambiente y Áreas Ver-des, como responsables de tales acciones, dándoseles para tales efectos un plazo de noventa (90) días útiles.