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/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G37/G30/G36/G31/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 14 de junio de 2004 /G52/G65/G76/G6F/G63/G61/G6E/G20/G74/G61/G63/G68/G61/G20/G65/G66/G65/G63/G74/G75/G61/G64/G61/G20/G70/G6F/G72/G20/G65/G6C/G20/G52/G65/G67/G69/G73/G2D /G74/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G64/G65/G6C/G20/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G50/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G73/G20/G4A/G75/G72/GED/G64/G69/G2D/G63/G61/G73/G20/G61/G20/G73/G6F/G6C/G69/G63/G69/G74/G75/G64/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G73/G63/G72/G69/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G61/G75/G6D/G65/G6E/G2D/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G63/G61/G70/G69/G74/G61/G6C/G2C/G20/G6D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G65/G73/G74/G61/G74/G75/G2D /G74/G6F/G73/G20/G79/G20/G6F/G74/G72/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G20/G6A/G75/G72/GED/G64/G69/G63/G61 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS TRIBUNAL REGISTRAL RESOLUCIÓN Nº 310-2004-SUNARP-TR-L Lima, 19 de mayo de 2004 APELANTE : MANUEL HUAMÁN COLLAZOS. TÍTULO : Nº 19002 del 28 de enero de 2004. RECURSO : H.T.D. Nº 10384 del 1 de marzo de 2004. REGISTRO : Sociedades de Lima. ACTO : Aumento de capital, modificación de estatuto y otros actos. SUMILLA : Aporte en dinero. “El aporte en dinero que figura pagado al constituirse la sociedad o al aumentarse el capital debe estar depo- sitado, a nombre de la sociedad, en una empresa ban- caria o financiera del sistema financiero nacional al mo- mento de otorgarse la escritura pública correspondien- te, razón por la que el literal a) del artículo 35º del Re- glamento del Registro de Sociedades exige que se in- serte en la escritura pública el documento expedido por la empresa bancaria o financiera del sistema financiero nacional, donde conste su abono a una cuenta a nombre de la sociedad. De todo ello se deduce que el depósito bancario por concepto de aumento de capital debe pre- existir a la fecha de la escritura pública y por lo tanto a su presentación al Registro”. I. ACTO CUYA INSCRIPCIÓN SE SOLICITA Y DOCU- MENTACIÓN PRESENTADA Mediante el título venido en grado se solicita la inscrip- ción del aumento de capital, modificación parcial de esta-tutos, regularización de la sociedad y modificación de los estatutos por adecuación de la sociedad anónima al régi- men de la nueva Ley General de Sociedades, remoción ynombramiento de nuevo directorio y remoción del gerentede la sociedad denominada Transportes NegociacionesSanta Anita S.A. El título contiene, entre otros, los siguientes documen- tos: - Parte notarial de la escritura pública otorgada el 27-1- 2004 ante el Notario Jaime Murguía Cavero, en el que cons- tan insertos el acta de la junta general de accionistas del 20de enero de 2004 y la boleta de depósito en el Banco Conti-nental con el número de cuenta 0011-0154-45-0250095777correspondiente a Transportes Negociaciones Santa AnitaS.A. ascendente a S/. 49,670.00 nuevos soles. - Parte notarial de la escritura pública otorgada el 10-2- 2004 ante el Notario Jaime Murguía Cavero, en el que cons-ta inserta el acta de junta general de accionistas del 9 defebrero de 2004. Posteriormente se presentaron los siguientes documen- tos: - Certificación emitida por el Notario Jaime Murguía Cavero el 16-2-2004, remitida al Registro mediante HTD Nº 8192 del 16-2-2004, relativa a la declaración de cuatroaccionistas de la empresa Transportes Negociaciones San-ta Anita S.A. en el sentido que no han participado en lasjuntas universales del 20-1-2004 y 9-2-2004 “... siendo una suplantación cualquier acta de dichas fechas que conten- gan sus firmas”. - Comunicación remitida al Registro por el Notario Jaime Murguía Cavero (HTD Nº 8351 del 17-2-2004),en donde indica que “...habiendo verificado en el libro de actas de dicha empresa, que a fojas 103, 104, 105 y 106, no obra el acta de fecha 9 de febrero de 2004, y que a fojas 90,91,92, 93, 94, 95, 96, 97, 98, 99, 100 y 101, tampoco obra el acta de fecha 20 de enero de 2004, por lo que nos permite presumir que el libro de actas presentado ante mi despacho ha sido un libro falsifica- do”. Certificación emitida por el Notario Jaime Murguía Cavero el 16-2-2004, remitida al Registro mediante HTD Nº 9040 del 20-2-2004, con el tenor literal siguiente:“ Que siendo las (...) se me ha entregado el libro deno- minado Actas de Accionistas correspondientes a la compañía “Transportes Negociaciones Santa Anita S.A.” registrado el 11 de mayo de 1995 bajo el número 3037- 95 en el Registro Cronológico del Notario Moisés Ja- vier Espino Elguera, con el objeto de que certifique el número de páginas que se han empleado en dicho libro así como si existe en él una Junta Universal de fecha 20 de enero de 2004 y otra del 9 de febrero de 2004. Al respecto, dejo constancia que dicho libro ha sido utili- zado hasta el folio setenticuatro (74), y que no aparece en él ningún acta de fecha 20.enero.2004 ni 9.febre- ro.2004, siendo menester dejar constancia que de fo- jas sesentidós (62) a fojas sesentiocho (68) obra un acta de fecha 14 de marzo de 2001, escrita a mano, y de fojas sesentinueve (69) a fojas setenticuatro (74), obra un acta de junta general de accionistas de fecha 19 de agosto de 2003, habiendo sido esta última escri- ta a mano sobre hojas sueltas, y no sobre el libro; di- chas hojas sueltas han sido pegadas en el libro y una fotocopia de las mismas se adjuntan a la presente acta”. - Comunicación remitida por el Notario Jaime Murguía Cavero mediante HTD Nº 9582 del 24-2-2004, a través dela cual adjunta la copia legalizada de la carta del 19 defebrero de 2004 emitida por el Banco Continental donde señala que “(...) nuestro Banco no registra a la empresa Transportes Negociaciones Santa Anita S.A. como cliente y que la cuenta consignada en el comprobante que nos adjunta no existe”. - Mediante Oficio Nº 216-2004-SUNARP-TR-L del 20-4-2004, se solicita al Banco Continental que confir-me si en la cuenta Nº 0011-0154-45-0250095777 nun-ca se efectuó el depósito de la cantidad de S/. 49,670.00a favor de la sociedad Transportes Negociaciones San- ta Anita S.A. por ser inexistente y que dicha entidad no es cliente de dicha institución. Mediante comunicaciónremitida el 21-4-2004, el mencionado Banco informa quela empresa Transportes Negociaciones Santa Anita S.A.no es cliente suyo y que la cuenta consignada en elcomprobante adjunto no existe. II. DECISIÓN IMPUGNADA El Registrador del Registro de Personas Jurídicas de Lima, Jaime Javier Vásquez Villar, tachó el título en los si- guientes términos: - Mediante carta del 16-2-2004 (ingresada con Hoja de Trámite Nº 2004-8192) el Notario Dr. Jaime AlejandroMurguía Cavero informa que ha tomado conocimiento porparte de 4 accionistas de la sociedad Transportes Nego- ciaciones Santa Anita S.A. que en las juntas generales del 20-1-2004 y 9-2-2004 sus firmas han sido falsifica-das. Adjunta para tal efecto la certificación de sus de-claraciones. - Mediante carta del 17-2-2004 (ingresada con Hoja de Tramite Nº 2004-8351) el citado notario certifica que “... habiendo verificado el libro de actas de dicha empresa (se refiere a Transportes Negociaciones Santa Anita S.A.), que a fojas 103, 104, 105 y 106 no obra el acta de fecha 9 de febrero de 2004 y que a fojas 90, 91, 92, 93, 94, 95, 96, 97, 99, 100 y 101, tampoco obra el acta de fecha 20 de enero de 2004, por lo que nos permite presumir que el libro de actas presentado ante mi Despacho ha sido un libro falsifi- cado”. - Mediante carta del 20-2-2004 (ingresada con Hoja de Trámite 2004-9040) el citado notario remite la siguien-te certificación respecto al número de páginas que se