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/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G37/G30/G36/G32/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 14 de junio de 2004 de electricidad teniendo en cuenta el criterio establecido en la Tabla Nº 2. Tabla Nº 2 Característica Categoría A Categoría B Categoría C Consumo promedio Mensual de energía Más de 1000 De 500 a 1000 Menos de 500activa [kW-h] La información del consumo promedio mensual de ener- gía activa para la categorización será la que correspondaal consumo promedio mensual de energía activa del esta-blecimiento de los últimos 12 meses del año inmediato an-terior. Tratándose de establecimientos nuevos que solici-tan el suministro eléctrico por primera vez, la categoriza- ción se efectuará onsiderando la carga solicitada y el con- sumo estimado. En estos casos, el CBIE tendrá vigenciahasta el mes de setiembre del año siguiente de su emisión. Para los establecimientos que cuentan con más de un suministro eléctrico (es el caso de ferias, mercados o cen-tros comerciales identificados una sola denominación), el consumo promedio de energía activa para la categoriza- ción corresponde a la suma de los consumos de cada su-ministro. 2.3 Registro de los establecimientos públicos suje- tos a Supervisión En base a las actividades que desarrollan en los esta- blecimientos y al consumo promedio de energía activa, in-dicados en las tablas Nºs. 1 y 2, las concesionarias elabo-rarán el registro de los establecimientos sujetos al cumpli-miento del presente procedimiento; para lo cual, procederá de la siguiente manera: a) La concesionaria asignará un código de identifica- ción a cada uno de los establecimientos clasificados y ca-tegorizados (ver anexo Nº 01). La base de datos de los establecimientos codificados será insertada en una página Web con acceso permitido a OSINERG y la mantendrápermanentemente actualizada. b) En la factura o recibo de consumo mensual corres- pondiente a cada establecimiento, la concesionaria inser-tará el código que identifique al establecimiento según su categorización y la periodicidad para que el responsable de este presente ante la concesionaria el “Certificado deBuen Funcionamiento” de sus instalaciones eléctricas in-ternas. c) Durante los meses de julio y agosto de cada año, adjunto a la factura o recibo de consumo mensual, las con- cesionarias enviarán a los responsables de los estableci- mientos, la carta informativa de la aplicación del presenteprocedimiento. 3. TÍTULO TERCERO SUPERVISIÓN DE LOS ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS 3.1 Procedimiento de Supervisión a)La periodicidad para la presentación del certificado a la concesionaria y la vigencia del mismo será en funcióna la categorización del establecimiento, tal como se esta- blece en la Tabla Nº 3 Tabla Nº 3 Plazo Categoría A Categoría B Categoría C Cada un (1) año /G6E Cada dos (2) años /G6E Cada tres (3) años /G6E La presentación del Certificado de Buen Funcionamiento ante la concesionaria será hasta el 30 de setiembre de cada año. b)En concordancia con lo establecido en el Artículo 90º inciso c) de la Ley de Concesiones Eléctricas, en caso deincumplimiento en la entrega del certificado CBIE en el plazo indicado, las concesionarias efectuarán el corte del servi-cio eléctrico a dicho Establecimiento Público y se manten-drá sin servicio en tanto no entregue el CBIE. 3.2 Cortes y Reconexiones Las Concesionarias en caso de Cortes y Reconexio- nes por seguridad, aplicarán lo previsto por la ResoluciónOSINERG Nº 095-2004-OS/CD, la que lo modifique y/ocomplemente. Asimismo, los plazos de reposición seránlos mismos previstos por las normas vigentes para los Cortes por falta de pago. 3.3 Publicación de Cortes y ReconexionesLas concesionarias mensualmente mantendrán actua- lizada la base de datos de su página WEB, con la relación de los Establecimientos Públicos a quienes les efectuó el corte y la reconexión del servicio por motivo de Seguridadde acuerdo a lo previsto en el presente procedimiento. Laestructura de la base de datos para este propósito se des-cribe en el anexo 2. 4. TÍTULO CUARTO DE LOS CERTIFICADOS DE BUEN FUNCIONAMIENTO DE INSTALACIONES INTERNAS 4.1 Otorgamiento de los Certificados El “Certificado de Buen Funcionamiento” de Instalacio- nes Eléctricas Internas (CBIE) será expedido por los CIEque hayan cumplido con los requisitos establecidos para elefecto. 4.2 Validez de los Certificados La validez del Certificado de Buen Funcionamiento de Instalaciones Eléctricas Internas estará en función de lacategoría del establecimiento de acuerdo a lo establecidoen la tabla Nº 3. 4.3 Registro de establecimientos que cuentan con Certificado. Las concesionarias mensualmente mantendrán actua- lizada la base de datos con la relación de EstablecimientosPúblicos que presentaron los Certificados de Buen Fun- cionamiento de Instalaciones Eléctricas Internas indican- do la fecha de presentación y la vigencia del mismo. Laestructura de la base de datos se describe en el anexo 3. 5. TÍTULO QUINTO DEL CERTIFICADOR 5.1 Certificador de Instalaciones Eléctricas (CIE) OSINERG encargará a una entidad pública o privada especializada (Ente Acreditador), el proceso de acredita-ción de los profesionales o empresas autorizadas paraemitir el Certificado de Buen Funcionamiento de las Insta-laciones Eléctricas Interiores de los establecimientos pú- blicos. Para acreditarse, el profesional o empresa deberá se- guir el procedimiento establecido en el Reglamento de Cer-tificación de Establecimientos Públicos. El profesional oempresa acreditada se denominará Certificador de Insta-laciones Eléctricas Internas (CIE). La acreditación emitida por el Ente Acreditador tendrá la vigencia de dos (2) años, renovable siempre y cuando elprofesional o la empresa cumplan con los requisitos esta-blecidos en el Reglamento de Certificación de Estableci-mientos Públicos. El Ente Acreditador publicará mensualmente en su pá- gina WEB el registro de los certificadores habilitados; así como también, el Registro de los CIE observados y/o reti-rados del Registro (anexo 4)./G50/G52/G4F/G59/G45/G43/G54/G4F