Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE JUNIO DEL AÑO 2004 (14/06/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 106

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G37/G30/G36/G32/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 14 de junio de 2004 GOBIERNO REGIONAL DE LORETO /G43/G61/G6E/G63/G65/G6C/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G4C/G69/G63/G69/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G61/G6C/G20/G4E/GBA/G20/G4C/G50/G4E/G2D/G30/G30/G30/G31/G2D/G32/G30/G30/G34/G2D/G47/G52/G4C/G20/G79/G20/G64/G65/G6A/G61/G6E/G73/G69/G6E/G20/G65/G66/G65/G63/G74/G6F/G20/G6C/G61/G73/G20/G52/G65/G73/G6F/G6C/G75/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G4E/GBA/G73/G2E/G20/G33/G38/G32/G20/G79/G34/G35/G38/G2D/G32/G30/G30/G34/G2D/G47/G52/G4C/G2D/G50/G2C/G20/G72/G65/G66/G65/G72/G69/G64/G61/G20/G61/G20/G6D/G65/G6A/G6F/G2D /G72/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G63/G61/G6C/G6C/G65/G2C/G20/G70/G61/G76/G69/G6D/G65/G6E/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G61/G6C/G2D /G63/G61/G6E/G74/G61/G72/G69/G6C/G6C/G61/G64/G6F RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 517-2004-GRL-P Iquitos, 13 de mayo del 2004 Visto, el Oficio Nº 005-2004-GRL/GRI.COM.ESP, de fecha 10 de mayo del 2004, cursado por el Comité Espe- cial del Proceso de Licitación Pública Nacional para la eje- cución de la Obra: "Mejoramiento de la Calle ProlongaciónPutumayo - Pavimentación y Alcantarillado (Navarro Cau-per/Tumbes) - Iquitos", mediante convenio entre el Gobier-no Regional de Loreto y la Municipalidad Provincial deMaynas, solicitando la cancelación del Proceso de Selec- ción de la Licitación Pública Nacional Nº 0001-2004-GRL/ GRI.COM.ESP, bajo la modalidad de Concurso Oferta; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 34º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobadomediante D.S. Nº 012 -2001-PCM, referido a la Cancelacióndel Proceso, establece que en cualquier estado del proce-so de selección, hasta antes del otorgamiento de la BuenaPro, la Entidad que lo convoca puede cancelarlo por razo- nes de fuerza mayor o caso fortuito, cuando desaparezca la necesidad de adquirirlo o contratar, o cuando persistien-do la necesidad, el presupuesto asignado tenga que desti-narse a otros propósitos de emergencia declarados expre-samente, bajo su exclusiva responsabilidad. En ese caso, la Entidad deberá reintegrar el costo de las bases a quie- nes lo hayan adquirido; Que, mediante el Oficio Nº A-911-2004(GTN/MON), de fecha 27 de abril del 2004, el Subgerente de Monitoreo delConsejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, comunica que de acuerdo a la Resolución Nº 380-2003-CONSUCODE/PRE, publicado el 3 de enero del 2004, se establece que las Entidades sólo pueden convocar y efectuar las Licitaciones Públicas, Concurso Público y Ad-judicaciones Directas Públicas y Selectivas que se encuen-tran programadas e incluidos en el Plan Anual de Adquisi-ciones y Contrataciones; al efecto, habiéndose revisado laBase de Datos se ha advertido que el Proceso de Selec- ción que se pretende llevar a cabo, no se encuentra inclui- do en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones -2004 del Gobierno Regional de Loreto, por cuyo motivo laconvocatoria indicada en el considerando precedente ca-rece de validez legal; Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 382-2004-GRL-P, de fecha 31 de marzo del 2004, se designó el Comité Especial que se encargó de condu-cir el proceso de Licitación Pública Nacional, Bajo lamodalidad Concurso Oferta, desde la organización,conducción y ejecución de la integridad del procesohasta antes de la suscripción del contrato para la obra: "Mejoramiento de la Calle Prolongación Putumayo - Pavimentación y Alcantarillado (Navarro Cauper/Tum-bes) - Iquitos", sin advertirse la omisión indicada en elconsiderando anterior; Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 458- 2004-GRL-P, de fecha 22 de abril del 2004, se aprobó las bases y se procedió a la convocatoria para la Licitación Pú- blica Nacional Nº LPN-0001-2004-GRL, para la seleccióndel postor que proponga la oferta más conveniente a los in-tereses del Gobierno Regional de Loreto, para la Ejecuciónde la Obra: “Mejoramiento de la Calle Prolongación Putuma-yo - Pavimentación y Alcantarillado (Navarro Cauper/Tum- bes) - Iquitos”, cuyo monto referencial asciende a la sumade Dos Millones Ochocientos Cinco Mil Diez y 00/100 Nue-vos Soles (S/. 2' 805,010.00); bajo la modalidad de Concur-so Oferta, Bases que visadas al margen forman parte de laacotada Resolución; autorizando al Comité Especial a pro- seguir con las acciones administrativas subsiguientes; Que, mediante el documento del Visto, el Comité Especial del Gobierno Regional de Loreto, ha recepciona-do de la Municipalidad Provincial de Maynas la Resolu-ción de Gerencia General Nº 144-2004-GG-MPM, de fe-cha 4 de mayo del 2004, informando que la modalidad de concurso oferta sería improcedente llevarla a cabo, por lo que erróneamente se ha consignado dentro delPlan Anual de Adquisiciones y Contrataciones la ejecu-ción de la obra: "ALCANTARILLADO PROLONGACIÓNPUTUMAYO" , nombre que difiere de la viabilidad apro-bada mediante Código SNIP-7923, en la cual lleva el nom- bre de "Mejoramiento de la Calle Prolongación Putuma- yo - Pavimentación y Alcantarillado (Navarro Cauper/Tumbes) Iquitos", por lo que administrativamente seconsideran obras diferentes a pesar de que en la reali-dad es la misma obra; por lo que al amparo del artículomencionado en el primer considerando se hace necesa- rio Cancelar la Licitación Pública Nacional antes indica- da, por fuerza mayor, por tanto la modalidad de concur-so oferta no es necesario que se lleve a cabo, por cuan-to la contra parte ha elaborado el Expediente Técnicorespectivo, hecho que ha determinado que la Alta Direc-ción Ejecutiva del Gobierno Regional de Loreto, autori- ce declarar la Nulidad de lo resuelto mediante proveído de fecha 10 de mayo del 2004; Estando a lo propuesto; con las visaciones de la Ge- rencia General Regional; Oficina Regional de AsesoríaJurídica; Gerencia Regional de Planeamiento, Presupues-to y Acondicionamiento Territorial; Gerencia Regional de Infraestructura; Oficina Regional de Administración del Gobierno Regional de Loreto; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional deLoreto, aprobado por Ordenanza Regional Nº 003-2003-CR/RL, de fecha 21 de enero del 2003, y modificado me- diante Ordenanza Regional Nº 020-CR/RL, de fecha 14 de diciembre del 2003; SE RESUELVE:Artículo 1º.- CANCELAR la Licitación Pública Nacional Nº LPN-0001-2004-GRL, referida a la ejecu- ción de la Obra: "Mejoramiento de la Calle Prolonga-ción Putumayo - Pavimentación y Alcantarillado (Nava-rro Cauper-Tumbes) Iquitos"; asimismo, DEJAR SINEFECTO, las Resoluciones Ejecutivas RegionalesNº 382-2004-GRL-P, de fecha 31 de marzo del 2004, y Nº 458-2004-GRL-P, de fecha 22 de abril del 2004, respectivamente por las razones expuestas en la parteconsiderativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- TRANSCRIBIR la presente Resolución a las instancias pertinentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ROBINSON RIVADENEYRA REÁTEGUI Presidente 11079 /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G6E/G75/G6C/G6F/G20/G6C/G6F/G20/G61/G63/G74/G75/G61/G64/G6F/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F /G64/G65/G20/G41/G64/G6A/G75/G64/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G61/G20/G53/G65/G6C/G65/G63/G74/G69/G76/G61/G4E/GBA/G20/G30/G30/G32/G2D/G32/G30/G30/G34/G2D/G47/G52/G4C/G2F/G53/G52/G59/G20/G22/G54/G72/G61/G6E/G73/G70/G6F/G72/G74/G65/G20/G64/G65/G6D/G61/G74/G65/G72/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G70/G6F/G72/G20/G76/GED/G61/G20/G66/G6C/G75/G76/G69/G61/G6C/G22/G20/G79/G20/G6C/G6F/G20/G72/G65/G74/G72/G6F/G74/G72/G61/G65/G6E/G61/G6C/G20/G65/G73/G74/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G65/G76/G61/G6C/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G70/G75/G65/G73/G74/G61/G73 RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 616-2004-GRL-P Iquitos, 9 de junio del 2004