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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE JUNIO DEL AÑO 2004 (14/06/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 105

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G37/G30/G36/G31/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 14 de junio de 2004 preferencia de los derechos que de estos emanan, se re- trotraen a la fecha y hora del respectivo asiento de presen-tación. Así, no podría retrotraerse la inscripción del aumentode capital de la sociedad a la fecha de presentación deltítulo venido en grado pues como se ha indicado, conformea la constancia inserta en la escritura pública y a la infor- mación proporcionada por la entidad bancaria después de presentado el título venido en grado, a dicha fecha no exis-tía depósito alguno. En consecuencia, procede disponer la tacha sustanti- va del título por adolecer de defecto insubsanable. Habién-dose tachado por falsedad documentaria el título, corres- ponde que el Registrador aclare dicha decisión en el senti- do que la tacha es sustantiva. 10. Finalmente, mediante HTD Nº 11325 del 5-3-2003, Francisco de los Santos García solicita que no se admitael recurso de apelación, pedido que en esencia constituyeuna oposición a la inscripción del título, razón por la que debe ser declarado improcedente de conformidad con el artículo 1º del Reglamento General de los Registros Públi-cos según el cual, en el procedimiento registral no cabeadmitir apersonamiento de terceros ni oposición a la ins-cripción. También deberá declararse improcedente el pedi-do de informe oral solicitado por el referido Francisco de los Santos García mediante HTD Nº 12110 del 11-3-2003, por cuanto no es el apelante del título conforme lo disponeel artículo 155º del Reglamento General de los RegistrosPúblicos. Estando a lo acordado por unanimidad; III. RESOLUCIÓN 1. REVOCAR la tacha por falsedad documentaria efectuada por el Registrador del Registro de PersonasJurídicas al título señalado en el encabezamiento y DIS- PONER su tacha sustantiva de conformidad con los fun- damentos expuestos en el análisis de la presente reso-lución. 2. Declarar IMPROCEDENTE la oposición a la inscrip- ción y el pedido de informe oral formulado por Francisco delos Santos García, conforme a lo expuesto en el punto 10 del análisis de la presente resolución. Regístrese y comuníquese.MIRTHA RIVERA BEDREGAL Presidenta de la Primera Sala del Tribunal Registral FERNANDO TARAZONA ALVARADO Vocal del Tribunal Registral FREDY SILVA VILLAJUAN Vocal del Tribunal Registral 10688 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G52/G45/G47/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G45/G53 GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G6F/G2D /G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G61/G20/G45/G45/G2E/G55/G55/G2E/G20/G79/G20/G61/G20/G54/G61/G69/G77/GE1/G6E/G2C/G20/G79 /G65/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G44/G65/G73/G70/G61/G63/G68/G6F/G20/G50/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G63/G69/G61/G6C/G20/G61/G6C/G56/G69/G63/G65/G70/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G74/G65/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C ACUERDO DEL CONSEJO REGIONAL N° 016-2004-REGION CALLAO-CR CONSIDERANDO: Que, habiéndose recibido una invitación del Minis- terio de Comercio Exterior y Turismo, para que el señorRogelio Canches Guzmán, Presidente del Gobierno Regional del Callao participe como Miembro de la SalaAdjunta en la Segunda Ronda de Negociaciones para el Tratado de Libre Comercio con los Estados Unidos de Norteamérica, la cual se llevará a cabo entre losdías 14 y 18 de Junio del 2004 en la ciudad de Atlanta – Estados Unidos de Norteamérica. Que, asimismo se ha recibido la invitación de Taiwane- se Chambers of Commerce in Latin America, para estable-cer acercamiento con diversas instituciones de Taiwán, la cual se llevará a cabo entre los días 20 de junio y 3 de julio, en las Ciudades Chi Luna (Keelung), Hua Lien, Kaohsiungde Taiwán; EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO RE- GIONAL DEL CALLAO , en sesión ordinaria celebrada el día 12 de junio del 2004, con el voto aprobatorio del Consejo Regional y en uso de las facultades conferi- das por el inciso s) del Artículo 15° de la Ley No. 27867-Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Reglamento Interno del Consejo Regional, la Ley N° 27619, la Ley N° 27790, la Ley N° 28128-Ley del Presupuesto delSector Público para el año fiscal 2004 y el Decreto Su- premo N° 047-2002-PC. ACUERDA Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje oficial del señor Rogelio Canches Guzmán, Presidente del Gobierno Regional del Callao, a la ciudad de Atlanta–Estados Unidos de Norteamérica del 14 al 18 de junio para que pueda asistir a la Segunda Ronda de Nego- ciaciones para el Tratado de Libre Comercio con losEstados Unidos de Norteamérica y a la República de Taiwán del 20 de junio al 3 de julio del año en curso, para establecer acercamiento con diversas institucio-nes de Taiwán. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el primer viaje autorizado en el artículo precedente estará a cargo del Gobierno Regional del Callao, de acuerdo al siguientedetalle: Pasajes US$ 1,272.47 Viáticos US$ 1,320.00 Tarifa CORPAC US$ 28.24 Artículo Tercero.- El segundo viaje autorizado en el presente Acuerdo, no irrogará gasto alguno al Gobierno Regional del Callao. Artículo Cuarto.- Dentro de los quince días calendario a la conclusión de los viajes, el Presidente Regional pre-sentará al Consejo Regional un informe detallado sobre las acciones realizadas y la correspondiente rendición de cuen- tas de acuerdo a Ley. Artículo Quinto.- ENCARGAR el Despacho Pre- sidencial al Señor Vicepresidente Regional, Fernan-do García Huby, mientras dure la ausencia del Titu- lar. Artículo Sexto.- DISPENSAR el presente Acuerdo del trámite de lectura y aprobación del Acta. Artículo Setimo.- ENCARGAR a la Gerencia de Ad- ministración la publicación del presente Acuerdo en el Dia- rio Oficial El Peruano y en el Diario de Mayor Circulaciónde la Región. POR TANTO: Mando se registre, cúmplase y publíquese. ROGELIO CANCHES GUZMÁN Presidente del Consejo Regional 11244