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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE JUNIO DEL AÑO 2004 (20/06/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 69

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G37/G31/G30/G35/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 20 de junio de 2004 Que, el artículo 19º de la Ley, señala en su inciso c) los casos de exoneración de Licitación Pública, Concurso Pú- blico o Adjudicación Directa, estableciendo que están exo- neradas aquellas adquisiciones y contrataciones que serealicen en situación de emergencia o de urgencia declara-das de conformidad con la presente Ley; asimismo, el artí-culo 20º del acotado establece las formalidades de los pro-cedimientos no sujetos a Licitación Pública, Concurso Pú- blico o Adjudicación Directa; Que, el artículo 21º de la Ley, señala literalmente que se considera Situación de Urgencia cuando la ausencia ex-traordinaria e imprevisible de determinado bien o serviciocompromete en forma directa e inminente la continuidadde los servicios esenciales o de las operaciones producti- vas que la Entidad tiene a su cargo. Dicha situación la fa- culta a la adquisición o contratación de los bienes, servi-cios u obras sólo por el tiempo o cantidad, según sea elcaso, necesario para llevar a cabo el proceso de selecciónque corresponda; Que, esta norma es concordante con lo establecido por el artículo 113º del Reglamento de la Ley, aprobado me- diante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM (en adelante elReglamento), que prevé que las resoluciones o acuerdosque aprueben la exoneración de los procesos de selecciónrequieren obligatoriamente un informe técnico-legal previo,emitido por las áreas técnicas y de asesoría jurídica de la Entidad, el mismo que contendrá la justificación técnica le- gal de la adquisición o contratación y de la necesidad de laexoneración y contemplará criterios de economía, talescomo los costos y la oportunidad; Que, a fin de asegurar el abastecimiento del producto lácteo avena enriquecida edulcorada al Programa del Vaso de Leche, es necesario adoptar las acciones necesarias para su adquisición, conforme al mérito del Informe Nº 0007-2004-JPVL/MPAA de la Jefatura del Programa del Vaso deLeche, en el cual se sugiere la ampliación de la declarato-ria de urgencia mientras se realice la segunda convocato-ria del proceso de selección correspondiente; Que, bajo este contexto legal es necesario que el Con- cejo Provincial de Alto Amazonas, en mérito a lo sugeridopor la Jefatura del Programa del Vaso de Leche, amplíe porel plazo de setenta y cinco (75) días naturales la Declarato-ria de Situación de Urgencia para la adquisición de lácteoavena enriquecida edulcorada destinado al referido Progra- ma; En mérito a las consideraciones expuestas, en uso de las facultades establecidas en la Ley Nº 27972, Ley Orgáni-ca de Municipalidades; de conformidad con lo estipuladoen los artículos 19º inciso c) y 21º de la Ley, con el votomayoritario del Concejo de Gobierno de fecha cuatro de junio del año dos mil cuatro y con la dispensa del trámite de aprobación de actas; SE ACUERDA:Artículo Primero.- AMPLIAR LA DECLARATORIA DE SITUACIÓN DE URGENCIA del Programa del Vaso de Le- che de la Municipalidad Provincial de Alto Amazonas, parala adquisición de Lácteo Avena Enriquecida Edulcorada,hasta por un plazo máximo de setenta y cinco (75) díasnaturales, en tanto se culmine el proceso de selección co-rrespondiente. Artículo Segundo.- AUTORIZAR, bajo responsabilidad, al Comité Especial Permanente de Adquisiciones de laMunicipalidad Provincial de Alto Amazonas, la adquisicióndel producto Lácteo Avena Enriquecida Edulcorada para elPrograma del Vaso de Leche, bajo la modalidad de Adjudi-cación de Menor Cuantía y en concordancia con lo estable- cido por el artículo 105º del Reglamento. Artículo Tercero.- El valor referencial es de S/. 144,461.86 para la adquisición de 23,300.30 kilogramosde Lácteo Avena Enriquecida Edulcorada, con cargo ala Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios paraGobiernos Locales proveniente del Tesoro Público para el citado Programa, Ejercicio Presupuestal Año Fiscal 2004. Artículo Cuarto.- REMITIR copia de la presente Reso- lución a la Contraloría General de la República, así comodisponer su publicación en el Diario Oficial El Peruano yuno de circulación Regional, en los plazos establecidos por Ley. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LEONARDO A. INGA VÁSQUEZ Alcalde 11718MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUANCABAMBA /G52/G65/G67/G75/G6C/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G4A/G75/G6E/G74/G61/G73/G20/G56/G65/G63/G69/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G43/G6F/G6D/G75/G6E/G61/G6C/G65/G73 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 013/MPH EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUANCABAMBA POR CUANTO: De conformidad con lo previsto en el artículo 116º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el ConcejoMunicipal Provincial de Huancabamba en Sesión Extraor-dinaria Nº 012-2004, de fecha 26 de mayo del 2004, trató elDictamen Nº 001-2004/MPH-CEEOJUVECOS, por el cualla Comisión Especial designada para tal fin, alcanzó el Pro- yecto de Ordenanza para la Conformación y Elección de las Juntas Vecinales Comunales. CONSIDERANDO:Que, los Gobiernos Locales son entidades básicas de la organización territorial del Estado y canales inmediatos de participación vecinal en los asuntos públicos que institu-cionalizan y gestionan con autonomía los intereses propiosde las correspondientes colectividades; siendo elementosesenciales del gobierno local, del territorio , la población yla organización, según lo estipula el artículo 1º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; Que, las Municipalidades provinciales y distritales, son los órganos de gobierno promotores del desarrollo local,con personería jurídica de derecho público y plena capaci-dad para el cumplimiento de sus fines; Que, al encontrarse el Proyecto de Ordenanza alcanza- do por la Comisión Especial, enmarcado en lo tipificado en el artículo 116º de la Ley Orgánica de Municipalidades; elpleno del Concejo Municipal de la Municipalidad Provincialde Huancabamba, en forma unánime aprobó la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE REGULA LA CONFORMACIÓN Y ELECCIÓN DE LAS JUNTAS VECINALES COMUNALES TÍTULO I Artículo Primero.- La presente Ordenanza tiene por objeto establecer las condiciones y requisitos para la parti- cipación y registro de las Juntas Vecinales Comunales (JU-VECOS) en los Órganos de Gobierno Local al amparo de lodispuesto en el artículo 197º de la Constitución Política delPerú y el Artículo 116º de la Ley orgánica de Municipalida-des Nº 27972. Artículo Segundo.- La Municipalidad Provincial de Huancabamba a través de la División de Desarrollo Pro-ductivo y Empresarial y Participación Vecinal, garantizarála oportuna y transparente organización de la Junta VecinalComunal (JUVECO) en cada barrio del área urbana y ca-serío del área rural, éstas últimas obligatoriamente se inte- grarán en la jurisdicción de su correspondiente zona, para organizar sus propios procesos a través de su Comité Elec-toral. Asimismo, la indicada división abrirá y mantendrá un libro en el cual se registrarán las Juntas Vecinales Comu-nales constituidas. TÍTULO II DE LAS JUNTAS VECINALES COMUNALES Artículo Tercero.- Las Juntas Vecinales Comunales, son Organizaciones Sociales Autónomas, conformadas por per- sonas naturales y jurídicas que representan a la poblaciónde un determinado centro poblado; con el propósito de par-ticipar en el ámbito de la provincia, en la vigilancia: de laprestación de servicios públicos locales, en el cumplimientode las normas municipales, en la ejecución de obras munici- pales, en la formulación del Presupuesto del Gobierno Lo- cal; así como en la formulación, ejecución y actualizacióndel Plan Estratégico Distrital y de sus planes de acción local. Artículo Cuarto .- Las Juntas vecinales Comunales, se constituyen a propuesta del Alcalde, Regidores o a petición