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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE JUNIO DEL AÑO 2004 (20/06/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 60

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G37/G31/G30/G35/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 20 de junio de 2004 3. La condonación a que se refiere el numeral anterior se dará de acuerdo al siguiente detalle: a) Condonación del 100%, si es que la infracción co- metida es subsanada y/o regularizada dentro del plazo de10 días hábiles contados a partir de recepcionada la “Cé-dula de Regularización”. b) Condonación del 70%, si es que la infracción come- tida es subsanada y/o regularizada dentro del plazo de 20 días hábiles posterior a lo señalado en el inciso anterior. Artículo 5º.- Los beneficios establecidos en la presente Ordenanza serán otorgados a los contribuyentes que brin-den facilidades al personal encargado de llevar adelante el proceso de levantamiento de información catastral. No son aplicables los beneficios que se otorgan por medio de este dispositivo, para: 1. Las multas impuestas a los predios o unidades ca- tastrales, antes del proceso de Levantamiento Catastral. 2. Los contribuyentes cuyos casos que se encuentren bajo proceso de Ejecución Coactiva. 3. Los contribuyentes que se nieguen a brindar fa- cilidades. La información catastral haya tenido que ser le- vantada bajo base presunta, pasará en ese estado a for- mar parte de la Base de Datos Predial, salvo que dentro de un plazo perentorio que no excederá de 5 días hábiles con-tados a partir de la entrega del “Requerimiento” correspon-diente, la parte interesada permita la realización formal del levantamiento de información catastral, vencido este plazo toda reclamación que se formule, no estará inmersa dentro de los beneficios otorgados por esta norma. 4. Aquellos inmuebles cuya base imponible sobrepase el equivalente a 30 U.I.T. Artículo 6º.- Apruébese el Formato denominado “Cé- dula de Regularización” y el “Cuadro de Valores Unita- rios de Otras Instalaciones” (Fijas y Permanentes, adhe-ridas físicamente al terreno) para su aplicación duranteel proceso de ejecución del Proyecto denominado “Pro-grama Integral Catastro Urbano y Saneamiento Tributa-rio - II Etapa 2004” , que forman parte de la presente Norma. Artículo 7º.- El plazo de vigencia del “Programa Inte- gral Catastro Urbano y Saneamiento Tributario - II etapa2004” culminara el 31 de diciembre del año en curso. Artículo 8º.- Encárguese a la Gerencia de Desarrollo Urbano, Gerencia de Rentas, Gerencia de Seguridad Ciu- dadana y las que corresponda, el fiel cumplimiento de la presente Disposición. Artículo 9º.- La presente Ordenanza entrará en vigen- cia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. PAULO HERNAN HINOSTROZA GUZMÁN Alcalde PROGRAMA INTEGRAL CATASTRO URBANO Y SANEAMIENTO TRIBUTARIO-II ETAPA-2004 DISTRITO: SAN JUAN DE MIRAFLORES CÁLCULO DE VALORES UNITARIOS DE OTRA INSTALACIONES-2004 N° CÓDIGO DESCRIPCIÓN METRADO PRECIO UNIT(S/.) VAL. FINAL(S.) Valor Nuevo Fo = 0.60 01 CER 1 Cerco con columnas y vigas,revestido 1.00 ML 245.00 147.00 con portón, h < = 2.60 02 CER 2 Cerco con columnas, revestido, con 1.00 ML 198.32 119.00 portón, h < = 2.60 03 CER 3 Cerco con columnas ,sin revestimiento 1.00 ML 161.62 96.97 con portón, h < = 2.60 04 CER 4 Cerco con columnas , revestido 1.00 ML 210.00 126.00 con portón, h > 2.60 05 CER 5 Cerco con columnas ,sin revestimiento 1.00 ML 171.15 102.69 con portón, h > 2.60 06 CIS Cisterna Subterránea 1.00 m3 410.11 246.07 07 TAE Tanque Elevado 1.00 m3 398.20 238.92 08 LOD Losa Deportiva (Uso Múltiple 19x35) 1.00 m2 44.00 26.40 09 MUF Muro para cancha de Frontón 1.00 m2 317.00 190.20 10 PIS Piscina 1.00 m3 372.37 223.42 11 PAV 1 (Pavimento: Patio de Maniobras) 1.00m2 83.61 50.17 12 PAV 2 (Pavimento: Circulación Peatonal) 1.00m2 45.00 27.00 13 DAD (Dados, Bases que soportan gr andes 1.00 m3 330.50 198.30 cargas de estructuras metálicas: torres, antenas.) 14 POS (Postes de Alumbr ado de Concreto 1.00 unidad 648.60 389.16 Armado). 15 TRI (Tribuna, Gr aderías de concreto 1.00 m2 172.79 103.67 para espectadores) 16 POZ (Poza de Agua, de Concreto Armado , 1.00 m3 318.09 190.85 h+-=1.50m (profundidad) 17 TOR Torreón, Caseta de Vigilancia 1.00 m2 345.55 207.33 18 MUC Muro de Contensión (Concreto) 1.00 ml 260.00 156.00 19 CAN1 Canal Abierto de Concreto 1.00 ml 95.81 57.49 Sustento Legal: a) Art. II D. 34,35,36,37 del “Reglamento Nacional de Tasaciones del Perú” b) R.M.Nº 174-2002-Vivienda. Publicado en el Diario Oficial El Peruano (31/12/02) c) Art. 8º Cap. I de “Ley de Tributación Municipal - D. Leg. Nº 776”