Norma Legal Oficial del día 20 de junio del año 2004 (20/06/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 20 de junio de 2004

3. La condonacion a que se refiere el numeral anterior se MORDAZA de acuerdo al siguiente detalle: a) Condonacion del 100%, si es que la infraccion cometida es subsanada y/o regularizada dentro del plazo de 10 dias habiles contados a partir de recepcionada la "Cedula de Regularizacion". b) Condonacion del 70%, si es que la infraccion cometida es subsanada y/o regularizada dentro del plazo de 20 dias habiles posterior a lo senalado en el inciso anterior. Articulo 5º.- Los beneficios establecidos en la presente Ordenanza seran otorgados a los contribuyentes que brinden facilidades al personal encargado de llevar adelante el MORDAZA de levantamiento de informacion catastral. No son aplicables los beneficios que se otorgan por medio de este dispositivo, para: 1. Las multas impuestas a los predios o unidades catastrales, MORDAZA del MORDAZA de Levantamiento Catastral. 2. Los contribuyentes cuyos casos que se encuentren bajo MORDAZA de Ejecucion Coactiva. 3. Los contribuyentes que se nieguen a brindar facilidades. La informacion catastral MORDAZA tenido que ser levantada bajo base presunta, pasara en ese estado a formar parte de la Base de Datos Predial, salvo que dentro de un plazo perentorio que no excedera de 5 dias habiles contados a partir de la entrega del "Requerimiento" correspon-

diente, la parte interesada permita la realizacion formal del levantamiento de informacion catastral, vencido este plazo toda reclamacion que se formule, no estara inmersa dentro de los beneficios otorgados por esta norma. 4. Aquellos inmuebles cuya base imponible sobrepase el equivalente a 30 U.I.T. Articulo 6º.- Apruebese el Formato denominado "Cedula de Regularizacion" y el "Cuadro de Valores Unitarios de Otras Instalaciones" (Fijas y Permanentes, adheridas fisicamente al terreno) para su aplicacion durante el MORDAZA de ejecucion del Proyecto denominado "Programa Integral Catastro MORDAZA y Saneamiento Tributario - II Etapa 2004" , que forman parte de la presente Norma. Articulo 7º.- El plazo de vigencia del "Programa Integral Catastro MORDAZA y Saneamiento Tributario - II etapa 2004" culminara el 31 de diciembre del ano en curso. Articulo 8º.- Encarguese a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, Gerencia de Rentas, Gerencia de Seguridad Ciudadana y las que corresponda, el fiel cumplimiento de la presente Disposicion. Articulo 9º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

PROGRAMA INTEGRAL CATASTRO MORDAZA Y SANEAMIENTO TRIBUTARIO-II ETAPA-2004 DISTRITO: SAN MORDAZA DE MIRAFLORES CALCULO DE VALORES UNITARIOS DE OTRA INSTALACIONES-2004 N° 01 02 03 04 05 06 07 08 09 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 CODIGO CER 1 CER 2 CER 3 CER 4 CER 5 CIS TAE LOD MUF PIS PAV 1 PAV 2 DAD POS TRI POZ TOR MUC CAN1 DESCRIPCION Cerco con columnas y vigas,revestido con porton, h < = 2.60 Cerco con columnas, revestido, con porton, h < = 2.60 Cerco con columnas,sin revestimiento con porton, h < = 2.60 Cerco con columnas, revestido con porton, h > 2.60 Cerco con columnas,sin revestimiento con porton, h > 2.60 Cisterna Subterranea Tanque Elevado Losa Deportiva (Uso Multiple 19x35) MORDAZA para cancha de MORDAZA Piscina (Pavimento: Patio de Maniobras) (Pavimento: Circulacion Peatonal) (Dados, Bases que soportan MORDAZA cargas de estructuras metalicas: MORDAZA, antenas.) (Postes de Alumbrado de Concreto Armado). (Tribuna, Graderias de concreto para espectadores) (Poza de Agua, de Concreto Armado, h+-=1.50m (profundidad) Torreon, Caseta de Vigilancia MORDAZA de Contension (Concreto) MORDAZA Abierto de Concreto METRADO 1.00 ML 1.00 ML 1.00 ML 1.00 ML 1.00 ML 1.00 m3 1.00 m3 1.00 m2 1.00 m2 1.00 m3 1.00m2 1.00m2 1.00 m3 1.00 unidad 1.00 m2 1.00 m3 1.00 m2 1.00 ml 1.00 ml PRECIO UNIT(S/.) Valor MORDAZA 245.00 198.32 161.62 210.00 171.15 410.11 398.20 44.00 317.00 372.37 83.61 45.00 330.50 648.60 172.79 318.09 345.55 260.00 95.81 VAL. FINAL(S.) Fo = 0.60 147.00 119.00 96.97 126.00 102.69 246.07 238.92 26.40 190.20 223.42 50.17 27.00 198.30 389.16 103.67 190.85 207.33 156.00 57.49

Sustento Legal: a) Art. II D. 34,35,36,37 del "Reglamento Nacional de Tasaciones del Peru" b) R.M.Nº 174-2002-Vivienda. Publicado en el Diario Oficial El Peruano (31/12/02) c) Art. 8º Cap. I de "Ley de Tributacion Municipal - D. Leg. Nº 776"

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