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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE JUNIO DEL AÑO 2004 (20/06/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 59

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G37/G31/G30/G34/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 20 de junio de 2004 Artículo 32º.- El Certificado de Inspección Técnica así como el Certificado de Factibilidad son requisitos para la solicitud de Autorización de Instalación de Elemento de Publicidad Exterior, los mismos que deberán expedirse den-tro de los diez (10) días de recepcionada por la Subgeren-cia de Comercialización y Defensa al Consumidor. Los certificados que se aluden en el párrafo precedente se adjuntarán con los demás requisitos establecidos según el tipo de elemento publicitario cuya solicitud será recep- cionada por la Unidad de Administración Documentaria yArchivo Central la misma que se remitirá a la Subgerenciade Comercialización y Defensa al Consumidor. La Subgerencia de Comercialización y Defensa al Con- sumidor procederá, a verificar la documentación, elaborar la Resolución y el Certificado correspondiente, con su V° B° y firma, remitiéndose luego a la Gerencia de DesarrolloEconómico para su Firma, Registro y entrega al Interesa-do. El otorgamiento de la Autorización obliga a la instala- ción del elemento en el plazo máximo de sesenta (60) días calendario, vencido el cual caducará automáticamente. Artículo Cuarto .- Derógase los Artículos 33º y 34º de la Ordenanza Nº 003-2001. Artículo Quinto .- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir de al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase.PAULO HERNAN HINOSTROZA GUZMÁN Alcalde 11692 /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G65/G6A/G65/G63/G75/G74/G61/G72/G20/G65/G6C/G20/G22/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G49/G6E/G74/G65/G67/G72/G61/G6C /G43/G61/G74/G61/G73/G74/G72/G6F/G20/G55/G72/G62/G61/G6E/G6F/G20/G79/G20/G53/G61/G6E/G65/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G54/G72/G69/G62/G75/G2D /G74/G61/G72/G69/G6F/G20/G2D/G20/G49/G49/G20/G45/G74/G61/G70/G61/G20/G32/G30/G30/G34/G22/G20/G79/G20/G6F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6E/G20/G62/G65/G6E/G65/G66/G69/G2D/G63/G69/G6F/G73/G20/G74/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G79/G20/G61/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G6F/G73 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000012 San Juan de Miraflores, 31 de mayo del 2004 EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES. Visto: en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha el Oficio Nº 171-2004-MDSJM-SR de fecha 17.5.2004, Acta de Sesión de la Comisión de Desarrollo Urbano y DictamenGDDU-04 presentados por la Comisión de Desarrollo Ur-bano, referentes al proyecto de Ordenanza “Programa Inte-gral Catastro Urbano y Saneamiento Tributario - II Etapa2004”. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a las disposiciones contenidas en los Artículos 74º y 192º numeral 3) de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades tienen competencia para crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas y exonerar deéstas dentro de su jurisdicción y con los límites que señalala Ley; Que, mediante Ordenanza Nº 000008 de fecha 27 de junio del 2003, la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores aprobó el Proyecto denominado “Proyecto Ca- tastral y Saneamiento Tributario - I Etapa - 2003, para serejecutado en su jurisdicción hasta el 31 de diciembre del2003; dicha norma otorgó a los administrados, beneficiostributarios y/o administrativos; Que, por Acuerdo de Concejo Nº 000010 de fecha 7 de enero del 2004 se acordó aprobar el proyecto denominado “Programa Integral Catastro Urbano y Saneamiento Tribu-tario - II Etapa 2004, elaborado por la Subgerencia de Ca-tastro y Habilitaciones Urbanas de esta Municipalidad, dis-poniendo que la Gerencia de Desarrollo urbano y demásentes competentes, deberían efectuar las acciones que fue- ren necesarias para el cumplimiento y ejecución del men- cionado acuerdo;Que, por la importancia del tema es necesario que la Administración Municipal disponga la emisión de las nor- mas correspondientes, que le permitan acceder a la valio- sa información que se obtiene de los administrados en eldesarrollo del proceso de Levantamiento Catastral; infor-mación que sustentara en el corto, mediano y largo plazo,la implementación de diferentes planes de desarrollo deldistrito, y la consecuente mejora de vida de los pobladores del distrito; Que, debido a la situación económica en la que se en- cuentran sumidas gran parte de las familias que viven en eldistrito, y por la importancia de la información que se ob-tendrá de ellos, hace que esta Municipalidad priorizandosus objetivos, entienda necesario otorgar beneficios tribu- tarios y/o administrativos a los propietarios de predios omi- sos y/o subvaluadores o que hayan construido sin Licenciade Obra y Otros, que se detecten durante el citado procesocatastral; siendo en consecuencia indispensable emitir unanorma que apruebe el otorgamiento de dichos beneficios; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 9º nu- merales 8) y 9) de la nueva Ley Orgánica de Municipalida- des - Ley Nº 27972, debatido en el Pleno del Concejo, conla dispensa del tramite de lectura y aprobación del Acta ycon el voto Unánime se aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo 1º.- Ejecutar el proyecto denominado “Progra- ma Integral Catastro Urbano y Saneamiento Tributario - II Etapa 2004"; en la Jurisdicción del distrito de San Juan de Miraflores, que consta de lo siguiente: Aspectos Genera-les; Identificación; Planificación del Proyecto; OrganizaciónInterna del Proyecto; Inversión; y, Anexos que forman parteintegrante de la presente Ordenanza. Artículo 2º.- Otorgar beneficios tributarios y/o en mate- ria administrativa para los contribuyentes, que se presen- ten para regularizar sus obligaciones y deudas derivadasde la constatación catastral consignada en la “Cédula deRegularización”, omisos y subvaluadores a la DeclaraciónJurada de Autovalúo o que carezcan de Licencia o Autori-zación de Funcionamiento o que hayan construido sin Li- cencia de Obra y Otros. Artículo 3º.- Los beneficios otorgados por la presente norma en materia tributaria, son los siguientes: 1. Condonar el 100% del Interés Moratorio a los contri- buyentes omisos y subvaluadores a la Declaración Jurada de Autovalúo, según el detalle siguiente: a) Subvaluadores : con retroactividad de cuatro (4) años. En los casos que exista fraccionamiento tributario y se haya detectado áreas subvaluadas, se deducirán las cuo-tas canceladas que se acreditará con el recibo de pago res- pectivo, procediéndose a la elaboración de una nueva liqui- dación de acuerdo a los datos consignados en la FichaCatastral correspondiente. b) Omisos : con retroactividad de seis (6) años. 2. La rebaja gradual de la Multa Tributaria, deducida del 10% de la UIT, según lo siguiente: a) Del 90%, si la Subsanación es efectuada dentro del plazo de 10 días hábiles contados a partir de recepcionadala “Cédula de Regularización”. b) Del 70%, si la subsanación es efectuada dentro del plazo de 20 días hábiles, posterior a lo señalado en el inci- so anterior. Artículo 4º.- Los beneficios otorgados por la presente Ordenanza en materia administrativa, son los siguientes: 1. Regularización de edificaciones que hayan sido cons- truidas sin Licencia de Obra al 31 de diciembre del 2003, mediante el procedimiento a que se refiere la Ley Nº 27157y Normas Reglamentarias, sin pago de Multa ni otras san-ciones Administrativas, previa intervención de los TécnicosCatastrales autorizados, debiendo iniciarse, dentro de los20 días hábiles contados a partir de recepcionada la “Cé- dula de Regularización. Se incluye la Licencia de Demoli- ción. 2. Condonación de la Multa hasta el 100% y de otras sanciones administrativas para los casos siguientes: a) Por carecer de Autorización o Licencia de Funciona- miento. b) Por carecer de Autorización de Anuncios.c) Otras infracciones que por su naturaleza quedan com- prendidas en el presente numeral.