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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE JUNIO DEL AÑO 2004 (20/06/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 56

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G37/G31/G30/G34/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 20 de junio de 2004 MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G31/G33/G32/G2C/G20/G71/G75/G65 /G65/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G67/G75/G6C/G61/G72/G69/G7A/G61/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G75/G64/G61/G73/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G64/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G65/G6E/G20/G70/G61/G67/G6F /G64/G65/G20/G65/G73/G70/G65/G63/G69/G65/G73 ORDENANZA Nº 157 Miraflores, 15 de junio de 2004 EL ALCALDE DE MIRAFLORESPOR CUANTO: El Concejo de Miraflores, en Sesión de la fecha; CONSIDERANDO:Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Es- tado, consagra el concepto de Autonomía Municipal, Ga- rantía Institucional según la cual las Municipalidades tie- nen autonomía política, económica y administrativa en losasuntos de su competencia; Que, en ejercicio de dicha autonomía, con fecha 23 de octubre de 2003, se publicó en el Diario Oficial El Peruanola Ordenanza Nº 132, que establece el procedimiento de regularización de deudas (tributarias y no tributarias) me- diante la dación en pago de especies, a fin de establecerfacilidades de pago para los deudores, necesarias en elmarco de una situación económica recesiva; Que, en oportunidad posterior, mediante Ordenanza Nº 137, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 6 de enero de 2004, se aprobó la nueva Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de laMunicipalidad de Miraflores, creando diversas Gerencias ySubgerencias; Que, ahora bien, dada la fecha de dación de la Orde- nanza Nº 132, en ella se considera a "Direcciones", "Unida- des", "Oficinas" y "Áreas", que en la actualidad no existen; Que, por tanto, al renovarse la Estructura Orgánica Ad- ministrativa de esta Comuna, (dentro de una perspectivagerencial como manda el Artículo 28º de la Ley Orgánicade Municipalidades - Ley Nº 27972), y dejándose atrás ladenominación de "Direcciones", "Unidades", "Oficinas" y "Áreas", resulta necesario adecuar la Ordenanza Nº 132 a la Estructura Orgánica que hoy nos rige; En uso de las facultades establecidas en el numeral 8 del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades - LeyNº 27972, el Concejo por UNANIMIDAD y con dispensa deltrámite de aprobación del Acta, ha aprobado lo siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Modifíquese el Artículo 4º y los nu- merales 5.1, 5.2 y 5.4 del Artículo 5º de la Ordenanza Nº132, por los textos siguientes: "Artículo 4º.- EVALUACIÓN. La solicitud será evaluada y su procedencia deberá ser aprobada por una Comisión Técnica Evaluadora, confor-mada por el Gerente Municipal (quien la presidirá), el Ge-rente de Administración (como secretario), el Gerente de Planeamiento y Presupuesto y el Subgerente de Abasteci- mientos (éstos dos últimos como vocales). Sin perjuicio de lo mencionado en el párrafo anterior, la Subgerencia de Abastecimientos, deberá emitir un informetécnico en cuanto a la conformidad de la necesidad y valorde mercado de los bienes y/o servicios materia de la solici- tud. De resultarle materialmente imposible la determinación de tal valor, la Comisión Técnica Evaluadora solicitará elservicio de un perito valuador, siendo los gastos en que seincurra al respecto, de cargo del deudor, no formando asi-mismo parte de la deuda materia de dación en pago. Artículo 5º.- PROCEDIMIENTO. 5.1. El interesado deberá ingresar una solicitud que cuente con los requisitos establecidos por el Artículo 2º dela presente Ordenanza, a través de la Subgerencia de Trá-mite Documentario y Archivo. 5.2. Una vez ingresada la solicitud a la Subgerencia de Trámite Documentario y Archivo, la misma será derivada a la Gerencia de Rentas, a fin de determinar la deuda del solicitante. Posteriormente, la solicitud será remitida a laSubgerencia de Abastecimientos a fin que ésta exprese a través de informe y de acuerdo al Artículo 4º de la presente Ordenanza, su conformidad respecto a la necesidad y va- lor del bien y/o servicio. 5.4. Aprobada la dación en pago de especie, los bienes y/o servicios serán entregados o prestados en la forma quese indique, debiendo la Subgerencia de Abastecimientoshacer el seguimiento de su cumplimiento, y concluido éste, dará cuenta de la conformidad respectiva a la Subgerencia de Recaudación, a fin que proceda a realizar la cancela-ción de las deudas señaladas." Artículo Segundo.- Modifíquese la Segunda y la Cuar- ta Disposición Final de la Ordenanza Nº 132, por los textos siguientes: "SEGUNDA.- RESPONSABILIDAD EN EL CUMPLI- MIENTO. Encárguese a la Gerencia Municipal, Gerencia de Ad- ministración, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Subgerencia de Abastecimientos y demás órganos involu- crados, el cumplimiento estricto de la presente Ordenanza. CUARTA.- INCLUSIÓN EN EL TUPA. Encárguese a la Gerencia de Planeamiento y Presu- puesto, incluir en el Texto Único de Procedimientos Admi- nistrativos (TUPA) un procedimiento denominado "Dación en Pago de Especies", incluyendo los requisitos estableci-dos por el Artículo 2º de la presente Ordenanza, y conside-rando dicho procedimiento como gratuito." Artículo Tercero.- Precísase que la Ordenanza Nº 132 se encuentra vigente en todo lo que no haya sido expresa- mente modificado mediante la presente norma. Regístrese, publíquese y cúmplase.FERNANDO ANDRADE CARMONA Alcalde 11623 MUNICIPALIDAD DE PACHACÁMAC /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G63/G72/G65/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G44/G65/G70/GF3/G73/G69/G74/G6F/G20/G4F/G66/G69/G63/G69/G61/G6C /G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G20/G2D/G20/G44/G4F/G4D DECRETO DE ALCALDÍA Nº 006-2004-MDP/A Pachacámac, 15 de junio de 2004 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACÁMAC CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, en su Artículo 194º, establece que las Municipalidades, son Órganos de Gobierno Local con Autonomía Política, Económica y Ad- ministrativa, en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalida- des, establece en su Artículo 46º, que las sanciones queaplique la Autoridad Municipal, podrán ser: Multas, Sus-pensión de Autorizaciones Licencias, Clausura, Decomiso, Retención de Productos Inmobiliarios, Retiro de Elementos Antirreglamentarios, Paralización de Obras, Demolición,Internamiento de Vehículos, Inmovilización de Productos yOtras; Que, la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Trán- sito Terrestre, en el Numeral 18.1, inciso A, Artículo 18º, establece las competencias de las Municipalidades Distri- tales, en materia de Transporte que son "En general, lasque los Reglamentos Nacionales y las Normas emitidas porla Municipalidad Provincial respectiva les señalen y en par-ticular, la regulación del Transporte Menor (Mototaxis y Simi-lares)"; Que, mediante Ordenanza Nº 007-2003-MDP/A, publi- cada el 26 de setiembre del 2003, en el Diario Oficial ElPeruano. Se regula el Servicio de Transporte Público dePasajeros y Carga en Vehículos Menores; Que, dicha Ordenanza dispone en su Artículo 39º inci- so 2, que una de las Sanciones que se aplicarán por Trans-