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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE JUNIO DEL AÑO 2004 (25/06/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 54

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G31/G33/G32/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 25 de junio de 2004 VISTO: Resolución de Alcaldía Nº 001-2004-MDH, de fecha 14 de enero de 2004, se aprobó el Plan Anual de Adquisi-ciones y Contrataciones de la Municipalidad Distrital de Hui-cungo, correspondiente al período 2004; CONSIDERANDO:Que, las Municipalidades son órganos de Gobierno Local que tienen autonomía económica y administrativa enlos asuntos de su competencia conforme a Ley; Que, el artículo 7º del Reglamento de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado señala que, el PlanAnual de Adquisiciones y Contrataciones puede ser modi-ficado de conformidad con la asignación presupuestal o encaso de reprogramación de metas propuestas; Que, en el Capítulo VI), numeral 7 de la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE-PRE, aprobado por ResoluciónNº 380-2003-CONSUCODE-PRE, de fecha 29 de diciem-bre de 2003, establece que, en el Plan Anual de Adquisi-ciones y Contrataciones podrá ser modificado en cualquiermomento, durante el transcurso del Ejercicio Presupues-tal, siempre que se produzca una programación de lasmetas institucionales propuestas o una modificación delpresupuesto institucional. En tal sentido, toda modificacióndel PAAC, sea por inclusión y/o exclusión de algún proce-so de selección, para la contratación y/o adquisiciones debienes, servicios u obras, deberá ser aprobada, en cual-quier caso, mediante instrumento emitido por el órgano ofuncionario en el que se haya delegado la competencia para la aprobación del PAAC. En igual sentido el PAAC modifi-cado deberá ser remitido al CONSUCODE y a PROMPY-ME, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes; En uso de las atribuciones conferidas en la Ley Orgáni- ca de Municipalidades Nº 27972 y a lo indicado en la Leyde Contrataciones y Adquisiciones del Estado; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Modificar el Plan Anual de Adquisi- ciones y Contrataciones para el año fiscal 2004 de la Mu-nicipalidad Distrital de Huicungo, el mismo que forma par-te de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Encargar a la Oficina de Adminis- tración la publicación de la presente Resolución en el Dia-rio Oficial El Peruano dentro de los diez días hábiles si-guientes a su aprobación, así como remitir dentro del mis-mo plazo, copia de la modificación del Plan Anual de Ad-quisiciones y Contrataciones al Consejo Superior de Con-trataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE ya la Comisión de Promoción de la Pequeña y Microempre-sa - PROMPYME. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN CARLOS BENAVIDES FERNÁNDEZ Alcalde 11954 /G50/G52/G4F/G59/G45/G43/G54/G4F TRANSPORTES Y COMUNICACIONES /G50/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G73/G6F/G6C/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G61/G6C/G20/G71/G75/G65/G20/G61/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G20/G6C/G61/G73/G20/G63/G6F/G6E/G64/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65 /G6F/G70/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G63/G75/G79/G6F/G73/G20/G65/G71/G75/G69/G70/G6F/G73/G20/G75/G74/G69/G6C/G69/G7A/G61/G6E/G20/G6C/G61/G73/G20/G62/G61/G6E/G64/G61/G73/G20/G39/G30/G32/G2D/G39/G32/G38 /G4D/G48/G7A/G2C/G20/G32/G34/G30/G30/G2D/G32/G34/G38/G33/G2C/G35/G20/G4D/G48/G7A/G20/G79/G20/G35/G37/G32/G35/G2D/G35/G38/G35/G30/G20/G4D/G48/G7A El Ministerio de Transportes y Comunicaciones, pone a consideración del público interesado el contenido del referido proyecto, a fin de que remitan sus opiniones y sugerencias por escrito a la Secretaría deComunicaciones del Viceministerio de Comunicaciones, Av. 28 de Julio Nº 800 - Lima o vía fax al 3324084o vía correo electrónico a cpalomares@mtc.gob.pe, dentro del plazo de cinco (5) días hábiles de acuerdoal formato siguiente: Artículo del Proyecto Comentarios 1º 2º Comentarios Generales Lima, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Directoral Nº 076-98-MTC/ 15.19, de fecha 7 de junio de 1998, se aprobó la DirectivaNº 003-98-MTC/15.19 que contiene las normas técnicas ycondiciones para la utilización de la tecnología de espec-tro ensanchado, para el caso del Servicio Fijo Privado enlas bandas de 2400 - 2483,5 MHz y 5725 - 5850 MHz; Que, sin embargo, mediante Decreto Supremo Nº 012- 2004-MTC, se modificó el artículo 25º del Reglamento Ge-neral de la Ley de Telecomunicaciones, estableciéndoseque aquellos servicios cuyos equipos, utilizando las ban-das 902-928 MHz, 2400-2483,5 MHz y 5725 -5850 MHzque transmiten con una potencia no superior a 100 miliva-tios (mW) en antena (potencia efectiva irradiada), y no seanempleados para efectuar comunicaciones en espaciosabiertos, están exceptuados de contar con concesión, asig-nación del espectro radioeléctrico, autorización, permiso olicencia, para la prestación o instalación de servicios detelecomunicaciones; mientras que aquellos servicios cu-yos equipos utilizando las bandas antes mencionadas trans-miten con una potencia no superior a 4 vatios (W) o 36dBm en antena (potencia efectiva irradiada) en espacioabierto sólo están exceptuados de contar con la asigna-ción del espectro radioeléctrico, autorización, permiso olicencia, para la prestación o instalación de servicios de telecomunicaciones; Que, asimismo, se establece que aquellos que hagan uso de las frecuencias antes indicadas deberán respetarlas normas técnicas emitidas o que emita el Ministerio; Que, en tal sentido resulta necesario aprobar una nor- ma técnica que establezca las condiciones de operaciónen las bandas 902-928 MHz, 2400- 2483,5 MHz y 5725-5850 MHz que promuevan el desarrollo de los servicios detelecomunicaciones y permitan garantizar la coexistenciaen la operación de dichas bandas; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27791, el Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, el Decreto Supremo Nº06-94-TCC y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar las condiciones de operación de los servicios cuyos equipos utilizan las bandas 902 - 928MHz, 2400 - 2483,5 MHz y 5725 - 5850 MHz, de acuerdo alanexo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2º.- Dejar sin efecto la Resolución Directoral Nº 076- 98-MTC/15.19 mediante la cual se aprobó la Directiva Nº 003-98-MTC/15.19, que contiene las normas técnicas y condiciones parala utilización de la tecnología de espectro ensanchado en las ban-das 2400-2483.5 MHz y 5725-5850 MHz. Regístrese, comuníquese y publíquese.