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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE JUNIO DEL AÑO 2004 (25/06/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 46

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G31/G33/G32/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 25 de junio de 2004 En uso de las facultades conferidas por el Inc. 6) Art. 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Modificar el Plan Anual de Adquisi- ciones y Contrataciones de la Municipalidad Distrital de Lu-rín ejercicio 2004, aprobado por Resolución de Alcaldía Nº013-2004-ALC/ML de fecha 19 de enero del 2004, el mismoque forma parte integrante de la presente Resolución.Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la pre- sente Resolución en el Diario Oficial El Peruano; asimismocomunicar al CONSUCODE y PROMPYME dentro del pla-zo establecido en las normas legales pertinentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JOSÉ LUIS AYLLÓN MINÍ Alcalde 11910 ARBITRIO DE SERENAZGO A. PREDIOS CON USO CASA HABITACIÓN Y TERRENOS SIN CONSTRUIR (CON USO CASA HABIT ACIÓN Y OTROS) FACTOR COBERTURA DE FACTOR COBERTURA DE DE ÁREA DEL PREDIO DE RIESGO ÁREA DEL PREDIO RIESGO (En nuevos soles) (En nuevos soles) CONDICIÓN PRECARIA SOLARES 1 De 0.01 a 15,000.00 1 De 0.01 a 15,000.00 2 De 15,000.01 a 60,000.00 2 De 15,000.01 a 60,000.00 3 De 60,000.01 a 102,000.00 3 De 60,000.01 a 102,000.00 4 De 102,000.01 a 210,000.00 4 De 102,000.01 a 210,000.00 5 De 210,000.01 a 330,000.00 5 De 210,000.01 a 330,000.00 6 De 330,000.01 a Más 6 De 330,000.01 a Más PENSIONISTAS CONTRI- BUYENTES 1 De 0.01 a 15,000.00 1 De 0.01 a 15,000.00 2 De 15,000.01 a 60,000.00 2 De 15,000.01 a 60,000.00 3 De 60,000.01 a 102,000.00 3 De 60,000.01 a 102,000.00 4 De 102,000.01 a 210,000.00 4 De 102,000.01 a 210,000.00 5 De 210,000.01 a 330,000.00 5 De 210,000.01 a 330,000.00 6 De 330,000.01 a Más 6 De 330,000.01 a Más B. PREDIOS CON USO DE INDUSTRIA, COMERCIO, SERVICIO EN GENERAL, FUNDACIONES, ASOCIAC. Y OTROS) FACTOR COBERTURA DE DE ÁREA DEL PREDIO RIESGO (En nuevos soles) 1 De 0.01 a 15,000.00 2 De 15,000.01 a 30,000.00 3 De 30,000.01 a 60,000.00 4 De 60,000.01 a 102,000.00 5 De 102,000.01 a 210,000.00 6 De 210,000.01 a Más 11934MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES /G43/G6F/G6D/G70/G6C/G65/G6D/G65/G6E/G74/G61/G6E/G20/G74/G61/G73/G61/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G41/G72/G62/G69/G74/G72/G69/G6F/G20/G64/G65 /G53/G65/G72/G65/G6E/G61/G7A/G67/G6F/G20/G61/G20/G71/G75/G65/G20/G73/G65/G20 /G72/G65/G66/G69/G65/G72/G65/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G2D /G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G31/G34/G33 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 03 Miraflores, 21 de junio de 2004 EL ALCALDE DE MIRAFLORESCONSIDERANDO:Que, de acuerdo al artículo 194º de la Constitución Po- lítica, concordado con el artículo II del Título Preliminar dela Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, lasMunicipalidades gozan de autonomía política, económicay administrativa en los asuntos de su competencia; Que, asimismo, el artículo 74º de la Constitución otor- ga potestad tributaria a los gobiernos locales, para crear,modificar, suprimir o exonerar arbitrios dentro de los lími-tes establecidos por ley; Que, el artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipali- dades regula los Decretos de Alcaldía a través de los cua-les se establecen normas reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas; Que, con fechas 18 y 22 de enero de 2004, se publicó en el Diario Oficial El Peruano, la Ordenanza Nº 143, lacual estableció la determinación de los montos de arbitriosde limpieza pública, parques y jardines y serenazgo parael año 2004, la misma que estableció en su Primera Dispo-sición Final delegar en el Alcalde la facultad de dictar me-diante Decreto de Alcaldía, las disposiciones complemen-tarias para la adecuada aplicación de la ordenanza; Que, resulta conveniente complementar las tasas del Arbitrio de Serenazgo que se encuentran contenidas en laOrdenanza Nº 143; En ejercicio de las facultades conferidas en el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- Complementar las tasas del Arbi- trio de Serenazgo que se encuentran contenidas en la Or-denanza Nº 143, según cuadro adjunto. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Rentas el cumplimiento del presente Decreto. Regístrese, comuníquese y publíquese.FERNANDO ANDRADE CARMONA Alcalde