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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE JUNIO DEL AÑO 2004 (26/06/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 37

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G31/G33/G36/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 26 de junio de 2004 MUNICIPALIDAD DE BREÑA /G49/G6E/G63/G6F/G72/G70/G6F/G72/G61/G6E/G20/G61/G20/G73/G65/G63/G74/G6F/G72/G65/G73/G20/G63/G6F/G6E/G20/G7A/G6F/G6E/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E /G43/G33/G20/G65/G6E/G20/G6C/G6F/G73/G20/G61/G6C/G63/G61/G6E/G63/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA /G30/G37/G38/G2D/G4D/G44/G42/G20 /G70/G61/G72/G61/G20 /G6F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20 /G64/G65 /G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G76/G65/G6E/G2D/G74/G61/G20/G64/G65/G20/G67/G61/G73 ORDENANZA Nº 119-MDB Breña,18 de junio del 2004 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BREÑA POR CUANTO: El Concejo Municipal del distrito de Breña, en Sesión Ordinaria de la fecha; VISTO:El Informe Nº 018-2003-SGAT-GAR/MDB de fecha 18 de diciembre del 2003, de la Subgerencia de Administración Tributaria; y, CONSIDERANDO:Que, conforme el artículo 194º de la Constitución Polí- tica del Estado, modificado por la Ley Nº 27680, las Municipalidades tienen autonomía política, económica yadministrativa en los asuntos de su competencia; Que, el inciso 3.6 del numeral 3 del artículo 83º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 establece quees función específica de las municipalidades en materia de abastecimiento y comercialización de productos, el otor- gar licencias para la apertura de establecimientos comer-ciales, industriales y profesionales; Que, mediante Ordenanza Nº 078-MDB se autoriza el otor- gamiento de la Autorización Municipal de Funcionamiento parala "Venta de Gas" en las Avenidas principales del Distrito y en los sectores cuya zonificación comprenda I1-R5 y C2; Que, las disposiciones municipales de carácter tempo- ral constituyen medidas de emergencia que se dictan conla finalidad garantizar el correcto funcionamiento de losestablecimientos comerciales, industriales y de servicios;así como la tranquilidad y seguridad ciudadana; Que, las medidas de emergencia deben estar sujetas a evaluación permanente, aplicándose los correctivos de acuer-do al impacto social que ellas generen; en ese sentido, en elejercicio de las facultades que confiere la Ley Orgánica deMunicipalidades, es preciso ampliar los alcances de la Orde-nanza Nº 078, permitiendo la venta de gas en sectores que no puedan generar peligro ni causar perjuicio al vecindario; Con las atribuciones que confiere el Inc. 9) del artículo 9 y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº27972; por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite deaprobación del Acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE INCORPORA A SECTORES CON ZONIFICACIÓN C3 DENTRO DE LOS ALCANCES DE LA ORDENANZA Nº 078-MDB Artículo Primero.- Incorporar dentro de los alcances del Artículo 1º de la Ordenanza Nº078-MDB para el otor- gamiento de la Autorización Municipal de Funcionamiento para la "Venta de Gas", a los sectores con zonificación C3. Artículo Segundo.- La presente Ordenanza regirá a partir del día siguiente de su publicación. POR TANTO: Mando, se registre, publique y cumpla. CARLOS SANDOVAL BLANCAS Alcalde 12016/G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G65/G78/G70/G65/G64/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E /G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G63/G6F/G6E/G20/G67/G69/G72/G6F/G73/G64/G65/G20/G61/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G73/G2C/G20/G74/G75/G72/G69/G73/G6D/G6F/G20/G79/G20/G63/G6F/G6D/G69/G2D/G73/G69/G6F/G6E/G69/G73/G74/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G76/G65/G6E/G74/G61/G20/G64/G65/G20/G70/G61/G73/G61/G6A/G65/G73 ORDENANZA Nº 120 -MDB Breña, 18 de junio de 2004 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BREÑA POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de Breña, en Sesión Ordinaria de la fecha; VISTO: El Informe de la Subgerencia de Administración Tribu- taria Nº 108-2004-SGAT-GAR/MDB de fecha 4 de junio del2004; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Es- tado, modificado por la Ley Nº 27680 establece que losGobiernos Locales tienen autonomía política, económica yadministrativa en los asuntos de su competencia; Que, conforme el numeral 3.6 del artículo 83º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 facultad a los go-biernos locales para otorgar licencias de apertura de esta-blecimientos comerciales, industriales y de actividades pro-fesionales y controlar su funcionamiento de acuerdo a ellas; Que, por Ordenanza Nº 068-MDB se suspendió tempo- ralmente el otorgamiento de Licencias de Funcionamiento para los giros de Agencia de Viajes, Turismo y Comisionistasde Venta de Pasajes; Av. España, cuadras 6 y 7; Jr. Hua-raz, cuadras 7 y 8; Que , las disposiciones municipales de carácter tempo- ral constituyen medidas de emergencia que se dictan con la finalidad de garantizar el correcto funcionamiento de los establecimientos comerciales, industriales y de serviciosasí como la tranquilidad y seguridad ciudadana; Que, las medidas de emergencia deben estar sujetas a evaluación permanente, aplicándose los correctivos deacuerdo al impacto social que ellas generen; en ese senti- do, es preciso establecer políticas de regulación para el funcionamiento de establecimientos con el giro de Agenciade Viajes, Turismo y Comisionista de Venta de Pasajes; Con las atribuciones que confiere el Inc. 9) del artículo 9º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº27972; por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del Acta, se aprobó la siguiente; ORDENANZA QUE AUTORIZA EL FUNCIONAMIENTO DE ESTABLECIMIENTOS CON GIROS DE AGENCIA DE VIAJES, TURISMO Y COMISIONISTAS DE VENTA DE PASAJES Artículo Primero.- Dejar sin efecto el Artículo Segun- do de la Ordenanza Nº 068-MDB.que regula el funciona-miento de establecimientos con el giro de agencia de via-jes y comisionista de venta de pasajes Artículo Segundo.- Autorizar la expedición de la Autori- zación Municipal de Funcionamiento con giros de "Agen- cias de Viajes, Turismo y Comisionistas de Venta de Pasa-jes", en la jurisdicción del distrito de Breña. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza regirá a partir del día siguiente de su publicación. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. CARLOS SANDOVAL BLANCAS Alcalde 12017