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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G31/G33/G37/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 26 de junio de 2004 es sumamente extenso para la situación crítica descri- ta, concluyendo en el sentido de que se solicite al Con-cejo Municipal la aprobación de una exoneración delProceso de Adjudicación Directa Selectiva que corres-ponde para el caso que es materia declarando la situa-ción de URGENCIA para poder proceder a realizar la adquisición de las Cuponeras de manera inmediata, mediante la modalidad de Adjudicación de Menor Cuan-tía, al amparo de los artículos 19º, 20º y 21º de la Leyde Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el artí-culo 113º de su Reglamento; Que, mediante Dictámenes Nºs. 009-2004-CPR/ CDLV del 16 de junio del 2004 y 016-2004-CPPPAL/ CDLV de fecha 16 de junio del 2004, las ComisionesPermanentes de Regidores de Rentas y de Planifica-ción, Presupuesto y Asuntos Legales respectivamen-te, en mérito a los Pronunciamientos Técnico-Legalemitidos, recomiendan se apruebe el pedido de UR- GENCIA solicitado; Que, el artículo 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro-bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, contem-pla la situación de URGENCIA cuando la ausencia ex-traordinaria e imprevisible de determinado bien o servi- cio compromete en forma directa e inminente la conti- nuidad de los servicios esenciales o de las operacio-nes productivas que la entidad tiene a su cargo; Que, la Constitución Política del Estado en su artí- culo 191º modificado por la Ley de Reforma Constitu-cional Nº 27680, reconoce a las Municipalidades Dis- tritales su calidad de gobierno local con Autonomía Política, Económica y Administrativa en los asuntos desu competencia, en concordancia con el artículo II delTítulo Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalida-des - Ley Nº 27972; Que, de conformidad con el artículo 19º inciso c) y artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado aprobado porDecreto Supremo Nº 012-2001-PCM, están exoneradasde los Procesos de Licitación Pública, Concurso Públi-co o Adjudicación Directa, según sea el caso lasadquisiciones o contrataciones que se realicen en SI- TUACIÓN DE URGENCIA las mismas que se llevarán a cabo mediante Proceso de Adjudicación de MenorCuantía y serán aprobadas, en el caso de los Gobier-nos Locales, por Acuerdo de Concejo Municipal; Que, habiéndose cumplido con los supuestos necesarios para declarar la SITUACIÓN DE URGEN- CIA para la adquisición de las Cuponeras del presente Ejercicio Fiscal 2004 y estando a lo dispuesto por elartículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades LeyNº 27972; el Concejo en la forma reglamentaria y pormayoría y la dispensa del trámite de la lectura y apro-bación del acta; ACORDÓ: Artículo Primero.- Declarar en SITUACIÓN DE UR- GENCIA la contratación de los Servicios de Elabora-ción, Diseño, Arte, Impresión y Emisión de Cuponerasdel Impuesto Predial y de Arbitrios de Limpieza Públi-ca, Parques y Jardines y Serenazgo para la Municipali-dad Distrital de La Victoria correspondiente al Ejercicio Fiscal 2004; por un plazo de 10 días hasta la suscrip- ción del contrato correspondiente, exonerándose a laMunicipalidad del Proceso de Adjudicación Directa Se-lectiva y autorizándose a fin de que se lleve a cabo através del Proceso de Adjudicación de Menor Cuantía. Artículo Segundo.- El valor referencial de los ser- vicios señalados en el artículo anterior asciende a S/ 56,000.00 (CINCUENTA Y SEIS MIL Y 00/100 NUEVOSSOLES), debiendo ser atendido por la Fuente de Fi-nanciamiento 09: Recursos Directamente Recaudadoscon cargo a la partida específica 5.3.11.39 otros servi-cios de terceros, sin perjuicio de comunicar al organis- mo competente la Modificación por el saldo que se ge- nere de acuerdo a lo previsto en el Plan Anual de Con-trataciones y Adquisiciones del Estado aprobado porResolución Nº 586-03-ALC/MDLV del 30 de diciembredel 2003.Artículo Tercero.- El órgano encargado de la Adjudi- cación será el Comité de Adjudicación Permanente yde menor cuantía designado. Artículo Cuarto.- Disponer se remita copia del pre- sente Acuerdo y de los informes que lo sustentan a laContraloría General de la República. Artículo Quinto.- Disponer la publicación de la pre- sente norma en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.ALEJANDRO BAZÁN GONZÁLES Alcalde 11976 MUNICIPALIDAD DEL RÍMAC /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G42/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G65/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G61 /G63/G6F/G6E/G74/G72/G69/G62/G75/G79/G65/G6E/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G70/G61/G67/G6F/G64/G65/G20/G6F/G62/G6C/G69/G67/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G74/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G61/G73 ORDENANZA Nº 096 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC POR CUANTO: El Concejo Municipal del distrito del Rímac, en Sesión Ordinaria de fecha 21.6.04, visto el Dictamen Nº 001-2004-CADYR/MDR de la Comisión de Administración y Rentas, el Informe Nº 528-2004-OAJ-MDR del Director de la Ofici- na de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 114-2004-OATR/MDR del Director de Administración Tributaria y Rentas, elInforme Nº 346-2004-OPP-MDR de la Oficina de Planea-miento y Presupuesto, sobre Beneficios Especiales. CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado establece que las Municipalidades son los Órganos de Gobierno Local y como tales tienen autonomía política, económica y admi-nistrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza Nº 088-MDR de fecha 22 de marzo del 2004, se aprobó el Régimen Tributario de lasTasa de Arbitrios aplicables para el ejercicio fiscal 2004, mediante el cual en sus Disposiciones Finales, señala que los contribuyentes o responsables tributarios que cance-len por adelantado los cuatro trimestres del presente añoal contado hasta la fecha de vencimiento para el pago delprimer trimestre, podrán gozar de un Beneficio de descuentodel 20% por pronto pago; Que, esta Administración Tributaria, al momento de for- mular las Tasas de Arbitrios correspondientes al ejerciciofiscal 2004, lo ha realizado en función al costo real de losservicios públicos proyectados para el presente año, esdecir se ha efectuado los cálculos sobre valores sincera-dos; Que, de acuerdo con la evaluación efectuada, cierto sector de contribuyentes tributarios, producto del since-ramiento de la tasa de los arbitrios ha sufrido incremen-tos mayores en sus importes a pagar para el presenteaño; Que, si bien es cierto el incremento de las tasas se ha efectuado, con el criterio que lo recaudado permita, de acuerdo con el Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributa-ción Municipal, artículo 69º, cubrir el costo de los serviciospúblicos, sin embargo con la estructura de Tasa de los Ar-bitrios aprobada por Ordenanza Nº 088-MDR aún cuantoel total de los contribuyentes cancelaran en su totalidad, no cubriría el costo de los servicios públicos, por lo tanto la actual Gestión Municipal tiene que subsidiar el manteni-miento de dichos Servicios; Que la actual gestión municipal presidida por el Sr. Al- calde Luis Lobatón Donayre, ha tomado conciencia de ladifícil situación económica que atraviesa el país y por con- siguiente los vecinos del Rímac, en ese sentido considera