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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE JUNIO DEL AÑO 2004 (26/06/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 42

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G31/G33/G37/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 26 de junio de 2004 necesario brindar las facilidades para que puedan cumplir con sus obligaciones tributarias, así mismo brindar facili-dades para el desarrollo de la Empresa en el distrito enbeneficio de la generación de empleo y de ingresos de laComunidad; Que, se hace necesario otorgar Beneficios excepcionales, especiales y con carácter de temporal, para que los contribuyentes que han sufrido incremen-tos mayores al 50% en el pago de sus arbitrios con res-pecto al año anterior; Que, así mismo, ante la gran cantidad de pedidos realizado por los vecinos del distrito que desean cum- plir con el pago de sus obligaciones tributarias correspondientes a sus adeudos tributarios al 31.12.03e inclusive por los dos primeros trimestres del ejerciciofiscal 2004; En uso de las atribuciones conferidas por el inciso 9) del artículo 9º y el inciso 5) del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con la dispensa de la Lectura del Acta, el Concejo Municipal,con el voto mayoritario de los miembros del Concejo,ha aprobado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA BENEFICIOS ESPECIALES A LOS CONTRIBUYENTES DEL DISTRITO PARA EL PAGO DE SUS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Artículo 1º.- Otorgar, Beneficio Especial Escalona- do de Descuento, a los contribuyentes del distrito cu- yas tasas a pagar por concepto de los Arbitrios Munici-pales del 2004, que en forma consolidada hallan sufri-do incrementos mayores al 50% respecto al período pre-cedente. Siempre que se cancele el pago al contado desus Tasas de Arbitrios correspondientes al ejercicio fis- cal 2004, hasta el 30 de junio del presente. Los des- cuentos se aplicarán de la siguiente manera: - 40% de descuento del incremento para contribuyen- tes cuyo aumento de los Arbitrios en el período 2004 esté en el rango de 50 a 75%. - 60% de descuento del incremento para contribuyen- tes cuyo aumento de los Arbitrios en el período 2004esté en el rango de 75% a 150%. - 80% de descuento del incremento para los contribu- yentes cuyo aumento de los Arbitrios del período 2004 sean superiores al 150%. Artículo 2º .- Prorrogar los alcances de la Tercera Disposición Final de la Ordenanza Nº 088-MDR, otor-gándose un descuento del 20% para el pago de las Ta- sas de Arbitrios, siempre que se cancelen al contado entre el 1 y el 30 de junio del 2004, los cuatro trimes-tres del ejercicio. Artículo 3º.- Los contribuyentes que se encuentren dentro de los alcances de alguno de los artículos prece-dentes de la presente ordenanza, no podrán gozar de manera simultanea de mas un Beneficio Especial de descuento para el pronto pago de los arbitrioscorrespondientes al ejercicio fiscal 2004. Artículo 4º.- Los contribuyentes o sus responsables tributarios que hubieren efectuado la cancelación al con-tado de los cuatro trimestres antes de la aprobación y publicación de la presente Ordenanza, no podrán soli- citar devolución o compensación por los pagos efec-tuados. Artículo 5º.- Prorrogar los Alcances del Artículo Se- gundo de la Ordenanza Nº 094 que prorroga los Benefi-cios Tributarios, otorgados con la Ordenanza Nº 076 y el Decreto de Alcaldía Nº 07-2004- MDR, por adeudos tributarios al 31.12.03, desde el 1 hasta el 30 de juniodel presente año. Artículo 6º.- Facultar al despacho de Alcaldía a que por Decreto de Alcaldía determine las prórrogas parcialeso totales de los Beneficios contemplados en la presente Ordenanza. Artículo 7º.- Encargar a la Oficina de Administración Tributaria y Rentas el cumplimiento de la presente Orde-nanza.POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.Dado en el Palacio Municipal a los veinte y un días del mes de junio del dos mil cuatro. LUIS A. LOBATON DONAYRE Alcalde 12099 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G61/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G20/G64/G65 /G70/G72/G6F/G70/G6F/G72/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G20/G69/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G20/G71/G75/G65/G20/G73/G65/G20/G72/G65/G66/G69/G65/G2D /G72/G65/G20/G6C/G61/G20/G4C/G65/G79/G20/G64/G65/G20/G54/G72/G61/G6E/G73/G70/G61/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G79/G20/G41/G63/G63/G65/G73/G6F/G20/G61 /G6C/G61/G20/G49/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61 (Se publica la presente resolución a solicitud de la Munici- palidad Distrital de San Isidro, mediante Oficio Nº 475-2004-SG/MSI), recibido el 24 de junio de 2004) RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 090-2003-ALC/MSI San Isidro, 5 de marzo de 2003 EL ALCALDE DE SAN ISIDRO CONSIDERANDO: Que, conforme a lo previsto en el Artículo 3º de la Ley Nº 27806, modificada por la Ley Nº 27927, Ley de Transpa-rencia y Acceso a la Información Pública, las entidades públicas deben designar al funcionario responsable de brin- dar la información que se solicite a la institución; Que, en consecuencia es necesario proceder a la designa- ción del funcionario que asumirá dicha responsabilidad; Con la visación conforme de la Dirección Municipal, la Secretaría General del Concejo y la Dirección de Asesoría Jurídica; RESUELVE:Artículo Primero.- Desígnese a la Secretaría General del Concejo, Sra. Patricia Aparicio Garay, como funcionaria responsable de proporcionar la información que conforme a lo establecido en la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia yAcceso a la Información Pública, y su modificatoria Ley Nº27927, se solicite a la Municipalidad de San Isidro. Artículo Segundo.- Los funcionarios responsables de los diferentes órganos de la Municipalidad entregarán, bajo responsabilidad, a la Secretaría General del Concejo, la in- formación solicitada, dentro de los plazos previstos en la ley. Artículo Tercero.- En los casos en que la información solicitada fuera difícil de reunir o no obrara en poder de laMunicipalidad de San Isidro, el funcionario responsable lohará conocer a la Secretaría General del Concejo, antes del vencimiento del plazo de ley, para efectos de la prórro- ga del plazo y conocimiento del solicitante. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JORGE SALMÓN JORDÁN Alcalde 11990 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G20/G64/G65 /G61/G63/G74/G75/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72/G20 /G6C/G61/G20 /G70/GE1/G67/G69/G6E/G61/G20 /G77/G65/G62/G20 /G64/G65/G20 /G6C/G61/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 120-2004-ALC/MSI San Isidro, 20 de mayo de 2004