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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G31/G33/G36/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 26 de junio de 2004 Artículo Décimo Primero.- CONVENIOS DE FRAC- CIONAMIENTO CON RESOLUCIÓN DE PÉRDIDA DEBENEFICIO Los contribuyentes que hayan perdido el Convenio de Pago Fraccionado podrán restituir la vigencia del mismo,con la cancelación de dos (2) cuotas, en este caso el ven- cimiento de la cuota siguiente se producirá a los treinta (30) días calendario, contados a partir de la fecha del aco-gimiento al beneficio. Artículo Décimo Segundo.- DEUDAS EN PROCESO DE COBRANZA COACTIVA Los beneficios que aprueba la presente Ordenanza al- canza a aquellos que se encuentran en proceso de co-branza coactiva, siempre y cuando se acojan volunta-riamente al Beneficio de la presente Ordenanza y su deu-da no esté ejecutada por la Unidad de Ejecutoria Coactiva.En estos casos, los deudores deberán abonar por concep- to de costas procesales. Artículo Décimo Tercero .- PAGO DE COSTAS PRO- CESALES Disponer el pago de S/. 10.00 nuevos soles de costas procesales. Artículo Décimo Quinto.- DEUDAS EN PROCESO DE RECLAMACIÓN Los deudores tributarios que hayan interpuesto recla- mación contra Resoluciones de Determinación, Resolu-ciones de Multa Tributaria, cualquiera que sea el estado en que se encuentren, podrán acogerse a los beneficios que aprueba la presente Ordenanza, previo desistimiento desus Recursos Impugnativos. DISPOSICIONES FINALES Primera.- En lo no previsto en la presente Ordenanza sobre fraccionamiento de pago será de aplicación lo dis-puesto en la Ordenanza Nº 075-MDB. Segunda.- Facultar al Alcalde para que mediante De- creto disponga las medidas complementarias y ampliato-rias para la ejecución y cumplimiento de la presente Orde- nanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.CARLOS SANDOVAL BLANCAS Alcalde 12018 MUNICIPALIDAD DE EL AGUSTINO /G49/G6E/G69/G63/G69/G61/G6E/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G61/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G6F /G64/G69/G73/G63/G69/G70/G6C/G69/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G61/G20/G65/G78/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G64/G6F/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G6D/G75/G6E/G69/G2D/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 206-A-2004-SEGE-02-MDEA El Agustino, 14 de junio del 2004 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL AGUSTINO Visto: el Acta de Sesión de la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de fecha veintio-cho de mayo del dos mil cuatro, en relación a la presunta responsabilidad administrativa en que hubiesen incurrido funcionarios de esta comuna durante la gestión municipalanterior: CONSIDERANDO: Por Oficio de, CONSUCODE Nº D-537-2004(GTN/ MON) fecha 15 de marzo del presente año nos informaque en los Procesos de Selección de Adjudicación de Me- nor Cuantía Nºs. 002 y 003-99-DDU-MDEA, el postor gana-dor de la Buena Pro, No habría Cumplido, con presentar la Constancia de Capacidad Libre de Contratación para efec-tos de suscribir el Contrato respectivo; Frente a ello, verificado el proceso de selección, corres- ponde de acuerdo a las Normas legales, al Comité Espe-cial Permanente de Licitaciones, llevar a cabo los proce- sos, ya que tienen la potestad para ello, y por ende las responsabilidades a que hubiese lugar; Que en la época del proceso se encontraban en funcio- nes como miembros del Comité los Funcionarios, Ing, Mó-nica Orosco López, Sr. Mario Neuman Balarezo, Sr., Hec-tor Villa Alejos; Que habiéndose llevado adelante los procesos, no se ha- bría solicitado a la empresa ganadora de la Buena Pro LUQ-CEL S.R.L. la Constancia de Capacidad Libre de Contratación,para suscribir el contrato, por lo que se habría incurrido en Negli-gencia por parte del Comité Permanente de Adjudicaciones, lamisma que debe ser evaluada por su Comisión; Que, la Comisión de Procesos Administrativos discipli- narios ha propuesto la apertura de Proceso AdministrativoDisciplinario por cuanto, en las Bases de Adjudicación Di-recta de Obra de Menor Cuantía Nº 002-99-DDU-MDEA,trata sobre la Construcción de Escaleras Peatonales en elPasaje La Capilla, La Mar, y Bernardo Alcedo en el AA.HH. Virgen del Carmen el Agustino, en esta base se omitió en el Contrato en el punto 6 incluir como requisito para la sus-cripción del contrato, la presentación de la constancia deCapacidad Libre de Contratación; Que asimismo en la Base de Adjudicación Directa de Obra de Menor Cuantía Nº 003-99-DDU-MDEA, trata sobre la Construcción del Parque Mariano Melgar (Antes Parque Nº 04 Ubicado en el AA HH Pro - Vivienda El Agustino IIIZona I Etapa. se omitió en el Contrato en el punto 6 incluircomo requisito para la suscripción del contrato, la presen-tación de la constancia de Capacidad Libre de Contratación; Que este accionar deviene en negligencia al no haber cumplido diligentemente sus obligaciones como funcio- narios, a que dispone el Art. 21º del D. Leg. Nº 276 Ley deBases de la Carrera Administrativa; Que asimismo se debe tener en cuenta que las bases aludidas se encuentran refrendadas por la Directora deDesarrollo Urbano y Jefe de Abastecimientos, habiendo omitido el Director Municipal hacerlo; Que, la Comisión Especial de Procesos Administrativos Dis- ciplinarios es de opinión que se Aperture Proceso Disciplinario aex servidores, Directora de Desarrollo Urbano Ing. Mónica Oros-co López, Director Municipal con retención del Cargo de Directorde Administración Sr. Mario Neuman Balarezo, y Jefe de la Uni- dad de Abastecimiento Sr. Hector Villa Alejos; Que estando a las consideraciones precedentes, al in- forme aludido y habiendo inobservado lo establecido enlos incisos s) y d), artículo 28º del D. Legislativo Nº 276,Ley de Bases de la Carrera Administrativa y del sectorPúblico, que en un procedimiento deberá dilucidarse el gra- do de responsabilidad de los implicados y en armonía de las atribuciones conferidas en el Inc. 6) del Art. 20º de laLey Orgánica de Municipalidades Nº 27972; RESUELVE: Artículo 1º.- Instaurar proceso administrativo disciplinario a los señores ex Directora de Desarrollo Urbano Ing. Móni-ca Orosco López, ex Director Municipal con retención delCargo de Director de Administración Sr. Mario Neuman Ba-larezo, y Jefe de la Unidad de Abastecimiento Sr. HectorVilla Alejos, por las consideraciones antes aludidas. Artículo 2º.- Notifíquese a los funcionarios procesados en forma personal o a través del Diario Oficial El Peruano,con la presente Resolución, para que dentro del términode Ley efectúen los descargos que les corresponde. Artículo 3º.- Remitir los actuados a la Comisión de Pro- cesos Administrativos Disciplinarios, para los fines consi- guientes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. VÍCTOR M. SALCEDO RÍOS Alcalde 12013