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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G33/G35/G37/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 1 de marzo de 2004 18 y 200312-06, expedidos por el Laboratorio de Certifica- ción de la Universidad Católica del Perú, así como de lasmemorias de sólo lectura, se advierte que las mismas cum-plen con lo dispuesto en el artículo 18º del Decreto Supre-mo Nº 009-2002-MINCETUR, registrando los programasprincipales y de personalidad un porcentaje de retorno alpúblico no menor del 85%; Que, de acuerdo con lo establecido en el primer párrafo del artículo 18º del Decreto Supremo Nº 009-2002-MIN-CETUR, sólo podrán ser materia de Autorización y Regis-tro las memorias de sólo lectura que contengan los progra-mas principales y de personalidad; De conformidad con la Ley Nº 27153, el Decreto Su- premo Nº 009-2002-MINCETUR y el Procedimiento Nº 06del T.U.P.A. del MINCETUR aprobado mediante DecretoSupremo Nº 009-2003-MINCETUR, estando a lo opinadoen los Informes Técnico Nº 015-2004-MINCETUR/VMT/DNT/DJCMT/DAR-JYM y Legal Nº 102-2004-MINCETUR/VMT/DNT/DJCMT/DAR; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar la inscripción y registro de diez (10) memorias de sólo lectura solicitadas por la empresaBally Gaming Inc., fabricadas por la misma empresa soli-citante (EE.UU.), según el siguiente detalle: Nº Registro Código de Memoria 1 A0005317 V7PY00328705-00 (U83) 2 A0005318 V7PY00338705-00 (U83) 3 A0005319 V7M1E00C2104-24 (M0) 4 A0005320 V7M4E00C2104-24 (M1) 5 A0005321 V7PH92628704-00 (U77) 6 A0005322 V7PH93908704-00 (U77) 7 A0005323 V7M1003G2104-23 (M0) 8 A0005324 V7M4003G2104-23 (M1) 9 A0005325 V7PH97508704-00 (U77) 10 A0005326 V7PH97518704-00 (U77) Regístrese, comuníquese y publíquese. MIGUEL ANTONIO ZAMORA S. Director Nacional de Turismo 04255 ECONOMÍA Y FINANZAS /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G69/G76/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G22/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G73 /G64/G65/G20/G50/G72/G65/G76/G65/G6E/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G52/G65/G68/G61/G62/G69/G6C/G69/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73 /G5A/G6F/G6E/G61/G73/G20/G41/G66/G65/G63/G74/G61/G64/G61/G73/G20/G70/G6F/G72/G20/G44/G65/G73/G61/G73/G74/G72/G65/G73/G22 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 104-2004-EF/15 Lima, 27 de febrero de 2004CONSIDERANDO: Que, el artículo 3º de la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, dispone que el Ministerio de Economía y Finanzas a través de la Oficina de Inversiones es la más alta autoridad técnico normativa del SistemaNacional de Inversión Pública. Dicta las normas técnicas, métodos y procedimientos que rigen los Proyectos de In- versión Pública; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 158-2001-EF- 15 se modificó el Reglamento de Organización y Funcio- nes del Ministerio de Economía y Finanzas, como conse-cuencia de la reestructuración organizativa institucional, aprobada por Decreto Supremo Nº 071-2001-EF; dispo- niéndose que la Dirección General de Programación Multi-anual del Sector Público desarrolle las funciones de la Ofi- cina de Inversiones que le fueran asignadas en el marco de la Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública; Que, mediante el numeral 30.4 del artículo 30º de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004, Ley Nº 28128, se autoriza al Ministerio de Economíay Finanzas a aplicar un procedimiento simplificado a los Proyectos de Inversión Pública que apruebe la ComisiónMultisectorial de Prevención y Atención de Desastres, crea- da por el Decreto Supremo Nº 081-2002-PCM, a propues- ta de la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público y en coordinación con el Instituto Nacionalde Defensa Civil - INDECI; En uso de las facultades conferidas por el Decreto Le- gislativo Nº 183, Ley Orgánica del Ministerio de Economíay Finanzas; la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública; y la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar la Directiva Nº 001-2004-EF/ 68.01, Directiva de los "Programas de Prevención y Reha- bilitación de las Zonas Afectadas por Desastres", que for-ma parte de la presente Resolución, la cual tiene por obje- to establecer el procedimiento simplificado aplicable a los Proyectos de Inversión Pública que apruebe la ComisiónMultisectorial de Prevención y Atención de Desastres, crea- da por Decreto Supremo Nº 081-2002-PCM. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO-PABLO KUCZYNSKI G. Ministro de Economía y Finanzas DIRECTIVA Nº 001-2004-EF/68.01 DIRECTIVA DE LOS "PROGRAMAS DE PREVENCIÓN Y REHABILITACIÓN DE LAS ZONAS AFECTADAS POR DESASTRES" 1.- OBJETO La presente Directiva tiene por objeto establecer un pro- cedimiento simplificado aplicable a los Proyectos de Inver- sión Pública aprobados en el marco de los "Programas dePrevención y Rehabilitación de las Zonas afectadas por Desastres" los mismos que tienen como objetivo mitigar los efectos de los fenómenos naturales extremos y antrópicos,así como recuperar la infraestructura pública afectada y la capacidad de producción de las regiones perjudicadas por los desastres que puedan ocurrir en el país en el año 2004. 2.- BASE LEGAL 2.1 Ley Nº 27293, Ley que crea el Sistema Nacional de Inversión Pública. 2.2 Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Pú- blico para el Año Fiscal 2004, que autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas a aplicar un Sistema Simplificado a los Proyectos de Inversión Pública que apruebe la Comi-sión Multisectorial de Prevención y Atención de Desastres, creada por el Decreto Supremo Nº 081-2002-PCM, a pro- puesta de la Dirección General de Programación Multianualdel Sector Público y en coordinación con el Instituto Nacio- nal de Defensa Civil - INDECI. 2.3 Decreto Supremo Nº 081-2002-PCM, que crea la Comisión Multisectorial de Prevención y Atención de De- sastres. 2.4 Resolución Ministerial Nº 158-2001-EF/15, que mo- difica el Reglamento de Organización y Funciones del Mi- nisterio de Economía y Finanzas. 3.- ALCANCE La presente Directiva será de aplicación a todos los or- ganismos del sector público que ejecutan Proyectos de In- versión Pública en el marco de los "Programas de Preven- ción y Rehabilitación de las Zonas afectadas por Desas-tres " aprobados por la Comisión Multisectorial de Preven- ción y Atención de Desastres creada por Decreto Supre- mo Nº 081-2002-PCM. 4.- NORMAS GENERALES 4.1 Los Proyectos de Inversión Pública cuyo procedi- miento es objeto de la presente Directiva, deben estar des- tinados a: i) realizar acciones de mitigación ante el inmi-nente impacto de un fenómeno natural que puede causar un desastre; ii) realizar acciones de rehabilitación de la in- fraestructura pública para recuperar los niveles de servicio