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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G33/G35/G39/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 1 de marzo de 2004 RELACIONES EXTERIORES /G4E/G6F/G6D/G62/G72/G61/G6E/G20/G43/GF3/G6E/G73/G75/G6C/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA/G20/G65/G6E /G54/G6F/G6B/G69/G6F/G2C/G20/G4A/G61/G70/GF3/G6E RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 065-2004-RE Lima, 24 de febrero de 2004 De conformidad con los artículos 7º, 13º literal a) y 26º de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de laRepública, de 19 de octubre de 2003; los artículos 62º, 63ºB) y 64º literal a) del Decreto Supremo Nº 130-2003-RE,Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la Repú-blica; el artículo 121º del Decreto Supremo Nº 0002-79-RE, modificado por el artículo 1º del Decreto Supremo Nº0004-85-RE; y los artículos 131º y 132º del Decreto Su-premo Nº 0002-79-RE, Reglamento Consular de la Repú-blica, de 17 de enero de 1979; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Nombrar al Ministro en el Servicio Diplomático de la República, Héctor Matallana Martínez,Cónsul General del Perú en Tokio, Japón, a partir del 1 deabril de 2004. Artículo Segundo.- La jurisdicción consular será la establecida en la Resolución Suprema Nº 0164-RE, de 15de abril de 1998. Artículo Tercero.- Extenderle las Letras Patentes co- rrespondientes. Artículo Cuarto.- Aplicar el egreso que origine la pre- sente Resolución a las partidas correspondientes del Plie-go Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 04295 /G44/G65/G6C/G65/G67/G61/G6E/G20/G66/G61/G63/G75/G6C/G74/G61/G64/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G73/G75/G73/G63/G72/G69/G62/G69/G72/G20/G65/G6C /G43/G6F/G6E/G76/G65/G6E/G69/G6F/G20/G4D/G61/G72/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4F/G4D/G53/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G2D/G74/G72/G6F/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G54/G61/G62/G61/G63/G6F RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 066-2004-RE Lima, 24 de febrero de 2004Vista la Hoja de Instrucción (GAB) Nº 990, de 11 de diciembre de 2003 del Gabinete del Ministro de Relacio-nes Exteriores del Perú; Habiéndose adoptado en el marco de la Organización de las Naciones Unidas el "Convenio Marco de la OMSpara el Control del Tabaco", en la ciudad de Nueva York,Estados Unidos de América, el 13 de junio de 2003; De conformidad con lo establecido en el inciso g) del artícu- lo 5º del Decreto Ley Nº 26112, de 28 de diciembre de 1992, y elDecreto Supremo Nº 517, de 5 de noviembre de 1954; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: 1.-Delegar en la persona del Embajador (r) Oswaldo de Rivero Barreto, Representante Permanente del Perú antela Organización de las Naciones Unidas, las facultadessuficientes para suscribir en representación del Gobiernodel Perú el "Convenio Marco de la OMS para el Control delTabaco", adoptado en la ciudad de Nueva York, EstadosUnidos de América, el 13 de junio de 2003. 2.-Extender los Plenos Poderes correspondientes al Em- bajador (r) Oswaldo de Rivero Barreto, Representante Perma-nente del Perú ante la Organización de las Naciones Unidas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 04296/G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G72/G65/G73/G6F/G6C/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G6C/G61/G20/G63/G75/G61/G6C /G73/G65/G20/G72/G65/G6E/G6F/G76/GF3/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G64/G6F/G72/G61/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G76/G65/G6E/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6F/G70/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G41/G64/G75/G61/G6E/G65/G72/G61/G20/G50/G65/G72/G75/G61/G6E/G6F/G2D/G43/G6F/G6C/G6F/G6D/G62/G69/G61/G6E/G6F RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 067-2004-RE Lima, 24 de febrero de 2004 CONSIDERANDO: Que, con fecha 10 de mayo de 1938 el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República de Colom-bia suscribieron un Convenio de Cooperación Aduanera, quefue incorporado a la legislación nacional mediante Resolu-ción Suprema Nº 956, de fecha 18 de noviembre del año 1938; Que, el 9 de enero de 1981 se suscribió el Protocolo Modificatorio del Convenio de Cooperación Aduanera Pe-ruano-Colombiano de 1938, que entró en vigencia mediantela expedición del Decreto Supremo Nº 069-82-EFC, de fe-cha 17 de febrero de 1982; Que, mediante Resolución Suprema Nº 201-2003-RE, del 12 de agosto de 2003, se renovó la Comisión AdministradoraNacional del Convenio de Cooperación Aduanera Peruano-Colombiano, creada mediante Resolución Suprema Nº 224-RE, del 29 de mayo de 1991, con el objetivo de facilitar lastareas de concertación entre las entidades nacionales involu-cradas en la evaluación del grado de utilización del Convenio; Que, por Resolución Suprema Nº 256-2003-RE, del 10 de octubre de 2003, se modificó la Resolución SupremaNº 201-2003-RE, incorporando entre los integrantes de la Co-misión Administradora Nacional del Convenio de CooperaciónAduanera Peruano-Colombiano al Ministerio de Agricultura; Que, es necesario incorporar en la conformación de la Comisión referida a los Sectores del Ejecutivo vinculadosa las funciones y objetivos encomendados a esta Comi-sión, siendo estos sectores, el Ministerio de la Produccióny el Ministerio de Economía y Finanzas; Que, es necesario establecer una instancia encargada del seguimiento y evaluación técnica de la Comisión, enconcordancia con la política comercial del país, a fin deadecuarla a la normativa legal vigente y que constituya unainstancia de coordinación efectiva entre los diversos sec-tores gubernamentales y privados; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, el Decreto LeyNº 26122 - Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Ex-teriores y la Ley Nº 27790 - Ley de Organización y Funcio-nes del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Modificar el Artículo Segundo de la Resolución Suprema Nº 201-2003-RE, en los siguientestérminos: "Artículo Segundo.- La Comisión Administradora Na- cional del Convenio de Cooperación Aduanera Peruano-Colombiano, estará integrada por los siguientes miembros: - Un Representante titular del Ministerio de Relaciones Exteriores, quien la presidirá. - Un Representante titular del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. - Un Representante titular del Ministerio de Economía y Finanzas. - Un Representante titular del Ministerio de la Producción.- Un Representante titular del Ministerio de Agricultura.- Un Representante titular del Gobierno de la Región Loreto. - Un Representante titular del Gobierno de la Región Ucayali. - Un Representante titular del Gobierno de la Región San Martín. - Un Representante titular de la Superintendencia Na- cional de Administración Tributaria (Superintendencia Na-cional Adjunta de Aduanas). - Un Representante de la Cámara de Comercio de Loreto.- Un Representante de la Cámara de Comercio de Ucayali.- Un Representante de la Cámara de Comercio de San Martín. Cada uno de los Sectores antes mencionados, desig- nará a un Representante Alterno. Artículo Segundo.- Modificar el primer párrafo del Ar- tículo Tercero de la Resolución Suprema Nº 201-2003-RE,en los siguientes términos: