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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE MARZO DEL AÑO 2004 (06/03/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 32

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G34/G30/G39/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 6 de marzo de 2004 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G71/G75/G65/G20/G63/G72/G65/G61/G20/G46/G6F/G6E/G64/G6F /G70/G61/G72/G61/G20/G63/G61/G73/G6F/G73/G20/G79/G20/G6F/G62/G72/G61/G73/G20/G73/G6F/G63/G69/G61/G6C/G65/G73 ORDENANZA Nº 175-MSS Santiago de Surco, 16 de febrero de 2004 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO POR CUANTO:El Concejo Municipal de Santiago de Surco; en aten- ción al pedido efectuado por la señora regidora María Edith Ruiz Paz, sobre la creación del fondo para casos y obras sociales, para atender urgencias económicas de los resi-dentes en el distrito de Santiago de Surco; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo señalado por el artículo 84º nume- ral 2.2.4 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972,las municipalidades distritales ejercen las funciones de or-ganizar, administrar y ejecutar los programas locales deasistencia, protección y apoyo a la población en riesgo; ni-ños, adolescentes, mujeres, adultos mayores, personas con discapacidad y otros grupos de la población en situación de riesgo; Que, asimismo el numeral 2.2.5 del referido marco nor- mativo, precisa que las municipalidades distritales, ejercenademás la función de contribuir al diseño de políticas dedesarrollo social, de protección y apoyo a la población en riesgo; Que, existe una demanda creciente de la comunidad surcana de atención de diversos casos sociales de extre-ma urgencia y/o necesidad; Contando con los Dictámenes favorables Nº s 002-2004- CASYPV-MSS, 001-2004-CGM/MSS y 007-2004-CAJ/MSS de las Comisiones de Asuntos Sociales y Participación Ve- cinal, Gestión Municipal y de Asuntos Jurídicos respectiva-mente; en uso de las atribuciones conferidas por los artícu-los 9º, 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº27972, aprobó por Unanimidad la siguiente: ORDENANZA QUE CREA UN FONDO PARA CASOS Y OBRAS SOCIALES CAPÍTULO I DE LAS DEFINICIONES Artículo 1º.- Definiciones 1.1 Caso social: Diagnóstico e informe elaborado por un trabajador social a una persona a fin de determinar suscarencias y/o necesidades básicas. 1.2 Obra social: actividades sociales de diversa índole que se realizan con la finalidad de contribuir a solucionar carencias y/o necesidades básicas a un grupo determinadode personas de escasos recursos económicos. CAPÍTULO II DE LA CREACIÓN DEL FONDO DE CASOS Y OBRAS SOCIALES Artículo 2º.- Crear un Fondo de Casos y Obras Socia- les, teniendo como única finalidad atender casos urgentesno programados y la realización de obras sociales en be-neficio de los pobladores de Santiago de Surco en situa- ción de vulnerabilidad. CAPÍTULO III DEL PRESUPUESTO Artículo 3º.- Destinar el presupuesto municipal asigna- do en la Partida de Contribuciones para la atención de di- cho fondo, recursos que serán consignados en el Centro de Gestión de cada Ejercicio correspondiente a la Geren-cia de Bienestar Social y Desarrollo Humano y cuyos des-embolsos se realizarán durante los doce meses del año dela siguiente manera: 3.1 Casos sociales: Se asignará hasta el 2% del mon- to total destinado en forma mensual, el cual será solicitadopor la Subgerencia de Servicio Social y Comunitario a tra- vés de la Gerencia de Bienestar Social y Desarrollo Huma- no, debiendo ser sustentado con el informe social corres- pondiente dentro del plazo de Ley. 3.2 Obras sociales: La Gerencia de Bienestar Social y Desarrollo Humano será la encargada de solicitar el montonecesario para la realización de las obras sociales de acuer-do a la característica de cada actividad (obra social) y dis- ponibilidad presupuestal, realizando la rendición de cuen- tas dentro de los plazos de Ley. Artículo 4º.- El monto del presupuesto original podrá ser modificado en función a la disponibilidad de los recur-sos de la Municipalidad y a propuesta de la Alta Dirección de la Corporación. DISPOSICIONES FINALES Primera.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Pe- ruano. Segunda.- Encargar a la Comisión de Asuntos Socia- les y Participación Vecinal la elaboración del Proyecto deOrdenanza que Crea el Comité de Administración paraCasos y Obras Sociales y su Reglamento. Tercera.- Encargar a la Oficina de Planeamiento y Pre- supuesto, Gerencia de Administración y Gerencia de Bien- estar Social y Desarrollo Humano el cumplimiento de la pre-sente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 04686 /G43/G72/G65/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6D/G69/G74/GE9/G20/G64/G65/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/G61/G72/G61 /G63/G61/G73/G6F/G73/G20/G79/G20/G6F/G62/G72/G61/G73/G20/G73/G6F/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G2D/G64/G61/G64 ORDENANZA Nº 176-MSS Santiago de Surco, 16 de febrero de 2004 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO POR CUANTO:El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión Ordinaria de la fecha, en atención al Informe Nº 223-2003- DBSDH-MSS, Memorándum Nº 941-2003-OAJ-MSS, Me- morándum Nº 403-2003-OPP-MSS, Informe Nº 1824-2003-OAJ-MSS e Informe Nº 337-2003-DM-MSS, sobre la nece-sidad de la conformación de un Comité de Administraciónpara casos y obras sociales y la elaboración de su Regla-mento a cargo de la Comisión de Asuntos Sociales y Participación Vecinal; CONSIDERANDO:Que, de acuerdo a lo señalado por el artículo 84º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, numeral 2.2.4, las mu- nicipalidades distritales ejercen las funciones de organizar, ad- ministrar y ejecutar los programas locales de asistencia, pro-tección y apoyo a la población; niños, adolescentes, mujeres,adultos mayores, personas con discapacidad y otros grupos dela población en situación de riesgo; Que, asimismo el numeral 2.2.5 del referido marco norma- tivo, precisa que las municipalidades distritales, ejercen ade- más la función de contribuir al diseño de políticas de desarrollosocial, de protección y apoyo a la población en riesgo; Que, la presente Ordenanza contiene las disposiciones es- pecíficas relacionadas con el funcionamiento del Comité deAdministración para casos y obras sociales de la Municipalidad de Santiago de Surco, en concordancia con el artículo 200º numeral 4) de la Constitución Política del Perú, que estableceque las Ordenanzas Municipales tienen rango de Ley; Que, existe una demanda creciente de la comunidad surcana de atención de diversos casos sociales de extre-ma urgencia y/o necesidad; Que, de acuerdo a lo señalado en el Artículo 2º de la Ordenanza Nº 175-MSS que crea un Fondo para Casos yObras Sociales y según lo dispuesto en la Segunda Disposi-