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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G34/G30/G39/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 6 de marzo de 2004 CONSIDERANDO: Que, las municipalidades distritales son órganos de go- bierno local que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo competente para planificar el desarrollo urbano y rural desus circunscripciones, incluyendo la zonificación, urbanis-mo y el acondicionamiento territorial, conforme lo estable-cen los artículos 194º y 195º numeral 6) de la ConstituciónPolítica del Perú; Que, conforme al procedimiento para la aprobación del Plan Urbano de Santiago de Surco establecido me-diante Ordenanza Nº 148-MSS, por mandato del Acuer-do de Concejo Nº 101-2003-ACSS, se llevó a cabo laexhibición y consulta por 30 días de la Propuesta deActualización del Plan Urbano Distrital, la que fuera pro- rrogada, mediante Acuerdo de Concejo Nº 130-2003- ACSS, por 30 días adicionales, en mérito del interésvecinal por participar en ella. Concluida esta etapa seprocedió al análisis de los aportes, sugerencias y co-mentarios recibidos, la que concluyó con la incorpora-ción de algunas de las recomendaciones a la propues- ta; Que, la Tercera Disposición Transitoria del Reglamen- to de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano- Decreto Supremo Nº 027-2003-VIVIENDA, incorpora-da mediante Decreto Supremo Nº 032-2003-VIVIENDA,dispone que los Planes Urbanos que se encuentren en proceso de aprobación, a la entrada en vigencia del Decreto Supremo Nº 027-2003-VIVIENDA, podrán con-tinuar de manera excepcional hasta su aprobación, alamparo del procedimiento establecido en el DecretoSupremo Nº 007-85-VC; supuesto que es de aplicaciónen el presente caso; Estando a los Informes Nºs. 065-2004-GDU-GCDL-MSS y 047-2004-GM-MSS de la Gerencia de Desarrollo Urbanoy Oficina de Asesoría Jurídica respectivamente; contandocon opinión favorable según Dictamen Conjunto Nº 001-2004-CDL-CAJ/MSS de las Comisiones de Desarrollo Lo-cal y de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo establecido en los artículos 9º numeral 8), 39º, 40º y 79º numeral 3) de la Ley Orgánica deMunicipalidades Nº 27972, con dispensa del trámite de lec-tura y aprobación del Acta, por unanimidad aprobó la si-guiente Ordenanza: PLAN URBANO DISTRITAL DE SANTIAGO DE SURCO 2004-2010 Artículo 1º.- Aprobar el Plan Urbano Distrital de San- tiago de Surco 2004-2010, el mismo que constituye el prin-cipal instrumento técnico normativo urbanístico que rige y orienta el desarrollo urbano del distrito, en armonía con el Plan de Desarrollo Integral de Santiago de Surco “Surcan-do el Futuro” aprobado mediante Acuerdo de Concejo Nº73-2002-ACSS, de fecha 4OCT2002. El Plan Urbano que se aprueba prevalece respecto de otras normas urbanísticas en la jurisdicción distrital de San- tiago de Surco. Artículo 2º.- El Plan Urbano Distrital de Santiago de Surco 2004-2010, está constituido por los Reglamentos queconforman el Volumen C y 4 Planos, que forman parte de lapresente Ordenanza: a) Reglamentación del Sistema Vial Distrital b) Reglamentación de la Zonificación Urbana, confor- mada por las siguientes normas: - Normas Técnicas Urbanísticas de Usos del Suelo, con excepción del numeral 1.7.4, uso del techo, azotea y sus aires del Capítulo I. - Índice para la Ubicación de Actividades Urbanas para Santiago de Surco. - Reglamentación Especial para la Provisión de Esta- cionamientos en el distrito de Santiago de Surco. c) Reglamentación del Ordenamiento Ambiental y De- sarrollo Sostenible. d) Reglamentación Especial: - Reglamento Especial de las Laderas de los Cerros de Camacho y Club Golf Los Incas - Sector IV del distrito de Santiago de Surco. - Reglamento Especial de la Zona Monumental y del Área y Zonas de Tratamiento de Renovación Urbana deldistrito de Santiago de Surco.e) Plano de Áreas de Estructuración Urbana. f) Plano de Zonificación.g) Plano de Alturas.h) Plano del Sistema Vial. Artículo 3º.- El Plan Urbano Distrital de Santiago de Surco 2004-2010, aprobado por la presente Ordenanza esde cumplimiento obligatorio por las autoridades y funciona-rios municipales, los vecinos, los organismos y dependen-cias públicas, las instituciones y colegios profesionales y las personas naturales o jurídicas que desarrollen interven- ciones, proyectos y/o realicen actividades en la jurisdicciónde Santiago de Surco. Artículo 4º.- Remitir a la Municipalidad Metropolitana de Lima el presente Plan Urbano, para su Registro e inclu-sión dentro del Plan Urbano Provincial. Igualmente, remitir copia del mismo al Archivo Nacional de Planes Urbanos del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Establézcase un régimen especial para la re- gularización de las edificaciones, efectuadas hasta el 31ENE2004, que en aplicación de las disposiciones del pre-sente Plan Urbano, y a partir de su entrada en vigencia,devengan en reglamentarias conforme a los nuevos pará-metros urbanísticos y edificatorios que se fijan. Para aco-gerse a este régimen, los propietarios de predios ubicados en Santiago de Surco deberán iniciar el procedimiento de regularización conforme lo dispone el Capítulo IV del TítuloIII, Sección Segunda del Decreto Supremo Nº 008-2000-MTC, hasta el 31MAY2004 inclusive. Los que se acojan alpresente régimen gozarán de los siguientes beneficios: 1. No se aplicarán multas ni otras sanciones al proce- dimiento de regularización. 2. Se condonarán las sanciones aplicadas, relaciona- das a edificaciones que inicien el procedimiento de regula-rización, incluidas las costas y gastos en caso de haberseiniciado el proceso de ejecución coactiva. 3. La Comisión Técnica Calificadora de Proyectos apli- cará una tolerancia de hasta el 20% en los parámetros edi-ficatorios y urbanísticos y de 3 metros sobre las alturas,que se aprueban con la presente Ordenanza, para la califi-cación de los expedientes de regularización. Segunda.- Los Certificados de Parámetros Urbanísti- cos y Edificatorios emitidos con anterioridad a la vigenciadel presente Plan Urbano, deberán adecuarse a la norma-tividad que se aprueba con la presente Ordenanza. Los Certificados de Parámetros Edificatorios y Urbanís- ticos vigentes podrán ser actualizados gratuitamente. Tercera.- Los expedientes de solicitud de Licencia de Obra, en cualquiera de sus modalidades, y Declaratoria deFábrica presentados con anterioridad a la vigencia de lapresente ordenanza, se concluirán conforme a las normasbajo cuya vigencia se iniciaron. Los anteproyectos en con-sulta presentados o aprobados con anterioridad a la vigen- cia del éste Plan Urbano, a efecto de presentar el proyecto definitivo para la obtención de la Licencia de Obra, deberánconcordarse con la normatividad que se aprueba con lapresente Ordenanza. Cuarta.- Encárguese a la Gerencia de Desarrollo Urba- no la ampliación del estudio sobre uso del techo, azotea y sus aires, numeral 1.7.4 del Capítulo I de las Normas Téc- nicas urbanísticas de usos del suelo para el distrito de San-tiago de Surco, debiendo proponer la reglamentación perti-nente en el término de 15 días, contados a partir de la pu-blicación de la presente Ordenanza. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Deróguese y déjese sin efecto legal alguno toda norma que se oponga a la presente Ordenanza. Segunda.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla. CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 04743