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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G34/G32/G33/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 9 de marzo de 2004 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G52/G45/G47/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G45/G53 GOBIERNO REGIONAL DE MADRE DE DIOS /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G6F/G2D /G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G61/G20/G42/G72/G61/G73/G69/G6C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72/G76/G69/G73/G69/G74/G61/G20/G6F/G66/G69/G63/G69/G61/G6C/G20/G61/G6C/G20/G45/G73/G74/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G41/G63/G72/G65 ACUERDO DEL CONSEJO REGIONAL Nº 051-2004-CR/RMDD POR CUANTO: El Consejo Regional de Madre de Dios; en Sesión Extraordinaria del 4 de marzo del año dos mil cuatro, haaprobado el siguiente Acuerdo Regional: VISTO Y CONSIDERANDO: El Facsímile Nº 18 del Ministerio de Relaciones Exteriores del Embajador Jorge Castañeda Méndez, Di-rector General de Coordinación comunicando al señorPresidente Regional su viaje a Madre de Dios acompaña-do del Ministro Luis Hernández Ortiz para cumplir diver-sas actividades relacionadas al desarrollo de la Región; La invitación del Sr. Ministro de Relaciones Exteriores Embajador Manuel Rodríguez Cuadros, al señor PresidenteRegional Rafael Ríos López, para realizar una visita oficial alEstado de Acre los días 8 y 9 de marzo, la misma que reflejaráel alto nivel político de la relación entre los Presidentes de Perúy Brasil y el especial énfasis que se otorga a la vinculación,comercio, complementación económica y cooperación entrenuestras Regiones con los Estados de Brasil; El Facsímile de fecha 1-3-04 del señor Embajador José Luis Pérez Sánchez Cerro, Subsecretario para Asuntos deAmérica del Ministerio de Relaciones Exteriores dirigido alseñor Presidente Regional de Madre de Dios, el mismo queprecisa los objetivos de la visita al Estado de Acre, donde des-taca el fortalecimiento de las relaciones comerciales Perú-Bra-sil en la zona de frontera, el aprovechamiento de los ejes deintegración y puertos de salida hacia el Océano Pacífico asícomo el fortalecimiento de la economía y manejo forestal de laRegión entre otras actividades; La necesidad de continuar con el fortalecimiento de las Relaciones Bilaterales con los países vecinos de Bra-sil y Bolivia y la política de nuestra Región de fortalecerla integración y desarrollo interregional y fronterizo; Que, en uso de las atribuciones conferidas por el Ar- tículo 15º inciso "a" que señala que son atribuciones delConsejo Regional, aprobar, modificar o derogar las Nor-mas que regulen o reglamenten los asuntos y materiasde su competencia; ACUERDA Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor Rafael Edwi Ríos López, Presidente del Gobierno Regional deMadre de Dios, al vecino país de Brasil, durante los días 6 al11 de marzo del 2004, a fin de cumplir actividades señala-das en los considerandos del presente Acuerdo Regional. Artículo Segundo.- Encargar la Presidencia Regio- nal al Vicepresidente Profesor José de la Rosa del Maes-tro Ríos, durante los días del 6 al 11 de marzo de 2004. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la sede Central del Gobierno Regional de Madre de Dios, a los cuatro días del mes de marzo delaño dos mil cuatro. RAFAEL EDWI RÍOS LÓPEZ Presidente del Gobierno Regionalde Madre de Dios 04793/G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO /G50/G72/G6F/G72/G72/G6F/G67/G61/G6E/G20/G70/G6C/G61/G7A/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G67/G6F/G20/G61/G6C/G20/G63/G6F/G6E/G74/G61/G64/G6F/G20/G6F /G70/G72/G69/G6D/G65/G72/G61/G20/G63/G75/G6F/G74/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G6D/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G50/G72/G65/G64/G69/G61/G6C/G2C/G41/G72/G62/G69/G74/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G70/G69/G65/G7A/G61/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G2C/G20/G50/G61/G72/G71/G75/G65/G73/G79/G20/G4A/G61/G72/G64/G69/G6E/G65/G73/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G73/G20/G63/G6F/G72/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G20/G61/G6C/G65/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G20/G66/G69/G73/G63/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G34 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 005 San Juan de Lurigancho, 24 de febrero de 2004 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado modificada por la Ley de Reforma Constitucional - Ley Nº 27680, preceptúa que las Municipalidades Pro- vinciales y Distritales son los órganos de gobierno localy tienen autonomía política, económica y administrativaen los asuntos de su competencia, siendo la Alcaldía elórgano ejecutivo de la Municipalidad; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15º del Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributación Municipal, el Impuesto Predial podrá cancelarse al con-tado hasta el último día hábil del mes de febrero de cadaaño, o en forma fraccionada hasta en cuatro cuotas tri-mestrales, siendo la primera cuota equivalente a un cuar-to del impuesto total resultante y deberá pagarse hasta el último día hábil del mes de febrero, pagándose las cuotas restantes hasta el último día hábil de los mesesde mayo, agosto y noviembre; Que, en cuanto a la cancelación de los arbitrios muni- cipales creados por la Corporación, la Ordenanza Nº 003del 31 de enero de 2001 modificada por la Ordenanza Nº 001 del 29 de enero de 2003, así como la Ordenanza Nº 023 publicada el 11 de enero del 2004 establecen en susartículos 8º y 7º respectivamente que la obligación de pagode las cuotas bimestrales de los arbitrios de Limpieza Pú-blica, Parques y Jardines Públicos vence el último día hábilde los meses de febrero, abril, junio, agosto, octubre y di- ciembre, pudiendo ser prorrogado por la Administración mediante Decreto de Alcaldía; Que, el último párrafo del artículo 29º del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por DecretoSupremo Nº 135-99-EF establece que el plazo para elpago de la deuda tributaria podrá ser prorrogado con carácter general por la Administración Tributaria; Por lo expuesto, en uso de las atribuciones conferi- das por el artículo 20º numeral 6) y el artículo 42° de laLey Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo 1º.- PRORRÓGUESE hasta el 2 de abril del 2004 el plazo para el pago al contado o la primera cuotadel Impuesto Predial, así como el pago de la primera cuotabimestral de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques yJardines Públicos correspondientes al Ejercicio Fiscal 2004. Artículo 2º.- CORRESPONDE a la Gerencia de Ren- tas adoptar las acciones administrativas correspondientes para el cumplimiento y difusión del presente Decreto. POR TANTO:Mando se publique y cumpla. MAURICIO RABANAL TORRES Alcalde 04801