Norma Legal Oficial del día 09 de marzo del año 2004 (09/03/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 9 de marzo de 2004

de Comision para la Promocion del Peru - Promperu. Articulo Segundo.- Los gastos que ocasione la participacion de los miembros de la presente delegacion seran cubiertos por sus respectivos pliegos presupuestales. Articulo Tercero.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 04846

ORGANISMOS AUTONOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA
Autorizan contratar servicio de mantenimiento de ascensores mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION DE GERENCIA GENERAL Nº GG-013-2004

MORDAZA, 1 de marzo de 2004 VISTOS: El Informe Tecnico del 23 de enero de 2004, emitido por el Departamento de Infraestructura, Maquinaria y Equipos, en el que se concluye que la empresa Ascensores S.A. es la unica en nuestro MORDAZA que actualmente esta en condiciones de brindar el servicio de mantenimiento de nuestros 11 ascensores MORDAZA Otis; El Memorando Nº K000-MA-2004-175, emitido por la Oficina Legal el 13 de febrero de 2004, en el que se opina que la contratacion del servicio de mantenimiento de los ascensores MORDAZA MORDAZA, debe efectuarse mediante un MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia, ya que se trata de un servicio que no admite sustituto; y, CONSIDERANDO QUE: El Banco requiere contratar, por un ano, el servicio de mantenimiento de 11 ascensores MORDAZA MORDAZA, instalados en el local principal y en el Museo del Banco; Segun el informe tecnico referido en el exordio de esta resolucion, Ascensores S.A. es el representante exclusivo en el MORDAZA de la empresa extranjera MORDAZA Elevator Company, fabricante de los ascensores MORDAZA MORDAZA, conforme consta en el certificado emitido por el Secretario Adjunto de la mencionada compania de fecha 9 de enero de 2004; En el certificado emitido por MORDAZA Elevator Company se deja MORDAZA que esta ha vendido todos los activos utilizados en la venta, instalacion, servicio y mantenimiento de los elevadores en el Peru a la empresa Ascensores S.A. ademas ha convenido en proporcionarle asistencia tecnica; En el mismo informe tecnico se senala que la empresa Ascensores S.A. ha venido brindando el servicio de mantenimiento de los ascensores del Banco en forma satisfactoria, atendiendo en forma rapida y oportuna las averias que se han presentado ocasionalmente, debido a que disponen de repuestos genuinos y cuentan con el personal idoneo; Actualmente, Ascensores S.A. es la unica empresa en nuestro MORDAZA que esta en condiciones de brindar el servicio de mantenimiento que se requiere, asi como de suministrar los repuestos originales de fabrica necesarios para el funcionamiento satisfactorio de los ascensores; El MORDAZA juridico en el que se realizan las contrataciones del Banco Central para la adquisicion de bienes o para la contratacion de servicios, esta determinado por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones

del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0122001-PCM, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y normas modificatorias; De acuerdo con el inciso f) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, estan exoneradas del MORDAZA de adjudicacion directa la contratacion de servicios que no admiten sustitutos; Conforme al articulo 20º de la misma Ley, cuando por las causas que se mencionan en el articulo 19º, se exonere la contratacion de servicios del requisito del MORDAZA de adjudicacion directa, debe recurrirse al MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia, debiendo tal exoneracion aprobarse mediante resolucion del Titular del Pliego de la Entidad; A tenor del articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el articulo 115º de su Reglamento, MORDAZA de la resolucion que aprueba la exoneracion y los informes que la sustentan deben ser remitidos, dentro de los diez dias calendario, a la Contraloria General de la Republica y publicada en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion y emision, respectivamente; Los motivos expuestos precedentemente permiten concluir que el servicio que se requiere contratar al ser prestado unicamente por la empresa Ascensores S.A., se presenta como un servicio que no admite sustituto, por lo que se enmarca dentro de lo dispuesto en el inciso f) del articulo 19º de la citada Ley; El monto anual de la contratacion determina la exoneracion de un MORDAZA de adjudicacion directa; Se ha cumplido con las exigencias contenidas en el articulo 113º del Reglamento MORDAZA citado, por lo que corresponde a esta Gerencia General aprobar la presente exoneracion; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerar del MORDAZA de adjudicacion directa la contratacion, por un ano, del servicio de mantenimiento de 11 ascensores MORDAZA MORDAZA, por cuanto este no admite sustituto. Articulo 2º.- Autorizar a la Gerencia de Administracion para que contrate el servicio en mencion con la empresa Ascensores S.A., por un valor referencial anual de S/. 117 360,00, incluido impuestos, mediante un MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia y con cargo a los recursos de esta Institucion. Articulo 3º.- Publicar el presente acuerdo en el Diario Oficial El Peruano y comunicarlo oportunamente a la Contraloria General de la Republica conjuntamente con los informes que la sustentan. MORDAZA ROSSINI MINAN Gerente General (e) 04799

CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA
Declaran improcedente recurso de reconsideracion contra Acuerdo Nº 17932003, que declaro suspender acto de proclamacion, entrega de titulo y juramento de Juez Especializado en lo Civil de MORDAZA
RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 010-2004-PCNM

MORDAZA, 27 de febrero de 2004 VISTOS: El recurso de reconsideracion interpuesto por la doctora MORDAZA del MORDAZA MORDAZA Zumaeta, contra el acuerdo

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