TEXTO PAGINA: 84
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G34/G34/G38/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 12 de marzo de 2004 cial; D) Ha ordenado una medida cautelar disponiendo la devolución de la administración de Canal Cinco a sus an-teriores administradores, dejando sin efecto la anterior medida dictada por un Juez de la Corte Superior de Justi- cia del Cono Norte de Lima; E) Ha actuado legalmente im-pedido y ha interferido en otro proceso judicial, seguido por don Genaro Delgado Parker, contra la Empresa Desarrollo Siglo XXI S.A. y otros, sobre nulidad de actos jurídicos yotros, tramitado ante el Segundo Juzgado Especializado en lo Civil del Cono Norte de Lima, al dictar una resolución de desafectación; F) Ha demostrado Ignorancia inexcusa-ble al sostener que las medidas cautelares se tramitan en el principal o en el cuaderno aparte a criterio del Juzgador desconociendo la autonomía del cuaderno cautelar a quese contrae el artículo 635º del Código Procesal Civil; G) Ha concedido dicha desafectación a un tercero, Telespec- tra S.A.C., pese a no tener afectación de medida cautelaralguna en el proceso de inhibitoria, y sin haberlo incor- porado previamente al proceso; H) Ha llevado personal- mente los oficios a la Séptima Región de la Policía Nacio-nal del Perú, así como ha estado presente en la diligencia, pese a no intervenir en ella, afectando gravemente la ima- gen de imparcialidad y respetabilidad del Poder Judicial; y,I) Ha tramitado el proceso de inhibitoria sin participación del Especialista Legal, hechos que atentan gravemente contra la respetabilidad del Poder Judicial, comprometien-do la dignidad del cargo y lo desmerece en el concepto público, lo que lo hace pasible de la sanción de destitución, de conformidad con lo previsto en el artículo 31º numeral 2de la Ley Nº 26397, Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura; Que, por otro lado, tales hechos dieron lugar a que el 11 de julio del 2003, en la sede principal de Panamericana Televisión S.A, sito en la cuadra 11 de la Avda. Arequipa se produjera un enfrentamiento, el cual fue publicitado porlos diferentes medios de comunicación social, atentando públicamente contra la respetabilidad del Poder Judicial, prevista en el artículo 201º inciso 2) de la Ley Orgánica delPoder Judicial; Que, se imputa a la doctora Adriana Betsabé Villanueva Peirano, haber emitido de oficio, sin tener competencia paraello, una resolución que declara nula la expedida por el Vi- gésimo Tercer Juzgado Civil de la Corte Superior de Justi- cia de Lima, que a su vez disponía dejar sin efecto unamedida cautelar de administración judicial, otorgada a don Genaro Delgado Parker, en el proceso que sigue contra Desarrollo Siglo XXI S.A. y otros, sobre nulidad de actojurídico y otros, ordenando asimismo que la Policía Nacio- nal del Perú, Comisaría de Petit Thouars, se abstenga de ejecutar o seguir ejecutando el mandato dictado por el Juz-gado Civil de Lima, notificando dicha resolución vía fax; Que, por escrito del 18 de septiembre del 2003, la doc- tora Adriana Betsabé Villanueva Peirano presento su des- cargo, alegando que el artículo 1º del Título Preliminar del Código Procesal Civil, dispone que toda persona tiene de- recho a la tutela jurisdiccional efectiva para el ejercicio odefensa de sus derechos o intereses, con sujeción a un debido proceso; precisa que nuestro ordenamiento proce- sal, ha optado por conceder al Juez la posibilidad de cubrirlos vacíos o defectos de la norma procesal, es decir, las lagunas, en base a ciertos recursos metodológicos y a un orden establecido de éstos, consistentes en recurrir inicial-mente a los principios generales del derecho procesal y luego a la doctrina y a la jurisprudencia, respectivamente; Que, agrega que, los trabajadores de Panamericana Televisión S.A., que se encontraban secuestrados y pe- dían auxilio por las ventanas, frente a la desmedida y des- proporcionada violencia, no podían cumplir con el forma-lismo procesal de acudir a un ente jurisdiccional para pedir protección y defensa de sus derechos que en esos mo- mentos eran conculcados, por ello, ejerciendo la funcióntuitiva que le ha impuesto el Estado para ejercer el cargo de Juez, y ante la impotencia de las personas que sufrían el agravio, optó por dictar de inmediato de oficio la Resolu-ción Nº 1 del 11 de julio del 2003; Que, de las pruebas que obran en el expediente se apre- cia que la doctora Adriana Betsabé Villanueva Peirano, amérito de las noticias emitidas por los medios de comuni- cación radial y televisiva, respecto a que se pretendía de- jar sin efecto la medida cautelar dictada por el JuzgadoMixto de Carabayllo, dicta la Resolución Nº 1 del 11 de julio del 2003, por medio de la cual declara la nulidad de oficio de la resolución dictada por el Juez del Vigésimo Ter-cer Juzgado Civil de Lima, doctor Jorge Ramírez Velasco y, en tal sentido, insubsistente cualquier disposición quepersiga despojar a Genaro Delgado Parker en el cargo de administrador judicial de las empresas Panamericana Te- levisión S.A. y Grupo Pantel S.A.; Que, a fojas 794 a 795, obra la declaración prestada por la Especialista Legal, doña Gloria Teresa Vivanco Hua- mán, ante la Oficina Distrital de Control de la Magistraturadel Cono Norte de Lima, quien manifiesta que no ha recibi- do solicitud, medida cautelar, demanda ni ningún otro do- cumento del caso de Panamericana Televisión S.A.; asi-mismo, a fojas 820, obra la declaración de la doctora Adriana Betsabé Villanueva Peirano, ante la citada Oficina, quien ante la pregunta si había recibido algún pedido escrito overbal que motive la resolución del 11 de julio del 2003, manifestó que no; Que, por otro lado a fojas 799, obra la declaración de la Secretaría de la Presidencia, doña Ivonne Blanca Espe- ranza, ante la Oficina Distrital de Control de la Magistratu- ra del Cono Norte de Lima, quien ante la pregunta si el día11 de julio del 2003, fue requerida por la doctora Villanueva Peirano para la remisión de unos documentos vía fax ex- presó que se encontraba organizando un evento en el au-ditorio de la Corte Superior de Justicia del Cono Norte y aproximadamente a las 5.00 p.m., se dirigió a su oficina, ubicada en la Presidencia de la Corte y luego de abrir laoficina, la doctora Villanueva Peirano, le pidió la ayudara a enviar un fax por la oficina de Presidencia, el cual demoró mucho su transmisión, trasmitiéndose sólo la primera hoja,y al no surtir efecto la Jueza desistió de insistir, debido a que llegó el señor José Luis Alvarez Rocillo, encargado de mesa de partes de la Presidencia y a quien la citada juezale pidió ayuda, y ambos fueron al fax de la Presidencia, ubicado en el ambiente de la biblioteca; Que, por otro lado, ante la pregunta si es usual que los Magistrados utilicen el fax de Presidencia, manifestó que es muy raro, habiéndose hecho alguna vez con la finalidad de contestar algún curso académico para su inscripción; Que, a fojas 801, obra la declaración de la Jefe de Ima- gen Institucional de la Corte Superior del Cono Norte, doña Julia Patricia Milagritos Miano Escobar, quien manifestó queestuvo presente en el evento de presentación del boletín de la Corte y al dirigirse a la Presidencia, la Juez Villanue- va Peirano se encontraba intentando pasar un fax; Que, a fojas 803, obra la declaración de don José Luis Alvarez Rosillo, encargado de mesa de partes de la Presi- dencia de la Corte Superior del Cono Norte, ante la Oficinade Control de la Magistratura, quien manifestó que la doc- tora Adriana Betsabé Villanueva Peirano, le ordenó enviar una resolución de dos hojas, firmada por ella misma víafax, en la cual le pidió que anotara en la parte superior con atención al señor Delgado Parker, enviando el fax a aproxi- madamente 15 números; Que, del acta de constatación obrante a fojas 674, se aprecia que fuera del horario judicial, 7.05 de la noche, fue encontrado dentro del despacho de la doctora VillanuevaPeirano, el doctor Fernando Rodríguez Cánepa, quien de acuerdo al escrito obrante a fojas 818, es abogado defen- sor de don Genaro Delgado Parker en el proceso que si-gue con Panamericana Televisión S.A. y otros, sobre de- claración judicial y otros, ante el Juzgado Mixto de Caraba- yllo; Que, a fojas 801, obra la declaración de la Jefa de Ima- gen Institucional de la Corte Superior del Cono Norte, doña Julia Miano Escobar, ante la Oficina Distrital de Control de laMagistratura, quien manifestó que al señor Fernando Rodrí- guez Cánepa, lo ha visto en la Corte Superior de Justicia del Cono Norte, desde la 1.00 p.m aproximadamente, en el pa-saje del primer piso, entre los edificios, luego, en la escalera que va al segundo piso donde se ubican las Salas y luego, como a las 5.00 p.m, cerca de la ventanilla del centro dedistribución general del Módulo Corporativo Civil; Que, a fojas 821, obra la declaración de la procesada ante la Oficina Distrital de Control de la Magistratura delPoder Judicial, la que manifestó que ha llamado al Ministro del Interior, con quien no pudo contactarse; habló con el teniente Pereira de la delegación de Petit Thouars, a quiendespués de presentarse le dijo que le comunique a su su- perior que se suspendan los actos que se realizaban con relación al caso Panamericana Televisión S.A.; Que, el artículo 146º de la Constitución Política del Perú dispone entre otras cosas, que los Magistrados sólo están sometidos a la Constitución y a las Leyes;