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/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G35/G32/G35/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 24 de marzo de 2004 FORMATO 0035 ANEXO 04 CABECERA Y NOMBRE DE FILE Longitud Posición Observaciones 4 1 4 Código de formato (0035) 2 5 6 Código de anexo (04) 5 7 11 Código de institución que reporta (Código BCR) 6 12 17 Período de encaje (AAAAMM) 2 18 19 Moneda Nacional = 00 DATA Longitud Posición Observaciones 6 1 6 Código de operación - Según tabla de operaciones 8 7 14 Fecha (AAAAMMDD) 3 15 17 Código del Programa de Crédito (según tabla) 2 18 19 Moneda Nacional = 00 14 20 33 Monto de operación (12 enteros 2 decimales) ANEXO 04 OBLIGACIONES EXONERADAS DE GUARDAR ENCAJE Código de Operación Descripción 010000 Bonos de Arrendamiento Financiero 020000 Letras Hipotecarias21 030000 Deuda Subordinada – Bonos20 040000 Deuda Subordinada - Otros20 050000 Otros Bonos20 060000 Cheques de Gerencia a Favor de Entidades22 070000 F ondo MIVIVIENDA23 071000 F ondo MIVIVIENDA – Exonerado 072000 F ondo MIVIVIENDA – No Exonerado 080000 Banco Agropecuario24 090000 Fideicomisos 100000 Progr amas de Crédito25 200000 FOCMAC26 300000 Cheques de Gerencia27 400000 Giros y Transferencias por Pagar 500000 Tributos por P agar28 600000 Operaciones en Trámite29 700000 Cuentas por Pagar Diversas30 800000 Capital y Reservas del mes precedente31 TABLA DE PR OGRAMAS DE CRÉDIT O (ANEXO 04) Código Programa 001 FONCODES 002 VECEP 003 FONDEAGRO 004 MAQUINARIA AGRÍCOLA 005 FONDEMI 006 CREDITRUCHA 007 PRODELICA 008 OTROS/G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G64/G69/G73/G70/G6F/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G65/G6E/G63/G61/G6A/G65/G20/G65/G6E /G6D/G6F/G6E/G65/G64/G61/G20/G65/G78/G74/G72/G61/G6E/G6A/G65/G72/G61 CIRCULAR Nº 005-2004-EF/90 Lima, 22 de marzo de 2004 Ref.:Disposiciones de encaje en moneda extranje- ra El Directorio de este Banco Central ha resuelto de- jar sin efecto la Circular Nº 030-2002-EF/90, sustitu- yéndola por la presente, que rige a partir del período de encaje que se inicia el 1 de abril de 2004. En estaoportunidad se establece como nuevo período base el correspondiente al mes de febrero de 2004. Asimismo, se incluye entre las obligaciones sujetas a encaje a loscréditos que las Entidades Sujetas a Encaje reciban de entidades financieras del exterior distintas a bancos centrales, gobiernos, organismos gubernamentales yorganismos financieros internacionales, por el monto que supere el nivel promedio alcanzado por estos cré- ditos en febrero de 2004. Adicionalmente, se modificael tratamiento para la determinación del encaje exigible en los casos de fusión de Entidades Sujetas a Encaje. I. NORMAS GENERALES 1. Ámbito de aplicación La presente Circular rige para las empresas de opera- ciones múltiples del sistema financiero a que se refiere elliteral A del artículo 16 de la Ley Nº 26702 (Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, modificada porlas Leyes Nºs. 27008, 27102, 27299 y 27331 y en adelante Ley General), así como para el Banco de la Nación y la Cor- poración Financiera de Desarrollo (COFIDE), a todas lascuales se denominará Entidad(es) Sujeta(s) a Encaje. El término Entidad(es) Sujeta(s) a Encaje no compren- de al Banco Agropecuario ni a las entidades de desarrollo de la pequeña y microempresa (EDPYMEs) no autoriza- das a captar recursos del público mediante depósitos u otra modalidad contractual. 2. Composición de los fondos de encaje Los fondos de encaje se componen únicamente de: a. Dinero en efectivo en moneda extranjera, en caja de la Entidad Sujeta a Encaje. b. Depósitos en cuenta corriente en dólares de los Es- tados Unidos de América, efectuados en el Banco Centralpor la Entidad Sujeta a Encaje. Tratándose de las empresas de operaciones múltiples referidas en el punto 1, los depósitos indicados en el literal b. precedente serán equivalentes como mínimo a 1 por cien- to del total de obligaciones sujetas a encaje. La moneda nacional no puede constituir encaje de las obligaciones en moneda extranjera. Para el cálculo de los fondos de encaje no debe consi- derarse las operaciones interbancarias que supongan re- cepción de fondos con fecha de validez atrasada. 3. Período de Encaje El período de encaje es mensual.4. Encaje Mínimo Legal y Encaje Adicional Las Entidades Sujetas a Encaje tienen un encaje míni- mo legal de 6 por ciento por el conjunto de sus obligacio- nes afectas a encaje. El encaje exigible que excede al mínimo legal se deno- mina encaje adicional. II. OBLIGACIONES SUJETAS A ENCAJE 1. Régimen General Las siguientes obligaciones en moneda extranjera es- tán sujetas al régimen general de encaje:21Exonerados de encaje de acuerdo al apartado II 2 b de la circular. 22Cheques no negociables girados a la orden de otras entidades sujetas a enca- je. 23Por el saldo de las obligaciones con el Fondo MIVIVIENDA derivado de los préstamos recibidos de dicha entidad, por el equivalente de los montos efecti- vamente desembolsados a los usuarios finales de los créditos para vivienda, neto de amortizaciones. 24Por el saldo de las obligaciones con el Banco Agropecuario derivado de los préstamos recibidos de tal entidad, por el equivalente de los montos efectiva- mente desembolsados a los beneficiarios de los programas de crédito relacio-nados con la finalidad de dicha entidad, neto de amortizaciones. 25Obligaciones con entidades del sector público por recursos asignados a la cons-titución de fondos para la ejecución de programas de crédito a que hace refe-rencia el apartado III e de la circular. 26Exonerados de encaje de acuerdo al apartado III g de la circular. 27Cheques de gerencia y órdenes de pago emitidos para cancelar obligacionesgeneradas por la adquisición y/o contratación de bienes o servicios de la enti- dad. 28Tributos por pagar por cuenta propia (Cuenta 211401). 29Sólo aquellas partidas de exclusivo uso interno de la institución, siempre quesu naturaleza no provenga de obligaciones con el público. 30Sólo se considera las obligaciones originadas por la adquisición y contratación de bienes y servicios para uso de la propia entidad. 31Suma de los saldos de las cuentas 3101 y 33. 05841