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Artículo 3º.- Mantenimiento de actividades de inte- ligencia Las funciones inherentes a la recopilación, recolección y procesamiento de datos propios de inteligencia estarán acargo de las Unidades de Inteligencia del Sector Defensay del Sector Interior, bajo la dirección del Comando Con- junto de las Fuerzas Armadas. Artículo 4º.- Establecimiento de administración tem- poral Establézcase un régimen temporal de administración para que asuma las funciones asignadas al Consejo Na-cional de Inteligencia hasta que concluya el proceso de reorganización. Artículo 5º.- Nombramiento de Administrador Tem- poral El régimen que se refiere el artículo anterior estará a cargo de un Administrador Temporal nombrado medianteResolución Suprema. El Administrador Temporal coordinará con el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas en lo que sea requerido,de conformidad con el artículo tercero. Artículo 6º.- Del refrendoEl presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defen- sa y el Ministro del Interior. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticua- tro días del mes de marzo del año dos mil cuatro. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN Ministro de Defensa FERNANDO ROSPIGLIOSI C. Ministro del Interior 06036/G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G54/G72/G61/G6E/G73/G2D /G70/G6F/G72/G74/G65/G73/G20/G79/G20/G43/G6F/G6D/G75/G6E/G69/G63/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G61/G20/G45/G63/G75/G61/G64/G6F/G72/G20/G79/G65/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G6E/G20/G73/G75/G20/G44/G65/G73/G70/G61/G63/G68/G6F/G20/G61/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G56/G69/G2D/G76/G69/G65/G6E/G64/G61/G2C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G74/G72/G75/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G53/G61/G6E/G65/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 101-2004-PCM Lima, 24 de marzo de 2004 CONSIDERANDO: Que, la Secretaría General de la Comunidad Andina ha convocado a la XII Reunión del Consejo de Ministros de Transportes y Obras Públicas de la Comunidad Andina, que se llevará a cabo el día 26 de marzo del 2004, en la ciudadde Manta, República de Ecuador; Que, dicho evento tendrá como finalidad analizar el desarrollo de las distintas áreas del Sector Transportes en los países Miem-bros de la Comunidad Andina; conocer los avances en la aplica- ción de los Instrumentos Internacionales referidos al Sector apro- bados en el seno del referido organismo; continuar la evaluaciónacerca del establecimiento de una política común referida al Sec- tor Transportes a nivel regional e informar acerca de la implemen- tación de los Ejes de Integración Física en el marco de la Iniciati-va para la Integración de Infraestructura Regional Sudamericana (IIRSA), entre otros objetivos de suma importancia para los pro- cesos de integración regional; Que, siendo una de las metas del Estado Peruano, a través del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, in-tegrar interna y externamente al país y fortalecer las rela-ciones del Perú con los demás países de la región, resulta sumamente importante para los intereses de nuestro país participar en el referido evento, para cuyo fin se ha consi-derado necesario autorizar el viaje del señor Ministro de Transportes y Comunicaciones, así como encargar la Car- tera correspondiente en tanto dure la ausencia del Titular; De conformidad con lo dispuesto por las Leyes Nº 27619, Nº 27791 y Nº 28128 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del Ing. José Javier Or- tiz Rivera, Ministro de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Manta, República de Ecuador, del 25 al 26 demarzo del 2004, para los fines a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Plie-go Presupuestal del Ministerio de Transportes y Comuni- caciones, de acuerdo al siguiente detalle: - Pasaje aéreo US$ 546,03 - Viáticos US$ 400,00- Tarifa Unificada de Uso de Aeropuer to US$ 28,24 Artículo 3º.- Encargar el Despacho del Ministro de Transportes y Comunicaciones al Ministro de Vivienda,Construcción y Saneamiento, señor Carlos Bruce Montes de Oca, a partir del 25 de marzo del 2004 y en tanto dure la ausencia del Titular. AVISO INDECI