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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G35/G36/G30/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 28 de marzo de 2004 cha 13 de marzo de 1997, documento supuestamente cer- tificado ante el Ex Notario Público de Jauja, doctor Oscar Socualaya Camayo; informándose que tanto el documento de identidad del vendedor como las firmas y sellos delNotario son falsos; Que, en ese sentido, y en estricta atención a lo solicita- do por la Procuraduría Pública del Ministerio de Justicia,en su Oficio Nº 2126-2003-JUS-PPMJ, de fecha 20 de no- viembre del 2003, y en virtud a los hechos que se despren- den del Informe Nº 077-2003-Z.R.VIII-SHYO-JAL, de fecha6 de noviembre del 2003, y con el objeto de reunir las prue- bas de la presunta comisión del delito contra la Fe Pública y las circunstancias en que se habría realizado, corres-ponde recurrir a la vía judicial para establecer la distinta participación que haya tenido el autor y otros en la ejecu- ción del mismo; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, artículos 2º y 8º del De- creto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia y elartículo 12º del Decreto Ley Nº 17537 de Representación y Defensa del Estado en Juicio, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para que en representación y defensa de los intereses del Esta-do, interponga las acciones judiciales correspondientes contra RAÚL AQUINO SALAZAR GUERRA y contra los que resulten responsables conforme a los fundamentosexpuestos en la parte considerativa de la presente Resolu- ción. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución y antecedentes del caso al Procurador Público mencionado, para su conocimiento y fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. BALDO KRESALJA R. Ministro de Justicia 06052 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 139-2004-JUS Lima, 19 de marzo de 2004Visto el Oficio Nº 2059-2003-JUS/PPMJ, de fecha 10 de noviembre del 2003, de la Procuraduría Pública a cargode los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, Regis- tro Nº 1527 y demás actuados; CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 146-2003-SUNARP- Z.R.Nº IX/OL, de fecha 10 de marzo del 2003, la Jefatura de la Oficina Legal de la Zona Registral Nº IX- Sede Lima remite a la Procuraduría Pública encargada de los Asuntos Judi-ciales del Ministerio de Justicia, la documentación sobre indicios de comisión de delito, a efectos de que se expida la Resolución Ministerial que autorice iniciar las accionespenales contra José Ángel Caycho Chumpitazi, Gilmer Castro Escobedo y José Bello Zavala, y contra las perso- nas que resulten responsables por la presunta comisióndel delito contra la Fe Pública en la modalidad de falsifica- ción de documentos, previsto y penado en el artículo 427º de nuestro ordenamiento penal sustantivo; Que, mediante memorándum Nº 00008-2003-SU- NARP-Z.R.Nº IX/CAÑ, de fecha 14 de enero del 2003, se informa a la Oficina Legal de la Zona Registral IX-Sede Lima sobre la solicitud de inscripción del Título Nº 3219, de fecha 13 de noviembre del 2002, presenta- do por don José Ángel Caycho Chumpitazi ante el Re-gistro de Personas Jurídicas de Cañete, la cual está referida a una constitución de sociedad, en la que se adjunta un acta de asamblea de la Asociación de Agri-cultores Asociados de Chilca- Cañete, de fecha 15 de setiembre del 2002, documento supuestamente certifi- cado por el Notario Público de Lima, doctor Aníbal Cor-vetto Romero, quien mediante carta de fecha 29 de ene- ro del 2003, manifiesta que las certificaciones que apa- recen en el referido documento son falsificadas;Que, mediante memorándum Nº 018-2003-SUNARP- Z.R.Nº IX/GPJN, de fecha 15 de enero del 2003, se infor- ma a la Oficina Legal de la Zona Registral IX- Sede Lima sobre la solicitud de inscripción del Título Nº 231682, defecha 10 de diciembre del 2002, presentado por don Gil- mer Castro Escobedo ante el Registro de Personas Jurídi- cas, la cual está referida a la renovación de junta directiva,directorio y gerente de la empresa PVP Comunicaciones y Servicios S.A., en la que se adjunta un acta de junta gene- ral extraordinaria de accionistas, de fecha 14 de octubredel 2002, documento supuestamente certificado por el Notario Público de Lima, doctor Aurelio Alfonso Díaz Ro- dríguez, quien mediante carta de fecha 28 de enero del2003, manifiesta que la firma y sellos que aparecen en di- cho documento son falsificados; Que, mediante memorándum Nº 032-2003-SUNARP- Z.R.Nº IX/GPJN, de fecha 28 de enero del 2003, se infor- ma a la Oficina Legal de la Zona Registral IX- Sede Lima sobre la solicitud de inscripción del Título Nº 227215, defecha 3 de diciembre del 2002, presentado por don José Bello Zavala ante el Registro de Personas Naturales, la cual está referida a un otorgamiento de poder, ante el NotarioPúblico de Lima, doctor Manuel Reátegui Molinares, otor- gado por doña Edith Paula García Urbina a favor de don Segundo Alejandro García Rojas de fecha 13 de mayo del2003, documento supuestamente expedido por la Direc- ción Nacional de Desarrollo Archivístico y Archivo Interme- dio del Archivo General de la Nación con fecha 25 de no-viembre del 2002; mediante Oficio Nº 1264-2002-AGN/J de fecha 16 de diciembre del 2002, la Jefa del Archivo Ge- neral de la Nación manifiesta que dicho documento no existedentro de dicha Dirección Nacional; Que, en ese sentido, y en estricta atención a lo solicitado por la Procuraduría Pública del Ministerio de Justicia, en suOficio Nº 2059-2003-JUS/PPMJ, de fecha 10 de noviembre del 2003, y en virtud de los antecedentes que se despren- den del Oficio Nº 146-2003-SUNARP- Z.R.Nº IX/OL, de fe-cha 10 de marzo del 2003, y con el objeto de reunir las prue- bas de la presunta comisión del delito y las circunstancias en que se habría realizado, corresponde recurrir a la víajudicial para establecer la distinta participación que hayan tenido los autores y otros en la ejecución del mismo; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, artículos 2º y 8º del De- creto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia y el artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537 de Representacióny Defensa del Estado en Juicio, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para que en representación y defensa de los intereses del Esta- do, interponga las acciones judiciales correspondientes enforma individual contra las siguientes personas: 1. José Ángel, CAYCHO CHUMPITAZI 2. Gilmer, CASTRO ESCOBEDO 3. José, BELLO ZAVALA y, contra los que resulten responsables conforme a los fun-damentos expuestos en la parte considerativa de la pre- sente Resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución y antecedentes del caso al Procurador Público mencionado, para su conocimiento y fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. BALDO KRESALJA R. Ministro de Justicia 06053 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 141-2004-JUS Lima, 19 de marzo de 2004 Visto el Oficio Nº 2264-2003-JUS/PPMJ, de fecha 10 de diciembre del 2003, de la Procuraduría Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, Regis- tro Nº 1656 y demás actuados;