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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE MARZO DEL AÑO 2004 (28/03/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 15

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G35/G36/G30/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 28 de marzo de 2004 tos expuestos en la parte considerativa de la presente Re- solución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución y antecedentes del caso al Procurador Público mencionado,para su conocimiento y fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.BALDO KRESALJA R. Ministro de Justicia 06058 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 146-2004-JUS Lima, 19 de marzo de 2004 Visto el Oficio Nº 2156-2003-JUS/PPMJ, de fecha 24 de noviembre del 2003, de la Procuraduría Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, Regis-tro Nº 1580 y demás actuados; CONSIDERANDO:Que, mediante Informes Nºs. 080, 081, 082, 083 y 084- 2003-Z.R.Nº VIII-SHYO-JAL de fechas 14, 17 y 18 de no-viembre del 2003, respectivamente, el Jefe del Área Legal de la Zona Registral Nº VIII- Sede Huancayo remite a la Procuraduría Pública encargada de los Asuntos Judicialesdel Ministerio de Justicia, la documentación sobre indicios de comisión de delito, a efecto que se expida la Resolución Ministerial que autorice iniciar las acciones penales contraHonorato Huaynate Cóndor, Fidel Mario Suárez Villanue- va, Betty Soledad Aguinaga Gonzáles, Teofanes Ramírez Huamán, Erasmo Rojas Trebejos, Graciela VillaorduñaDoria, Gumercindo Aguilar Forzani, Néstor Rubén Alvarez Sánchez y contra las personas que resulten responsables por la presunta comisión de los delitos contra la Fe Públicaen las modalidades de falsificación de documentos y false- dad ideológica, previsto y penado en los artículos 427º y 428º de nuestro ordenamiento penal sustantivo; Que, mediante Informe Nº 48-2003-Z.R.VIII-SHYO/RPV, de fecha 23 de setiembre del 2003, se informa a la Geren- cia Registral de la Zona Registral Nº VIII- Sede Huancayosobre la solicitud de inscripción del Título que cuenta con recibo Nº 0236234, de fecha 9 de setiembre del 2003, presentado por Honorato Huaynate Cóndor, ante el Regis-tro de Propiedad Vehicular, la cual está referida al cambio de color y carrocería del vehículo de Placa de Rodaje Nº WP-8110, de propiedad de Solventes Pacífico E.I.R.L. de-bidamente representada por Fidel Mario Suárez Villanue- va, en la que se adjunta un certificado de conformidad de modificación Nº 00583, de fecha 26 de julio del 2003, docu-mento supuestamente expedido por el Instituto de Transpor- tes de la Facultad de Ingeniería Mecánica de la Universidad Nacional de Ingeniería; mediante Oficio Nº 0353/2003-IN-TRAFIM, de fecha 15 de setiembre del 2003, el Director del citado instituto manifiesta que el certificado de confor- midad de modificación es falso; Que, mediante Informe Nº 50-2003-Z.R.VIII-SHYO/RPV, de fecha 29 de setiembre del 2003, se informa a la Geren- cia Registral de la Zona Registral Nº VIII- Sede Huancayosobre la solicitud de inscripción del Título que cuenta con recibo Nº 2003-12-00042721, de fecha 22 de setiembre del 2003, presentado por Julio Rojas Cadenillas (dependientedel Notario de Lima Alberto Guinand Correa) ante el Re- gistro de Propiedad Vehicular, la cual está referida a la trans- ferencia del vehículo de Placa de Rodaje Nº BP-2447, enla que se adjunta una copia de la Tarjeta de Propiedad Ve- hicular Nº A4735182 a nombre de Betty Soledad Aguinaga Gonzáles, documento supuestamente expedido por la ofici-na del registro de propiedad vehicular de Lima, mediante esquela de Tacha de fecha 30 de setiembre del 2003, el Registrador Público Elías Vilcahuamán Ninanya, manifies-ta que dicha tarjeta de propiedad debió haber sido expedi- da por la oficina registral Nº VIII, por cuanto la placa de rodaje corresponde a la sede registral de Huancayo, y queel número de expediente no corresponde a ningún duplica- do de tarjeta, tratándose por consiguiente de un documen- to falso; Que, mediante Informe Nº 51-2003-Z.R.VIII-SHYO/RPV, de fecha 7 de octubre del 2003, se informa a la Gerencia Registral de la Zona Registral Nº VIII- Sede Huancayo so-bre la solicitud de inscripción del Título que cuenta con re- cibo Nº 2003-09-00038119, de fecha 11 de setiembre del 2003, presentado por Teofanes Ramírez Huamán, ante el Registro de Propiedad Vehicular, la cual está referida alcambio de características del vehículo de Placa de Rodaje Nº WP-5867, en la que se adjunta un certificado de confor- midad de modificación Nº 00181, de fecha 10 de setiembredel 2003, documento supuestamente expedido por el Insti- tuto de Transportes de la Facultad de Ingeniería Mecánica de la Universidad Nacional de Ingeniería; mediante OficioNº 0375/2003-INTRAFIM, de fecha 30 de setiembre del 2003, el Director del citado instituto manifiesta que el certi- ficado de conformidad de modificación es falso; Que, mediante Oficio Nº 934-2003-ZRVIII/SHYO-ORH- CO, de fecha 30 de setiembre del 2003, se informa a la Gerencia Registral de la Zona Registral Nº VIII- Sede Huan-cayo sobre la solicitud de inscripción del Título Nº 00001577, de fecha 20 de marzo del 2003, presentado por Erasmo Rojas Trebejos, ante el Registro de Propiedad Inmueble, lacual está referida al testimonio de la Escritura de Compra Venta otorgada por don Gumercindo Aguilar Forzani y doña Hortencia Zamudio de Aguilar como vendedores, y donErasmo Rojas Trevejos y doña Graciela Villaorduña Doria como compradores, de fecha 26 de febrero de 1982, docu- mento supuestamente certificado por el Notario Público dela provincia de Huarochirí-Matucana, doctor Diodoro Or- duña Vásquez; mediante Oficio Nº 759-2003-CNL/D, de fecha 4 de abril del 2003, el Decano del Colegio de Nota-rios de Lima, manifiesta que el citado notario público no es ni ha sido Notario de Lima; Que, mediante Informe Nº 52-2003-Z.R.VIII-SHYO/RPV, de fecha 24 de octubre del 2003, se informa a la Gerencia Registral de la Zona Registral Nº VIII- Sede Huancayo so- bre la solicitud de inscripción del Título que cuenta con re-cibo Nº 2003-02-646, de fecha 2 de octubre del 2003, presentado por Eduardo Alvarez Sánchez (dependiente de la Notario Público de Chincha-Ica Verónica Urquerizo So-lís), ante el Registro de Propiedad Vehicular de Ica, la cual está referida a la transferencia de propiedad y cambio de características del vehículo de Placa de Rodaje Nº PP-5329, en la que se adjunta un certificado de conformidad de modificación Nº 00585, de fecha 4 de agosto del 2003, documento supuestamente expedido por el Instituto deTransportes de la Facultad de Ingeniería Mecánica de la Universidad Nacional de Ingeniería; mediante Oficio Nº 0394/2003-INTRAFIM, de fecha 20 de octubre del 2003, elDirector del citado instituto manifiesta que el certificado de conformidad de modificación es falso; Que, en ese sentido, y en estricta atención a lo solicita- do por la Procuraduría Pública del Ministerio de Justicia, en su Oficio Nº 2156-2003-JUS-PPMJ, de fecha 24 de no- viembre del 2003, y en virtud a los hechos que se despren-den de los Informes precedentes, y con el objeto de reunir las pruebas de la presunta comisión de los delitos contra la Fe Pública y las circunstancias en que se habrían reali-zado, corresponde recurrir a la vía judicial para establecer la distinta participación que hayan tenido los autores y otros en la ejecución del mismo; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, artículos 2º y 8º del De- creto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia y elartículo 12º del Decreto Ley Nº 17537 de Representación y Defensa del Estado en Juicio, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para que en representación y defensa de los intereses del Esta- do, interponga las acciones judiciales correspondientes enforma individual contra las siguientes personas: 1. Honorato, HUAYNATE CÓNDOR 2. Fidel Mario, SUÁREZ VILLANUEVA 3. Betty Soledad, AGUINAGA GONZALES 4. Teofanes, RAMÍREZ HUAMÁN5. Erasmo, ROJAS TREBEJOS 6. Graciela, VILLAORDUÑA DORIA 7. Gumercindo AGUILAR FORZANI8. Néstor Rubén ALVAREZ SÁNCHEZ, y contra los que resulten responsables conforme a los fun- damentos expuestos en la parte considerativa de la pre-sente Resolución.