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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE MARZO DEL AÑO 2004 (28/03/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 18

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G35/G36/G31/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 28 de marzo de 2004 na Legal de la Zona Registral Nº IX- Sede Lima remite a la Procuraduría Pública encargada de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, la documentación sobre indicios de comisión de delito, a efectos de que se expida la Reso-lución Ministerial que autorice iniciar las acciones penales contra Leonidas Juan García Modragón, Enrique Mujica Huamán, José Alberto Ronquillo Lévano y contra las per-sonas que resulten responsables por la presunta comisión del delito contra la Fe Pública en la modalidad de falsifi- cación de documentos, previsto y penado en el artículo427º de nuestro ordenamiento penal sustantivo; Que, mediante Memorándum Nº 031-2003-SUNARP- Z.R.Nº IX-GPJN, de fecha 28 de enero del 2003, se infor-ma a la Oficina Legal de la Zona Registral IX- Sede Lima sobre la solicitud de inscripción del Título Nº 3741, de fe- cha 8 de enero del 2003, presentado por don Leonidas JuanGarcía Modragón ante el Registro de Personas Naturales, la cual está referida a un otorgamiento de poder, en la que se adjunta una Escritura Pública suscrita entre doña Jose-fina Humberta García Modragón de Lorenzo a favor de don Leonidas Juan García Modragón, de fecha 23 de noviem- bre del 2002, documento supuestamente certificado por laNotario Público de Lima, doctora Mónica Salvatierra Sal- daña, quien mediante carta de fecha 26 de mayo del 2003, manifiesta que la firma y sellos que aparecen en el referidodocumento han sido falsificados; Que, asimismo, se informa sobre la solicitud de ins- cripción del Título Nº 5071, de fecha 9 de enero del 2003,presentado por don Enrique Mujica Huamán ante el Regis- tro de Personas Naturales, la cual está referida a un otor- gamiento de poder, en la que se adjunta una Escritura Pú-blica suscrita entre doña Olga Daría Cueva de Mujica a favor de don Enrique Mujica Huamán, de fecha 8 de enero del 2003, documento supuestamente certificado por laNotario Público de Lima, doctora Mónica Salvatierra Sal- daña, quien mediante carta de fecha 26 de mayo del 2003, manifiesta que la firma y sellos que aparecen en el referidodocumento han sido falsificados; Que, mediante Memorándum Nº 199-2003-SUNARP- Z.R.Nº IX-GPJN, de fecha 29 de mayo del 2003, se infor-ma a la Oficina Legal de la Zona Registral IX- Sede Lima sobre la solicitud de inscripción del Título Nº 90892, de fe- cha 15 de mayo del 2003, presentado por don José AlbertoRonquillo Lévano ante el Registro de Personas Naturales, la cual está referida a un otorgamiento de poder, en la que se adjunta un parte notarial Nº 6418, suscrito entre donPedro Nina Paucar a favor de María del Rosario Escudero de Montoya, de fecha 29 de abril del 2003, documento su- puestamente certificado por el Notario Público del Callao,doctor Rafael Enrique Rivero Castillo, quien mediante car- ta de fecha 19 de mayo del 2003, manifiesta que la firma y sellos que aparecen en dicho documento no le correspon-den, siendo un parte notarial falso; Que, en ese sentido, y en estricta atención a lo solicita- do por la Procuraduría Pública del Ministerio de Justicia,en su Oficio Nº 2060-2003-JUS/PPMJ, de fecha 10 de no- viembre del 2003, y en virtud de los antecedentes que se desprenden del Oficio Nº 333-2003-SUNARP- Z.R.Nº IX/OL, de fecha 3 de junio del 2003, y con el objeto de reunir las pruebas de la realización del delito y las circunstancias en que se han realizado, corresponde recurrir a la vía judi-cial para establecer la distinta participación que hayan te- nido los autores y otros en la ejecución del mismo; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, artículos 2º y 8º del De- creto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia y el artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537 de Representacióny Defensa del Estado en Juicio, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para que en representación y defensa de los intereses del Esta- do, interponga las acciones judiciales correspondientes enforma individual contra las siguientes personas: 1. Leonidas Juan, GARCÍA MODRAGÓN 2. Enrique, MUJICA HUAMÁN 3. José Alberto, RONQUILLO LÉVANO y, contra los que resulten responsables conforme a los fun- damentos expuestos en la parte considerativa de la pre- sente Resolución.Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución y antecedentes del caso al Procurador Público mencionado, para su conocimiento y fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. BALDO KRESALJA R. Ministro de Justicia 06251 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 157-2004-JUS Lima, 25 de marzo de 2004Visto el Oficio Nº 2133-2003-JUS/PPMJ, de fecha 20 de noviembre de 2003, de la Procuraduría Pública a cargode los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, Regis- tro Nº 1564 y demás actuados; CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 1963-2003-Z.R.Nº XII-JEF, de fecha 19 de noviembre del 2003, el Jefe de la Zona Registral Nº XII- Sede Arequipa, remite a la Procuraduría Pública encar- gada de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, elInforme Nº 454-2003-Z.R.Nº XII/OL y la documentación so- bre indicios de comisión de delito, a efectos de que se expida la Resolución Ministerial que autorice iniciar la acción penalcontra Yeni Cóndor Mayta y contra las personas que resulten responsables por la presunta comisión de los delitos contra la Fe Pública en la modalidad de falsificación de documentos yfalsedad ideológica, previsto y penado en los artículos 427º y 428º de nuestro ordenamiento penal sustantivo; Que, conforme se desprende de los Títulos Nºs. 1).03012003520535, 2).-03012003520544, 3).- 03012003520543, 4).-03012003520542, 5).-03012003520540, 6).-03012003520538, 7).-03012003520541 y 8).-03012003520537, que fueron presentados con fecha 22 de agosto del 2003, por doña Yeni Cóndor Mayta ante el Registro de Propiedad Vehicular de la Oficina Registral de Arequipa,se solicita la primera inscripción de los vehículos: Marca To- yota: Nº HB30-0006810 y Nº M. 2H-1175450; Marca Nissan: Nº WBYD21-061076 y Nº M.TD27-297714T; Marca Toyota:Nº BB21-0083861 y Nº M. 3B0654071; Marca Mitsubishi: Nº BE-439F-11112 y Nº M. 4D34-858050; Marca Nissan: Nº WBYD21-088117 y Nº M. TD27-117157T; Marca Toyota: NºLH119-0026488 y Nº M. 3L-3055315; Marca Toyota: Nº KZN130-9016977 y Nº M. 1KZ-0050403; Marca Toyota: Nº LN106-0025316 y Nº M. 3L-2100153, adjuntándose en losreferidos títulos una copia certificada de la sentencia judicial derivada del proceso signado con el Nº 576-2002-0412-JM- CI-01, seguido por Yeni Cóndor Mayta contra don Juan ChávezArratia sobre prescripción adquisitiva, ante el Juzgado Mixto del Módulo Básico de Justicia de Mariano Melgar- Distrito Ju- dicial de Arequipa, documento supuestamente certificado porel Especialista Legal y suscrito por el Juez de la Corte Supe- rior de Justicia de Arequipa, doctor Manuel Ponce Morales, quien mediante Oficio S/N-2003-MBJ-MM-JADCP de fecha15 de octubre del 2003, manifiesta que no se encuentra regis- tro del citado expediente y que las firmas que aparecen en dicha sentencia han sido adulteradas; Que, en ese sentido, y en estricta atención a lo solicitado por la Procuraduría Pública del Ministerio de Justicia, en su Oficio Nº 2133-2003-JUS-PPMJ, de fecha 20 de noviembredel 2003, y en virtud a los hechos que se desprenden del Informe Nº 454-2003-Z.R.Nº XII/OL, de fecha 12 de noviem- bre del 2003, y con el objeto de reunir las pruebas de la pre-sunta comisión de los delitos contra la Fe Pública y las circuns- tancias en que se habrían realizado, corresponde recurrir a la vía judicial para establecer la distinta participación que hayatenido la autora y otros en la ejecución del mismo; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, artículos 2º y 8º del De-creto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia y el artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537 de Representación y Defensa del Estado en Juicio, modificado por DecretoLey Nº 17667; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para