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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE MARZO DEL AÑO 2004 (28/03/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 19

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G35/G36/G31/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 28 de marzo de 2004 que en representación y defensa de los intereses del Esta- do, interponga las acciones judiciales correspondientes contra YENI CÓNDOR MAYTA y contra los que resulten responsables conforme a los fundamentos expuestos enla parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución y antecedentes del caso al Procurador Público mencionado,para su conocimiento y fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.BALDO KRESALJA R. Ministro de Justicia 06252 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 158-2004-JUS Lima, 25 de marzo de 2004 Visto el Oficio Nº 2297-2003-JUS/PPMJ, de fecha 15 de diciembre del 2003, de la Procuraduría Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, Regis-tro Nº 1676 y demás actuados; CONSIDERANDO:Que, mediante Oficio Nº 742-2003-SUNARP-Z.R.Nº IX/ OLRPU-JEF, de fecha 17 de noviembre del 2003, la Jefatu-ra de la Oficina Legal de la Zona Registral Nº IX- sede Lima, remite a la Procuraduría Pública encargada de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, la documentación so-bre indicios de comisión de delito, a efectos de que se ex- pida la Resolución Ministerial que autorice iniciar las ac- ciones penales contra Jorge Rodríguez Asmat y Pietro Ales-sandro Poli Valdivia, y contra las personas que resulten responsables por la presunta comisión del delito contra la fe pública en la modalidad de falsificación de documentos,previsto y penado en el artículo 427º de nuestro ordena- miento penal sustantivo; Que, conforme se aprecia del Memorándum Nº 106- 2003-GPJN/IRJ01 e Informe Nº 69-2003-SUNARP-Z.R.Nº IX/SE, con fechas 10 de octubre del 2003, el señor Pietro Alessandro Poli Valdivia, presentó ante el Registro de Perso-nas Jurídicas la solicitud de inscripción de Título Nº 65264, en el que se adjunta la Partida Nº 24613589, ambos documentos presuntamente falsificados; Que, en ese sentido, y en estricta atención a lo solicitado por la Procuraduría Pública del Ministerio de Justicia, en su Oficio Nº 2297-2003-JUS/PPMJ, de fecha 15 de diciembre del 2003, y envirtud a los hechos que se desprenden del Memorándum Nº 106- 2003-GPJN/IRJ01 e Informe Nº 69-2003-SUNARP-Z.R.Nº IX/ SE, y con el objeto de reunir las pruebas de la presunta comisióndel delito contra la Fe Pública y las circunstancias en que se ha- bría realizado, corresponde recurrir a la vía judicial para estable- cer la distinta participación que hayan tenido los autores y otrosen la ejecución del mismo; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, artículos 2º y 8º del De-creto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia y el artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537 de Representación y Defensa del Estado en Juicio, modificado por DecretoLey Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para queen representación y defensa de los intereses del Estado, interponga las acciones judiciales correspondientes con- tra JORGE RODRÍGUEZ ASMAT y PIETRO ALES-SANDRO POLI V ALDIVIA, y contra los que resulten responsables conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución y antecedentes del caso al Procurador Público mencionado, para su conocimiento y fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. BALDO KRESALJA R. Ministro de Justicia 06253RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 159-2004-JUS Lima, 25 de marzo de 2004 Visto el Oficio Nº 2243-2003-JUS/PPMJ, de fecha 5 de diciembre de 2003, de la Procuraduría Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, RegistroNº 1629 y demás actuados; CONSIDERANDO:Que, mediante Informe Nº 088-2003-ZRVIII-SHYO- JAL de fecha 19 de noviembre del 2003, la Jefatura delÁrea Legal de la Zona Registral Nº VIII- Sede Huanca- yo remite a la Procuraduría Pública encargada de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, el Infor-me Nº 56-2003-ZRVIII-SHYO/RPV y la documentación sobre indicios de comisión de delito, a efectos de que se expida la Resolución Ministerial que autorice iniciarla acción penal contra Fredy Salvatierra Gómez, Edgar Armando Romero Gallegos y contra las personas que resulten responsables por la presunta comisión del de-lito contra la Fe Pública en la modalidad de falsificación de documentos, previsto y penado en el artículo 427º de nuestro ordenamiento penal sustantivo; Que, mediante el Informe precedente, se informa a la Oficina Legal de la Zona Registral VIII- Sede Huanca- yo sobre la solicitud de inscripción de Título que cuen-ta con recibo Nº 0243941 de fecha 17 de setiembre del 2003, presentado por Fredy Salvatierra Gómez ante el Registro de Propiedad Vehicular de Huancayo, la cualestá referida a la transferencia de propiedad vehicular del vehículo de Placa de Rodaje Nº AP-9516, en la que se adjunta un Contrato de Compra Venta, suscrito pordon Edgar Armando Romero Gallegos como vendedor y don Fredy Salvatierra Gómez como comprador, de fecha 13 de diciembre del 2001, documento supuesta-mente certificado por el Notario Público de Yauli- La Oroya, doctor Hugo Sánchez Baltazar, quien mediante Carta de fecha 23 de octubre del 2003, manifiesta quedicho contrato no ha sido efectuado en su oficina, sien- do la firma y el sello falsos; Que, en ese sentido, y en estricta atención a lo solici- tado por la Procuraduría Pública del Ministerio de Jus- ticia, en su Oficio Nº 2243-2003-JUS/PPMJ, de fecha 5 de diciembre de 2003, y en virtud a los hechos que sedesprenden del Informe Nº 088-2003-ZRVIII-SHYO-JAL, y con el objeto de reunir las pruebas de la presunta comisión del delito contra la Fe Pública y las circunstan-cias en que se habría realizado, corresponde recurrir a la vía judicial para establecer la distinta participación que hayan tenido los autores y otros en la ejecucióndel mismo; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, artículos 2º y 8ºdel Decreto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Jus- ticia y el artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537 de Representación y Defensa del Estado en Juicio,modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a car- go de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia,para que en representación y defensa de los intereses del Estado, interponga las acciones judiciales corres- pondientes contra FREDY SALVATIERRA GÓMEZ yEDGAR ARMANDO ROMERO GALLEGOS, y contra los que resulten responsables conforme a los fundamen- tos expuestos en la parte considerativa de la presenteResolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolu- ción y antecedentes del caso al Procurador Públicomencionado, para su conocimiento y fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. BALDO KRESALJA R. Ministro de Justicia 06254