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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE MARZO DEL AÑO 2004 (28/03/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 14

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G35/G36/G30/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 28 de marzo de 2004 1. Dionisia, CASO APOLINARIO 2. Leoncio, HUILCA NÚÑEZ 3. Enrique, ZAVALETA MEJÍA 4. Azucena, SAAVEDRA LINARES5. Juan Emilio, APOLAYA YACTAYO 6. Rómulo Javier, CASTILLO CABEZAS 7. Margarita Isabel, CAHUIN GONZALES8. Alejandro, NAVARRO ROJAS 9. José Roberto, YNGUIL CASTILLO y, contra los que resulten responsables conforme a los fun-damentos expuestos en la parte considerativa de la pre- sente Resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución y antecedentes del caso al Procurador Público mencionado, para su conocimiento y fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. BALDO KRESALJA R. Ministro de Justicia 06056 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 143-2004-JUS Lima, 19 de marzo de 2004 Visto el Oficio Nº 2242-2003-JUS/PPMJ, de fecha 4 de diciembre del 2003, de la Procuraduría Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, Registro Nº 1628 y demás actuados; CONSIDERANDO: Que, mediante los Oficios Nºs. 1985 y 1986-2003 Z.R.Nº XII-JEF, de fecha 25 de noviembre del 2003, la Jefatura de la Zona Registral Nº XII- Sede Arequipa remite a la Procu-raduría Pública encargada de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, la documentación sobre indicios de comisión de delito, a efectos de que se expida la Resolu-ción Ministerial que autorice iniciar las acciones penales contra Judith Elena Del Carpio Casani, y contra las perso- nas que resulten responsables por la presunta comisióndel delito contra la Fe Pública en la modalidad de falsifi- cación de documentos, previsto y penado en el artículo 427º de nuestro ordenamiento penal sustantivo; Que, mediante Informes Nºs. 468 y 469-2003-Z.R. Nº XII/OL, de fechas 20 y 21 de noviembre del 2003, respec- tivamente, la Oficina Legal de la Zona Registral XII- SedeArequipa, da cuenta de la solicitud de inscripción de los Títulos Nº 03012003525104 y Nº 03012003525103, de fe- cha 14 de octubre del 2003, presentados por doña JudithElena Del Carpio Casani ante el Registro de Propiedad Vehicular de Arequipa, en la que se adjuntan documentos supuestamente certificados por el Notario Público de Are-quipa, doctor Javier de Taboada Vizcarra; quien mediante cartas de fecha 4 de noviembre del 2003, manifiesta que la legalización notarial de ambos documentos no pertenecena su oficio notarial, y tanto los sellos como su firma son falsos; Que, en ese sentido, y en estricta atención a lo solicita- do por la Procuraduría Pública del Ministerio de Justicia, en su Oficio Nº 2242-2003-JUS/PPMJ, de fecha 4 de di- ciembre del 2003, y en virtud de los antecedentes que sedesprenden de los Oficios Nºs. 1985 y 1986-2003/Z.R.Nº XII-JEF, y con el objeto de reunir las pruebas de la pre- sunta comisión del delito contra la Fe Pública y las circuns-tancias en que se habría realizado, corresponde recurrir a la vía judicial para establecer la distinta participación que haya tenido la autora y otros en la ejecución del mismo; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, artículos 2º y 8º del De- creto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia y elartículo 12º del Decreto Ley Nº 17537 de Representación y Defensa del Estado en Juicio, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para que en representación y defensa de los intereses del Esta-do, interponga las acciones judiciales correspondientes contra JUDITH ELENA DEL CARPIO CASANI, y contra los que resulten responsables conforme a los fundamen- tos expuestos en la parte considerativa de la presente re-solución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución y antecedentes del caso al Procurador Público mencionado,para su conocimiento y fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.BALDO KRESALJA R. Ministro de Justicia 06057 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 144-2004-JUS Lima, 19 de marzo de 2004 Visto el Oficio Nº 2064-2003-JUS/PPMJ, de fecha 10 de noviembre del 2003, de la Procuraduría Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, Regis-tro Nº 1530 y demás actuados; CONSIDERANDO:Que, mediante Oficio Nº 455-2003-SUNARP Z.R.Nº IX/ OL, de fecha 21 de julio del 2003, la Jefatura de la OficinaLegal de la Zona Registral Nº IX- Sede Lima remite a la Procuraduría Pública encargada de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, la documentación sobre indiciosde comisión de delito, a efectos de que se expida la Resolu- ción Ministerial que autorice iniciar las acciones penales contra Segundo Enrique Carpio Aguirre y contra las perso-nas que resulten responsables por la presunta comisión del delito contra la Fe Pública en la modalidad de falsifica- ción de documentos, previsto y penado en el artículo 427ºde nuestro ordenamiento penal sustantivo; Que, mediante memorándum Nº 563-2003-SUNARP- Z.R.Nº IX-GBM, de fecha 16 de junio del 2003, se informaa la Oficina Legal de la Zona Registral IX- Sede Lima sobre la solicitud de inscripción del Título Nº 80350, de fecha 25 de abril del 2003, presentado por don Segundo EnriqueCarpio Aguirre ante el Registro de Propiedad Vehicular, la cual está referida a la primera inscripción del vehículo Ca- mioneta Rural, modelo VANETTE VX, motor Nº R2-680712y Nº de serie SS28MN-301229, en la que se adjunta una Declaración Única de Aduanas Nº 172 2002 10 010442 01 1 00, de fecha 1 de abril del 2002, documento supuesta-mente expedido por la Agencia de Aduanas SALIMA S.A.; mediante Oficio Nº 816-2003-ADUANAS-TAC.3G0040, de fecha 3 de junio del 2003, la Intendencia de Aduana deTacna adjunta copia del documento original de la citada Declaración Única de Aduanas que obra en los archivos de Aduana de Tacna, no siendo igual al presentado con elcitado título; Que, en ese sentido, y en estricta atención a lo solicita- do por la Procuraduría Pública del Ministerio de Justicia,en su Oficio Nº 2064-2003-JUS/PPMJ, de fecha 10 de no- viembre del 2003, y en virtud de los antecedentes que se desprenden del Oficio Nº 455-2003-SUNARP Z.R.Nº IX/OL, de fecha 21 de julio del 2003, y con el objeto de reunir las pruebas de la presunta comisión del delito contra la Fe Pública y las circunstancias en que se habría realizado,corresponde recurrir a la vía judicial para establecer la dis- tinta participación que haya tenido el autor y otros en la ejecución del mismo; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, artículos 2º y 8º del De- creto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia y elartículo 12º del Decreto Ley Nº 17537 de Representación y Defensa del Estado en Juicio, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para que en representación y defensa de los intereses del Esta-do, interponga las acciones judiciales correspondientes contra SEGUNDO ENRIQUE CARPIO AGUIRRE y contra los que resulten responsables conforme a los fundamen-