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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G35/G36/G32/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 28 de marzo de 2004 hábiles siguientes a la aprobación de la presente, dando cuenta al CONSUCODE en el mismo plazo. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.JUAN MANUEL BURGA DÍAZ Rector 06246 /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G69/G6E/G61/G64/G6D/G69/G73/G69/G62/G6C/G65/G20/G52/G65/G63/G75/G72/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G41/G70/G65/G6C/G61/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G69/G6E/G74/G65/G72/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G62/G75/G65/G6E/G61/G20/G70/G72/G6F/G20/G6F/G74/G6F/G72/G2D/G67/G61/G64/G61/G20/G65/G6E/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G64/G6A/G75/G64/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G69/G72/G65/G63/G2D/G74/G61/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G74/G69/G76/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G70/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G72/G65/G73/G20/G6D/G75/G6C/G74/G69/G6D/G65/G64/G69/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G55/G4E/G4D/G53/G4D UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 01288-R-04 Lima, 24 de marzo del 2004 Visto el Expediente, con Registro de Mesa de Partes General Nº 04075-RG-04, con respecto al Recurso de Ape-lación interpuesto por la Empresa MAQUINARIAS JAAM S.A., contra la Buena Pro otorgada el 16 de febrero de 2004 en el Proceso de Adjudicación Directa Selectiva Nº 001-2004-FD-UNMSM. CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Rectoral Nº 05685-R-03 del 21 de octubre de 2003, se conformó, a partir del 25 desetiembre de 2003, el Comité Especial Permanente para el Proceso de Adjudicación Directa y Adjudicación de Menor Cuantía de la Facultad de Derecho y Ciencia Política; Que según Acta Nº 002-2004 del 16 de febrero de 2004, el Comité Especial Permanente de la Facultad de Derecho y Ciencia Política acordó otorgar la buena Pro a la empre-sa VISUAL DATA SERVICE MIX S.R.Ltda., en el Proceso de Selección : Adjudicación Directa Selectiva Nº 001-2004- FD-UNMSM para la "Adquisición de 8 Proyectores Multi-media (1700-2000) y 2 Proyectores Multimedia (2500 o Superior) de la Facultad de Derecho y Ciencia Política"; Que mediante escrito de fecha 24 de febrero de 2004, la Empresa MAQUINARIAS JAAM S.A., interpone Recur- so de Apelación contra la Buena Pro otorgada el 16 de febrero de 2004 en el Proceso de Adjudicación DirectaSelectiva Nº 001-2004-FD-UNMSM, solicitando retrotraer el proceso a la etapa de evaluación y calificación, proceder de acuerdo a lo establecido en el Art. 65º del Reglamentode la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y otorgarles la Buena Pro, por los fundamentos que en su escrito expone; Que del Proceso de Evaluación y Calificación de las propuestas descritas en las Actas Nºs. 001 y 002-2004 de fechas 13 y 16 de febrero de 2004, se colige que se abrie-ron los sobres de las propuestas económicas antes de la evaluación y calificación de las propuestas técnicas; Que de acuerdo a los artículos 59º y 67º del Regla- mento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el Comité Especial debe abrir, evaluar y calificar primero los sobres que contienen las propuestas técnicasy una vez evaluadas y calificadas éstas, se hace lo propio con las propuestas económicas; por cuanto debe definirse que postores alcanzan el puntaje mínimo para acceder a laevaluación de las propuestas económicas; Que asimismo respecto a la intervención de otro órga- no ajeno al Comité Especial en la evaluación y calificaciónse observa que se remitió toda la documentación: pro- puestas técnicas y económicas a otro órgano distinto al Comité Especial (Oficina de Servicios Generales, Opera-ciones y Mantenimiento de la Facultad), quien se encargó de la evaluación y calificación al haberse encargado de la elaboración de los cuadros respectivos, los que despuésfueron remitidos al Comité Especial para que tome la deci- sión al respecto, tal como se consigna en el Acta corres- pondiente; Que es requisito para la admisibilidad del Recurso de Apelación, presentar el comprobante de pago de la tasa correspondiente de conformidad con el Texto Único de Pro-cedimientos Administrativos (TUPA) de la entidad, por dis-posición expresa del artículo 168º del Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, de lo contrario se declarará inadmisible el recurso y se or- denará el archivamiento del expediente por disposiciónexpresa de la citada norma; Que conforme obra en autos el Recurso de Apelación interpuesto por la Empresa MAQUINARIAS JAAM S.A., yde los Oficios Nºs. 0590 y 0631-SG-04 de la Secretaría General, se colige que dicha Empresa no acompaña el comprobante de pago de la tasa por concepto de apela-ción, cuyo monto se encuentra comprendido en el TUPA de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos; Que la Oficina General de Asesoría Legal mediante In- forme Nº 0330-OGAL-2004, por las consideraciones que anteceden es de la opinión siguiente: declarar INADMISI- BLE el Recurso de Apelación interpuesto por dicha empre-sa; declarar nulo el otorgamiento de la Buena Pro y nulo todo lo actuado; retrotraer el Proceso de Selección hasta la Etapa de la Elaboración de las Bases; y su publicaciónen el Diario Oficial El Peruano; y, Estando a las atribuciones conferidas al señor Rector por la Ley Universitaria Nº 23733 y el Estatuto de la Uni-versidad Nacional Mayor de San Marcos; SE RESUELVE:1º.- Declarar INADMISIBLE el Recurso de Apelación interpuesto por la Empresa MAQUINARIAS JAAM S.A.,contra la Buena Pro otorgada el 16 de febrero de 2004 en el Proceso de Adjudicación Directa Selectiva Nº 001-2004- FD-UNMSM; por las consideraciones expuestas en la pre-sente Resolución. 2º.- Declarar Nulo el otorgamiento de la Buena Pro a la Empresa VISUAL DATA SERVICE MIX S.R.Ltda., en el Pro-ceso de Selección : Adjudicación Directa Selectiva Nº 001- 2004-FD-UNMSM para la "Adquisición de 8 Proyectores Multimedia (1700-2000) y 2 Proyectores Multimedia (2500o Superior) de la Facultad de Derecho y Ciencia Política". 3º.- Retrotraer el Proceso de Adjudicación Directa Selec- tiva para la "Adquisición de 8 Proyectores Multimedia (1700-2000) y 2 Proyectores Multimedia (2500 o Superior) de la Facultad de Derecho y Ciencia Política", hasta la Etapa de Elaboración de Bases. 4º.- Encargar al Comité Especial Permanente para el Proceso de Adjudicación Directa y Adjudicación de Menor Cuantía de la Facultad de Derecho y Ciencia Políticaestablecido con Resolución Rectoral Nº 05685-R-03, noti- ficar la presente Resolución Rectoral a los postores del presente proceso en el término legal. 5º.- Encargar a la Secretaría General publicar la presen- te Resolución Rectoral en el Diario Oficial El Peruano. 6º.- Encargar al Comité Especial Permanente estable- cido con Resolución Rectoral Nº 05685-R-03, el cumpli- miento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. JUAN MANUEL BURGA DÍAZ Rector 06248 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 OSIPTEL /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G64/G65 /G73/G6F/G70/G6F/G72/G74/G65/G20/G74/GE9/G63/G6E/G69/G63/G6F/G20/G79/G20/G61/G63/G74/G75/G61/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G69/G63/G65/G6E/G2D/G63/G69/G61/G73/G20/G4F/G52/G41/G43/G4C/G45/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G64/G6A/G75/G2D/G64/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6D/G65/G6E/G6F/G72/G20/G63/G75/G61/G6E/G74/GED/G61 ORGANISMO SUPERVISOR DE INVERSIÓN PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 026-2004-PD/OSIPTEL Lima, 24 de marzo de 2004 EXPEDIENTE Nº 00001-2004-GAF/PE MATERIA CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES