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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MARZO DEL AÑO 2004 (31/03/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 8

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G35/G37/G38/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 31 de marzo de 2004 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G6A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G63/G6F/G62/G72/G61/G72/G20/G6F/G62/G6C/G69/G67/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G61/G64/G65/G75/G64/G61/G64/G61/G73/G20/G79/G20/G72/G65/G73/G61/G72/G63/G69/G72/G20/G70/G65/G72/G6A/G75/G69/G63/G69/G6F/G20/G65/G63/G6F/G6E/GF3/G2D/G6D/G69/G63/G6F/G20/G6F/G63/G61/G73/G69/G6F/G6E/G61/G64/G6F/G20/G61/G6C/G20/G49/G52/G54/G50 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 087-2004-PCM Lima, 29 de marzo de 2004 Visto el Oficio Nº 223-2004-PCM/PRO.-500 del Procu- rador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Presi-dencia del Consejo de Ministros y el Oficio Nº 100-2004-GG/IRTP del Gerente General del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP; CONSIDERANDO:Que, mediante Informe Legal Nº 008-2004-OGAL/IRTP el Director General de Asesoría Legal del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP señala que por Orden de Transmisión de Publicidad contra factura de fecha 16 deagosto de 2002, la Agencia Consultora Peruana de Publici-dad & Marketing SAC requirió al Instituto Nacional de Radioy Televisión del Perú - IRTP a través de Televisión Nacionaldel Perú - TNP publicidad para su cliente CICEX SPECIAL ENGLISH INSTITUTE consistente en la emisión de 35 avi- sos de 20 segundos, por el período del 8 al 27 de agosto de2002, cuyo monto ascendía a la suma de US$ 1 660,97; Que asimismo, en el mencionado Informe Legal indica que se han efectuado reiteradas gestiones administrativascon la finalidad de hacer efectiva la Factura Nº 4891 por el valor de US$ 1 660,97 sin resultados positivos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 009-2003-PCM se adscribió al Instituto de Radio y Televisión del Perú - IRTPal Sector de la Presidencia del Consejo de Ministros comoun organismo público descentralizado; Que, en tal sentido, resulta necesario autorizar al Pro- curador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Pre- sidencia del Consejo de Ministros para que interponga lasacciones judiciales que correspondan; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47º de la Constitución Política del Estado, el Decreto Ley Nº 17537, Leyde Representación y Defensa del Estado en Asuntos Judicia- les, modificado por el Decreto Ley Nº 17667, el Decreto Legis- lativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, modificado por la LeyNº 27779, y el Decreto Supremo Nº 067-2003-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Mi-nistros para que, en representación y defensa de los intere-ses del Estado, inicie e impulse las acciones judiciales quecorresponda contra CICEX SPECIAL ENGLISH INSTITU-TE, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Remitir los antecedentes al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Presidenciadel Consejo de Ministros, para los fines a que se contrae lapresente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 06324 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 088-2004-PCM Lima, 29 de marzo de 2004 Vistos, el Oficio Nº 020-2004-PCM/OCI.-400 del Jefe del Órgano de Control Institucional de la Presidencia del Conse-jo de Ministros, el Oficio Nº 642-2003-PCM/PRO.-500 delProcurador Público del Estado para los asuntos judiciales dela Presidencia del Consejo de Ministros y el Oficio Nº 1187- 2003-OGAL/IRTP del Director General de Asesoría Legal del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a las conclusiones contenidas en el Informe Nº 008-2003-2-0190 de la Oficina de Auditoría In-terna del Ministerio de Educación, se ha verificado la pre- sunta responsabilidad por parte de funcionarios y ex fun- cionarios del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP, recomendándose el inicio de acciones admi-nistrativas y/o legales correspondientes; Que, estando a lo dispuesto por el literal f) del artículo 15º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacio-nal de Control y de la Contraloría General de la República, es atribución del Sistema emitir, como resultado de las ac- ciones de control efectuadas, los informes respectivos conel debido sustento técnico y legal constituyendo prueba pre-constituida para el inicio de acciones administrativas y/olegales que sean recomendadas en dichos Informes; Que, conforme a lo anterior, mediante Ayuda Memoria visada por el Director General de Asesoría Legal del Insti- tuto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP y remi-tida con el Oficio Nº 1187-2003-OGAL/IRTP se señala quese procedió a requerir a las personas implicadas la devolu-ción de los montos indebidamente pagados, sin haber lo-grado un resultado favorable, con lo cual se da por agotada la vía administrativa, recomendando el inicio de las accio- nes legales pertinentes contra las personas que ahí se in-dican, a fin de resarcir el perjuicio económico causado alInstituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP; Que, por Decreto Supremo Nº 009-2003-PCM se adscri- bió el Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, en consecuencia resulta necesario autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales de laPresidencia del Consejo de Ministros, para que interpongalas acciones judiciales que correspondan; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, el Decreto Ley Nº 17357 - Leyque crea el Consejo de Defensa Judicial del Estado, modi-ficado por Decreto Ley Nº 17667, Ley Nº 27785 - Ley Orgá-nica del Sistema Nacional de Control y de la ContraloríaGeneral de la República y el Decreto Supremo Nº 067-2003- PCM, Reglamento de Organización y Funciones de la Pre- sidencia del Consejo de Ministros; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Mi- nistros para que, en representación y defensa de los intere-ses del Estado, inicie e impulse las acciones judiciales quecorresponda contra los funcionarios y ex - funcionarios delInstituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP in-dicados en el Informe Nº 008-2003-2-0190 emitido por la Oficina de Auditoría Interna del Ministerio de Educación, según alcances contenidos en la Ayuda Memoria visadapor el Director General de Asesoría Legal remitida con elOficio Nº 1187-2003-OGAL/IRTP, los mismos que formanparte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Remitir los antecedentes al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros, para los fines a que se contrae lapresente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 06325 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20 /G53/G65/G63/G72/G65/G74/G61/G72/G69/G6F/G20 /G64/G65/G20 /G41/G64/G2D /G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G50/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G6C/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F/G20/G64/G65/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G6F/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 091-2004-PCM Lima, 30 de marzo de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 248-2003-PCM se designó al señor José Enrique Deza Urquiaga como Secretariode Administración de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, asimismo mediante las Resoluciones Ministeriales Nºs. 250-2003-PCM, 251-2003-PCM, 262-2003-PCM y 309-2003-PCM, la Resolución de Secretaría de Administraciónmodificada por Resolución del Secretario General Nº 017-2003-PCM y mediante Oficio Nº 001-2003/PCM/GA se en-