Norma Legal Oficial del día 12 de mayo del año 2004 (12/05/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

MORDAZA, miercoles 12 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

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forman la Licitacion Publica Nacional Nº 0001-2002-IN/DIRECO para la adquisicion de "UNIFORMES DE LA POLICIA NACIONAL DEL PERU", al haberse evidenciado el otorgamiento indebido de puntajes a las propuestas tecnicas presentadas por los postores beneficiados con la Buena Pro para los items 13 "Calcetines Negros" y 20 "Calzado Rebajado MORDAZA para Varon", en lotes no reservados para PYMEs; debiendo senalarse que en situaciones similares, el Comite, cinendose a las Bases Integradas, opto por la decision correcta, declarando desiertos, los items 7, 12, 21, 30, 33 y 35; Que, asimismo, respecto al item 15 "Corbata Negra", se ha determinado que los puntajes asignados por el Comite Especial a los postores participantes, no guardan relacion con la documentacion presentada en las propuestas correspondientes, otorgandose un puntaje diferente al establecido en las Bases Integradas; Que, igualmente, la Comision de Control ha evidenciado que, en los items reservados para PYMEs Nºs. 18, 19 y 20, referidos a Calzado de Vestir para Varon, Calzado de Vestir para Dama y Calzado rebajado MORDAZA para Varon, respectivamente, el Comite Especial otorgo la Buena Pro a un postor que no se encontraba calificado como PYME; Que, la Comision de Control ha determinado que respecto al item 22 "Fornitura" el Comite Especial otorgo la Buena Pro a una empresa, que no cumplia con los requisitos establecidos en las Bases Integradas; y, que en los items 1, 2 y 3, correspondientes a "Tela de Lanilla color MORDAZA azulino para pantalon y gorra", "Tela de lanilla color MORDAZA azulino para camisa y blusa" y "Tela de lanilla color gris oscuro", respectivamente, se otorgo la Buena Pro a empresa postora que participo en la etapa de determinacion de especificaciones tecnicas de la tela, a cargo del Comite Tecnico, previa al MORDAZA de la Licitacion Publica Nacional, razon por la cual estaba impedida de participar; Que, los hechos expuestos, permiten establecer que los funcionarios comprendidos en el informe de Visto, habrian incurrido presuntamente en la comision del delito de Corrupcion de Funcionarios en la modalidad de Negociacion Incompatible con el Cargo, tipificado en el Art. 397º del Codigo Penal, al haber otorgado la Buena Pro a las empresas postoras que no cumplian con los puntajes y requisitos establecidos en las bases integradas y en la normativa aplicable al MORDAZA adquisitivo, denotando un presumible interes de los miembros del Comite Especial en el resultado de la Licitacion; habiendo incurrido adicionalmente en la presunta comision del delito de Abuso de Autoridad en la modalidad de Omision de Funciones, conforme lo tipifica el Art. 377º del Codigo Penal, al no haber cumplido con sus obligaciones conforme disponia la ley y en el MORDAZA de los criterios pre establecidos en las bases; Que, de acuerdo con lo establecido en el literal d) del articulo 22º de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos que en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal, correspondiendo autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica el inicio de las acciones legales correspondientes contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto; De conformidad con los articulos 47º de la Constitucion Politica del Peru y 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, inicie e impulse las acciones legales correspondientes, por los hechos expuestos y contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiendosele para tal efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 08993

Aprueban los Planes Anuales de Control 2004 de diversos Organos de Control Institucional
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 174-2004-CG MORDAZA, 7 de MORDAZA de 2004 Visto, la Hoja de Recomendacion Nº 08-2004-CG/PL de la Gerencia de Planeamiento y Control de la Gerencia General, que pone a consideracion la aprobacion de los Planes Anuales de Control de nueve (9) Organos de Control Institucional del Sistema Nacional de Control; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el literal h) del articulo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, es atribucion de este Organismo Superior de Control aprobar el Plan Nacional de Control y los Planes Anuales de Control de las entidades; Que, mediante Resolucion de Contraloria Nº 331-2003CG publicada en el Diario Oficial El Peruano el 4 de octubre de 2003, se aprobaron los Lineamientos de Politica para la Formulacion del Plan Anual de Control de los Organos de Control Institucional, asi como la Directiva Nº 002-2003CG/PL "Plan Anual de Control de los Organos de Control Institucional" para el ano 2004, la cual establece los criterios tecnicos y procedimientos para la formulacion, aprobacion, ejecucion y evaluacion del Plan Anual de Control de los Organos de Control Institucional (OCI) de las entidades sujetas al Sistema Nacional de Control (SNC); Que, a efecto de la aprobacion de los Planes Anuales de Control de los OCI de las Entidades sujetas al SNC, la mencionada Directiva establecio en su numeral G.2 que las unidades organicas de linea de la Contraloria General de la Republica, informaran a la Gerencia de Planificacion (actual Gerencia de Planeamiento y Control) la relacion de los Proyectos del Plan Anual de Control de los OCI que cuentan con su conformidad, cuya evaluacion se realiza en terminos de su sujecion a los lineamientos de politica, asi como a los criterios y procedimientos establecidos en la Directiva y su consistencia tecnica; debiendo a su vez verificar su registro en el Sistema de Auditoria Gubernamental - SAGU, procediendo la Gerencia de Planeamiento y Control a integrar aquellos que cuenten con la conformidad correspondiente, verificar que se encuentran registrados en el SAGU y evaluar la orientacion global de los planes hacia las politicas y prioridades de control; Que, mediante las Resoluciones de Contraloria Nos 437-2003-CG, 440-2003-CG, 054-2004-CG y 101-2004CG, se aprobaron los Planes Anuales de Control de cuatrocientos treinta y nueve (439) Organos de Control Institucional que conforman el Sistema Nacional de Control; Que, conforme se senala en la Hoja de Recomendacion del visto, la Gerencia de Planeamiento y Control ha sido informada por las respectivas unidades organicas de linea competentes de la Contraloria General de la Republica, respecto a los proyectos de Planes Anuales de Control de nueve (9) Organos de Control Institucional que cuentan con su conformidad, recomendandose la aprobacion correspondiente al contar con la opinion favorable de las unidades organicas de linea y haber sido previamente registrados en el SAGU; Que, en consecuencia resulta pertinente la aprobacion de los citados proyectos de Planes Anuales de Control, en tanto constituyen documentos de gestion, cuya formulacion y cumplimiento es obligatorio por parte de los organos que conforman el Sistema Nacional de Control; En uso de las facultades previstas en los articulos 22º y 32º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar los Planes Anuales de Control 2004 de nueve (9) Organos de Control Institucional del Sistema Nacional de Control, de las entidades que se detallan en el anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion, siendo esta aprobacion complementaria a la dispuesta por las Resoluciones de Contraloria Nºs. 4372003-CG, 440-2003-CG, 054-2004-CG y 101-2004-CG.

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