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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE MAYO DEL AÑO 2004 (12/05/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 48

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G38/G33/G32/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 12 de mayo de 2004 SUNAT /G4E/G6F/G6D/G62/G72/G61/G6E/G20/G45/G6A/G65/G63/G75/G74/G6F/G72/G20/G43/G6F/G61/G63/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G49/G6E/G74/G65/G6E/G2D /G64/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G4C/G69/G6D/G61 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 112-2004/SUNAT Lima, 7 de mayo de 2004 CONSIDERANDO: Que el Artículo 114º del Texto Único Ordenado del Có- digo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF y modificatorias, establece los requisitos que deberán cumplir los funcionarios de la Administración Tri-butaria para acceder al cargo de Ejecutor Coactivo; Que a fin de garantizar el normal funcionamiento de la cobranza coactiva en la Intendencia Regional Lima, resul-ta necesario efectuar el nombramiento de un Ejecutor Co- activo que se encargará de la gestión de cobranza coacti- va de dicha Intendencia; Que el trabajador propuesto ha presentado declaración jurada manifestando reunir los requisitos antes indicados; Que la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto Úni- co Ordenado del Código Tributario, establece que lo dis- puesto en el numeral 7.1 de la Ley Nº 26979, no es de aplicación a los órganos de la Administración Tributaria cuyopersonal ingrese mediante concurso público; En uso de las facultades conferidas por el inciso u) del Artículo 19º del Reglamento de Organización y Funcionesde la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002- PCM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Nombrar como Ejecutor Coactivo en- cargado de la gestión de cobranza coactiva de la Intenden- cia Regional Lima, al señor abogado Julio César Rodrí- guez Cuadros. Regístrese, comuníquese y publíquese. NAHIL LILIANA HIRSH CARRILLO Superintendente Nacional 08909 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G69/G63/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65 /G62/G61/G73/G65/G20/G64/G65/G20/G64/G61/G74/G6F/G73/G20/G4F/G52/G41/G43/G4C/G45/G20/G79/G20/G72/G65/G6E/G6F/G76/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G73/G6F/G70/G6F/G72/G74/G65/G2C/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G61/G64/G6A/G75/G64/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6D/G65/G2D/G6E/G6F/G72/G20/G63/G75/G61/G6E/G74/GED/G61 ACUERDO DE CONCEJO Nº 117 Lima, 6 de mayo de 2004 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 6 de mayo de 2004, CARTA Nº 136-2004-DMA-MML el Informe Nº 375-2004-MML-OGAJ de la Dirección General de Asun- tos Jurídicos, Memorando Nº 082-2004-DI/MML, InformeNº 003-2004-DI/MML., de la Dirección de Informática, Car- ta Nº 128-2004-OASA-DMA/MML e Informe Nº 2004-04- 009-MML/DMA-OGF, de la Oficina General de Finanzas,respecto a la Exoneración del proceso de selección para la adquisición del bien mueble Licencia de Base de Datos Oracle y Renovación del Soporte", considerado insustitui-ble por la Dirección de Informática debido a que la Municipalidad ha venido desarrollando desde hace siete años todas la aplicaciones sobre esta plataforma de basede datos, que como proveedor único en el Perú ofrece "Sis- tema Oracle del Perú S.A. CONSIDERANDO:Que, con Memo Nº 346-2004-GM/MML la Gerencia Municipal remite Carta Nº 136-2004-MML/DMA de laDirección Municipal Administrativa mediante el cual co- munica que se está solicitando la Adquisición de "Li- cencia de Base de Datos ORACLE y Renovación delSoporte" vía EXONERACIÓN de proceso de selección, para cuyo efecto adjunta el expediente elaborado en el contexto de que para dicha adquisición es aplicable lodispuesto en el Art. 19º inciso f) del Texto Único Orde- nanza de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobada por D.S. Nº 012-2001-PCM, que es-tablece que se encuentran exonerados del respectivo proceso de selección "cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos"; Que, como sustento del requerimiento, con Cartas Nºs. 071 y 128-2004-OASA-DMA/MML, la Oficina de Abaste- cimiento y Servicios Auxiliares manifiesta, de acuerdo a loindicado en el Informe Legal Nº 375-2004-MML/OGAJ de la Oficina General de Asuntos Jurídicos y en el Informe Técnico Nº 003-2004-DI/MML emitido por la Dirección deInformática de la Dirección General de Planificación am- pliando el sustento técnico para la adquisición de la Licen- cia de Base de Datos Oracle y Renovación del Soporte,que para llevar a cabo dicho proceso, bajo la premisa que Sistema Oracle del Perú S.A. es el único posible proveedor en el mercado local de este bien insustituible, es necesarioacogerse al procedimiento de Exoneración de Proceso de Selección, teniendo en cuenta que para dicha adquisición es aplicable lo dispuesto en el Art. 19º inciso f) del TextoÚnico Ordenanza de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado, aprobada por D.S. Nº 012-2001-PCM, que establece que se encuentran exonerados del respecti-vo proceso de selección "cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos". De igual manera se informa que el monto referencia para la adquisición antes mencionada, alque se le ha aplicado el descuento especial ofrecido, as- ciende a US$ 42,536.49 dólares con un equivalente de S/. 148,877.72 nuevos soles al tipo de cambio de S/. 3.50, co-rrespondiendo a un proceso de selección de Adjudicación Directa Pública tal como lo señala el Artículo 22º de la Ley Nº 28128 - Ley de Presupuesto del Sector Público para elaño fiscal 2004; Que asimismo, la Dirección de Informática como órga- no técnico, en su Informe Nº 003-2004-DI/MML, indica, enbase al informe de Gartner (Empresa Consultora Ameri- cana de Mercado Informático) de enero de 2004, que Ora- cle es líder indiscutible del mercado global de venta de li-cencias de bases de datos que tiene una facturación del 49.9% frente a un 18.6% de IBM y 18.3% de Microsoft, además que la Municipalidad desde hace siete años havenido desarrollando todas sus aplicaciones sobre esta plataforma de base de datos, contando actualmente con 80 licencias de Oracle que no cubren la real cantidad deusuarios (ahora 400 usuarios), situación que la hace in- sustituible, por lo que se propone como conclusión la ne- cesidad de adquirir las licencias de Oracle con el soporterespectivo, que comprende, Renovación del Soporte con Oracle (soporte Técnico), Adquisición de nuevas Licencias en la modalidad de procesador que permite conectar usua-rios en forma ilimitada y el descuento especial de US$ 15,000.00 que nos ofrece la Corporación Oracle hasta el 31 de marzo 2004 (que ha sido extendida hasta el 30 deabril del 2004, tal como se indica en el Oficio Nº007-2004- DI/MML); Que, igualmente indica que el sistema ofrece las siguien- tes ventajas competitivas: a) Desaparecer la barrera en la escalabilidad y minimizar la capacidad informática no utili- zada; b) Aumentar sin límites la capacidad del proceso,utilizando clusters (aumento de computadores) sin necesi- dad de realizar cambios en sus aplicaciones; c) Minimizar el tiempo de recuperación, ya sea por fallas de sistemas,errores humanos o mantenimiento; d) seguridad para la información más valiosa, protección de la privacidad del usuario, escalando fácilmente a millones de usuarios; e)aumento de la productividad mediante prestaciones como auto tuning, auto-corrección y auto-gestión; f) Más inteli- gencia de Negocios con prestaciones preinstaladas deanalítica avanzada; g) gestión de contenidos y archivos de internet fácil y eficiente; h) Rápido desarrollo de aplicacio- nes en el mejor entorno integrado de programación;