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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE MAYO DEL AÑO 2004 (17/05/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 27

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G38/G36/G33/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 17 de mayo de 2004 vicios celebrados con personas naturales o jurídicas, cuan- do para dicha contratación se haya tenido en cuenta comorequisito esencial a la persona del locador, ya sea por suscaracterísticas inherentes, particulares y esenciales o porsu determinada calidad, profesión, ciencia, arte u oficio;señalándose, además, que para efectos de la exoneracióndel proceso de selección, éste deberá ser decidido me-diante Acuerdo de Concejo y previo a ello los órganos ad-ministrativos deben haber cumplido con realizar la evalua-ción respectiva para proponerlo a la Sesión de Concejorespectiva, como un servicio de carácter personalísimoproponiéndose, a la vez la persona natural o jurídica quedeberá prestarlo, atendiendo a sus características y cuali-dades inherentes; Que, con Informe Nº 101-2003-MDSR/DDU de fecha 22 de julio del 2003, la División de Desarrollo Urbano da cuentahaber realizado inspecciones preliminares encontrando quela Empresa Telefónica S.A.A. tendría unos 564 postes insta-lados dentro de nuestro distrito sin autorización, y, por nocontar con los recursos técnicos competentes y especiali-zados para hacer un levantamiento real opinan se contrateuna persona natural o jurídica con conocimiento especiali-zado y que, la inversión que se efectúe debe ser un porcen-taje no mayor del 30% de la recaudación a obtener; Que, mediante Informe Nº 015-2004-MDSR/D.M. de la Dirección Municipal, se establece que en el caso de laEmpresa Telefónica (entendiéndose que incluye a las otrasdescritas), se prueba la existencia de usuarios de bienesde dominio y uso público sin autorización; por lo que es deopinión se contrate a una persona natural o jurídica espe-cializada en estas materias, que se encargue de imple-mentar un programa de fiscalización tributaria y de cobran-zas de tributos atrasados, con el objeto de incrementar larecaudación tributaria y determinación de deudas adminis-trativas; siendo que este servicio debe estar orientado adeterminar posibles omisiones, evasiones tributarias y ad-ministrativas, recuperación de tributos atrasados, sancio-nes tributarias y administrativas de los grandes contribu-yentes, lo que constituiría ingresos adicionales para elMunicipio que a la fecha se encuentran indeterminados yque además no se encuentran presupuestados; Que, el referido informe de la Dirección Municipal ex- presa que tomándose en cuenta el marco de la reservatributaria, el desarrollo de los procedimientos y la aplica-ción de los conocimientos en materia tributaria y adminis-trativa para la ejecución de dicho servicio, la persona pres-tadora está comprendida en el carácter de servicios per-sonalísimos, por lo que se sigue a lo estipulado en el artí-culo 111º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, en el mencionado informe se propone se apruebe la exoneración del Proceso de Concurso Público para lacontratación de los servicios de fiscalización selectiva enmateria tributaria y administrativa, recuperación de tribu-tos atrasados y determinación de sanciones tributarias yadministrativas conforme a lo solicitado por la Oficina deRentas; se considere a estos servicios como de carácterpersonalísimo y de acuerdo al proceso de selección lleva-do a cabo por dicha Dirección, se propone se autorice laContratación de la Empresa Water Fall S.A.C. (WF s.a.c.);según documentación presentada, inscrita en el Libro deSociedades Comerciales de los Registros Públicos de Lima,Partida Nº 11624490, RUC Nº 20508139081, y con domi-cilio legal en Chancay 262 - "C", Santa Marina - Callao,para brindar los referidos servicios, requeridos; Estando a los informes referidos, y, a la propuesta for- mulada por la Dirección Municipal, y atendiendo, además,a los currículums vitae que se pone a la vista; del que seaprecia que la propuesta formulada por el señor DirectorMunicipal se halla fundada, toda vez que de dicha docu-mentación se aprecia que la empresa propuesta ha venidoprestando los servicios para los que se propone se contra-te en distintas municipalidades del país; con lo que garan-tizaría un eficiente y óptimo cumplimiento del servicio re-querido a prestar, reuniendo las características de locadorpara asumir prestación de servicios personalísimos y en-cuadrándose dentro de los presupuestos establecidos delartículo 111º del ya referido Reglamento de la Ley de Con-trataciones y Adquisiciones del Estado; Por estos fundamentos, de conformidad con las faculta- des conferidas por la Ley Orgánica de MunicipalidadesNº 27972, por unanimidad, con dispensa del trámite de lec-tura y aprobación de Acta, el Concejo Distrital de SantaRosa; ACORDÓ: Artículo Primero.- CONSIDERAR la prestación de los servicios de Fiscalización Selectiva, Asesoría, Procu-raduría y Gestión de Cobranzas en materia tributaria y administrativa, recuperación de tributos atrasados y de-terminación de sanciones tributarias y administrativasconforme a lo solicitado por la Oficina de Rentas con el objeto de incrementar la recaudación tributaria y deter-minación de deudas administrativas, como de carácterpersonalísimo. Artículo Segundo.- APROBAR, la exoneración del Proceso de Selección correspondiente a la contrataciónde los servicios de una persona natural o jurídica para laFiscalización Selectiva, Asesoría, Procuraduría y Gestiónde Cobranzas en materia tributaria y administrativa, recu-peración de tributos atrasados y determinación de sancio-nes tributarias y administrativas fiscalización respecto alos grandes contribuyentes, en especial de las instalacio-nes que se encuentran operando sin autorización dentrode nuestro distrito por las Empresas Edelnor S.A.A., Tele-fónica S.A.A., y por la instalación de redes de agua y des-agüe por Sedapal, directamente o por medio de Contratis-tas de Obras y/o Servicios. Artículo Tercero.- AUTORIZAR a la Oficina de Administración la Contratación con la exoneración delProceso de Selección correspondiente a la EMPRESAWater Fall S.A.C. (WF s.a.c.), para brindar los serviciosde Fiscalización Selectiva, Asesoría, Procuraduría y Ges-tión de Cobranzas en materia tributaria y administrativa,recuperación de tributos atrasados y determinación desanciones tributarias y administrativas fiscalización res-pecto a los grandes contribuyentes, en especial de lasinstalaciones que se encuentran operando sin autoriza-ción dentro de nuestro distrito por las Empresas EdelnorS.A.A., Telefónica S.A.A., y por la instalación de redes deagua y desagüe por Sedapal, directamente o por mediode Contratistas de Obras y/o Servicios y otros que deacuerdo a la autorización sea pertinente, cuidando cau-telarse y defenderse los intereses de la corporación edily del distrito, siendo que este servicio debe estar orienta-do a determinar posibles omisiones, evasiones tributariasy administrativas, recuperación de tributos atrasados,aplicación y ejecución de sanciones tributarias y admi-nistrativas a los grandes contribuyentes. Artículo Cuarto.- ESTABLECER que el valor referen- cial del costo del servicio a contratar y prestar será no mayordel 30% (treinta por ciento), más el Impuesto General a lasVentas, sobre la recaudación efectiva e ingresado a la CajaMunicipal, proveniente de la ejecución del servicio, por loque la fuente de financiamiento que demande la ejecucióndel servicio a prestar será con el financiamiento del propiocontratista. Artículo Quinto.- ENCARGAR el cumplimiento del pre- sente Acuerdo a la Dirección Municipal, Oficina de Admi-nistración, Oficina de Rentas y División de Desarrollo Ur-bano, en lo que fuere de sus competencias. Artículo Sexto.- ENCARGAR la publicación del pre- sente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano y la remi-sión de la copia certificada con los informes que susten-tan la exoneración a la Contraloría General de la Repú-blica, a la Dirección Municipal, dentro de los diez siguien-tes a su adopción, para el conocimiento y fines consi-guientes. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.LUIS GARCÍA VILLACORTA Alcalde 09301 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20 /G6E/G75/G6C/G69/G64/G61/G64/G20 /G64/G65/G20 /G61/G63/G74/G6F/G20 /G64/G65 /G6F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G62/G75/G65/G6E/G61/G20/G70/G72/G6F/G20/G65/G6E/G63/G6F/G6E/G63/G75/G72/G73/G6F/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G63/G6F/G6E/G76/G6F/G63/G61/G64/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G6D/G65/G6E/G73/G61/G6A/G65/G2D /G72/GED/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G72/G65/G76/G69/G73/G74/G61/G20/G53/G6F/G6D/G6F/G73/G20/G53/G75/G72/G63/G6F RESOLUCIÓN Nº 428-2004-RASS Santiago de Surco, 13 de mayo de 2004 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO