Norma Legal Oficial del día 17 de mayo del año 2004 (17/05/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 17 de MORDAZA de 2004

VISTO: El Informe Nº 737-2004-SGL-GA-GCAR-MSS de la Subgerencia de Logistica de fecha 23 de MORDAZA del 2004; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 028-2004-GM-MSS del 2 de febrero del 2004, la Gerencia Municipal aprobo el Concurso Publico Nº 0006-2004-MSS, sobre Contratacion del Servicio de Mensajeria de la Revista Somos Surco-2004, con un valor referencial de S/. 185,250, para el periodo de marzo a diciembre 2004 designandose al Comite Especial encargado del indicado MORDAZA de seleccion; Que, con fecha 6 de febrero 2004, mediante la Resolucion Nº 035-2004-GM-MSS, se aprobaron las Bases Administrativas y la convocatoria del MORDAZA indicado MORDAZA de Seleccion, aprobandose un MORDAZA valor referencial, esta vez de S/. 178,800.00, autorizando al Gerente de Administracion para que suscriba el contrato correspondiente; Que, con fecha 23 de marzo del presente el Comite Especial del Concurso Publico Nº 0006-2004-MSS, comunico a la Gerencia Municipal que el 22 del mismo mes se habia evaluado las propuestas tecnicas y economicas de los postores, resultando empatadas las empresas Servicios Postales del Peru S.A. - SERPOST S.A. y Transporte Urgente de Mensajeria S.A.C.-TUMSAC., MORDAZA con 120 puntos, por lo que en aplicacion del articulo 73º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, se otorgo la Buena Pro a prorrata entre MORDAZA empresas MORDAZA senaladas, por lo que de mutuo acuerdo la empresa TUMSAC., prestaria los servicios durante los primeros 5 meses y la empresa SERPOST S.A., en los meses finales; Que, con fecha 23 de MORDAZA del 2004, la Subgerencia de Logistica expide el Informe Nº 737-2004-SGL-GA-GCARMSS, a traves del cual comunica que en la etapa de suscripcion del contrato, se ha detectado que la oferta economica de la empresa Servicios Postales del Peru S.A - SERPOST S.A., ha descendido a la suma de S/. 112,690.00, importe que equivale al 63.02% del valor referencial, por lo que estima que no podria considerarsela valida; Que, de conformidad a lo previsto en el articulo 33º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, las propuestas economicas que MORDAZA inferiores al 70% del valor referencial, en los casos de bienes y servicios, seran devueltas por el Comite teniendolas

por no presentadas, por lo que la propuesta economica presentada por SERPOST S.A., debio ser devuelta al momento de su apertura en el Acto Publico, y al haberse otorgado la Buena Pro del MORDAZA de Seleccion a dicha empresa postora, se ha incurrido en vicio de nulidad, de conformidad a lo previsto en el articulo 57º del mismo dispositivo legal; Que, de la MORDAZA expuesta sucesion de hechos, se determina con claridad y dentro de los MORDAZA normativos que informan la regulacion del Concurso Publico Nº 0006-2004MSS, que debe declararse la nulidad del acto de otorgamiento de la Buena Pro a favor de SERPOST S.A., quedando subsistente el que se otorgo a la empresa TUMSAC., postora que del merito de la nulidad perpetrada se hace acreedora de la buena pro en su integridad; Estando a lo opinado en el Informe Nº 718-2004-OAJMSS de la Oficina de Asesoria Juridica, de fecha 3 de MORDAZA del 2004, y en uso de las atribuciones establecidas en los articulos 20º numeral 6) y 43) de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar la Nulidad del Acto de Otorgamiento de la Buena Pro en el Concurso Publico Nº 00062004-MSS "Contratacion del Servicio de mensajeria de la revista Somos Surco", que se confiriera a favor de la empresa Servicios y Postales del Peru S.A.- SERPOST S.A., cuya propuesta economica se declara descalificada y conceder la Buena Pro a la empresa Transporte Urgente de Mensajeria S.A.C. - TUMSAC., en su integridad, con la misma que la Municipalidad debe suscribir el Contrato correspondiente. Articulo Segundo.- De conformidad con el articulo 26º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los cinco (5) dias siguientes a su expedicion. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Administracion el cumplimiento de la presente Resolucion. Articulo Cuarto.- Notificar la presente Resolucion a las partes interesadas. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MARTINELLI FREUNDT MORDAZA MORDAZA Encargado de la Alcaldia 09236

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DIARIO OFICIAL
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE DECLARACIONES JURADAS
Se comunica a los organismos publicos que, para efecto de la publicacion en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Publicos del Estado, se debera tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicacion se efectuara mediante oficio dirigido al Director del Diario Oficial El Peruano y las declaraciones juradas deberan entregarse selladas y rubricadas en original por un funcionario de la entidad solicitante. 2. La publicacion se realizara de acuerdo al orden de recepcion del material y la disponibilidad de espacio que hubiere en las diversas secciones del diario. 3. La documentacion a publicar se enviara ademas al siguiente correo electronico: dj@editoraperu.com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la version electronica es identico al del material impreso que se adjunta. 4. Las declaraciones juradas deberan trabajarse en Excel. Si se hubiere utilizado el formato de la Seccion MORDAZA aprobada por Decreto Supremo N°. 080-2001-PCM, se presentara en dos columnas, una linea por celda. 5. La informacion se guardara en una sola hoja de calculo, colocandose una declaracion jurada debajo de otra.

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