Norma Legal Oficial del día 21 de mayo del año 2004 (21/05/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 81

MORDAZA, viernes 21 de MORDAZA de 2004

PROYECTO

Pag. 268867
II. EXPOSICION DE MOTIVOS REVISION DE TARIFAS MAXIMAS DEL TERMINAL PORTUARIO DE MATARANI

trados de mineral, que brinda el Concesionario del Terminal Portuario de Matarani, Terminal Internacional del Sur S.A. (TISUR), por el merito del Contrato de Concesion para la Construccion, Conservacion y Explotacion del Terminal Portuario de Matarani. Articulo 4º.- Establecer que de la aplicacion del valor del Factor de Productividad y del promedio de la variacion del Indice de Precios al Consumidor de los Estados Unidos de MORDAZA (IPCUSA) en el periodo 1999-2003, las Tarifas Maximas de los servicios a que se refiere el articulo precedente, para el periodo comprendido entre el 17 de agosto de 2004, al 16 de agosto de 2005; se aplicara una reduccion en las Tarifas Maximas, ascendente a - 1.93% (menos 1 y 93/100 puntos porcentuales). Cada ano, OSITRAN establecera el ajuste tarifario correspondiente, en funcion del valor del Factor de Productividad y de la variacion del IPCUSA que se registre en el ano anterior. Articulo 5º.- Establecer los nuevos niveles de Tarifas Maximas aplicables a los servicios que presta la empresa concesionaria TERMINAL INTERNACIONAL DEL SUR S.A., que estan en regimen de regulacion, de acuerdo a lo establecido en el Anexo Nº 1 de la presente Resolucion. Articulo 6º.- Establecer que el valor del Factor de Productividad establecido en el Articulo 3º de la presente Resolucion, tendra una vigencia de cinco (5) anos, contados a partir de 17 de agosto de 2004. Articulo 7º.- Aprobar la Exposicion de Motivos correspondiente, la misma que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 8º.- Establecer que la empresa concesionaria puede establecer libremente tarifas menores a las fijadas como Tarifas Maximas, por los servicios que presta, sujetos a regimen de regulacion. Asimismo, establecer que, de conformidad con la Clausula 6.1 del Contrato de Concesion, Terminal Internacional del Sur S.A. debera ajustar las Tarifas y cualquier otra obligacion pecuniaria de los clientes, unicamente despues de haber notificado por escrito a OSITRAN de dicho ajuste, con al menos treinta (30) dias calendario de anticipacion. Asimismo, la empresa concesionaria debera cumplir con el Procedimiento de Aplicacion de Tarifas aprobado por OSITRAN, con la finalidad poner de conocimiento de los usuarios las tarifas que establezca. Articulo 9º.- Establecer que el incumplimiento a las obligaciones contempladas en los articulos precedentes sera sancionado de conformidad con el Reglamento de Infracciones y Sanciones. Articulo 10º.- Autorizar al Presidente del Consejo Directivo efectuar la publicacion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina Web del OSITRAN de la presente Resolucion. Comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA CHIANG Presidente del Consejo Directivo Anexo Nº 1 Tarifas Maximas por Servicios sujetos a regulacion tarifaria que se presta en el Terminal Portuario de Matarani (en US$ Dolares Americanos)
Concepto Servicios a la nave
Amarre y desamarre Uso de amarradero

1. ANTECEDENTES El Terminal Portuario de Matarani (TPM) fue entregado en concesion en agosto de 1999 por un periodo de 30 anos a la empresa Terminal Internacional del Sur S.A. (TISUR). El Contrato de Concesion establece un regimen de tarifas maximas (Clausula 6.1 y Anexo 6.1), por el cual TISUR puede cobrar por los servicios portuarios que presta tarifas menores al tope establecido por el contrato. Las clausulas tarifarias del Contrato de Concesion fijan por 5 anos la estructura, la unidad de cobro y el nivel tarifario MORDAZA para un conjunto de servicios a la nave y a la carga que se encuentran bajo regulacion. Transcurridos los primeros 5 anos de la concesion corresponde a OSITRAN llevar a cabo la revision de oficio de tarifas maximas del TPM. Si bien durante el primer quinquenio de la concesion las tarifas maximas no se modifican, el contrato permite, bajo algunas circunstancias, aplicar tarifas maximas mayores cuando se acredita un mayor rendimiento efectivo en el servicio de descarga de granos. Asi, en diciembre de 2003, OSITRAN autorizo la aplicacion de la tarifa MORDAZA que el contrato establece por el servicio de uso de muelle para descarga de granos con sistema de MORDAZA absorbentes cuando los rendimientos son iguales o mayores a 400 TM/hora. Adicionalmente, en enero de 2004, OSITRAN fijo de manera unica y excepcional la tarifa por embarque de pasajeros. La experiencia sobre revisiones de tarifas maximas en servicios portuarios mediante la aplicacion del factor de productividad es muy limitada en el ambito internacional (se limita a Australia). Las experiencias se han concentrado en los servicios aeroportuarios (Reino Unido y Australia). Sin embargo, es habitual en otros servicios publicos como telecomunicaciones y electricidad. La primera experiencia sobre revision de tarifas maximas mediante la aplicacion del factor de productividad en el Peru fue realizada por OSIPTEL1 en el 2001, MORDAZA que no estuvo exento de criticas. Esta experiencia ha sido tomada en cuenta en el desarrollo del presente informe. El MORDAZA de revision de tarifas maximas del TPM de oficio se inicio en enero de 2004. El cronograma de actividades fue publicado en la pagina Web de OSITRAN. Sin ser obligatorio, por tratarse de un procedimiento de oficio, el 16 de marzo de 2004 la empresa concesionaria presento su propuesta tarifaria. El MORDAZA de revision de tarifas maximas a cargo de OSITRAN viene recibiendo el apoyo del Proyecto CRECER2 a traves del financiamiento de servicios de consultoria sobre los aspectos metodologicos y la determinacion del factor de productividad para el TPM, que tiene como objetivo contribuir a la credibilidad del MORDAZA y a perfeccionar la propuesta tarifaria de OSITRAN. El MORDAZA de revision comprende la prepublicacion del presente informe para recibir comentarios, observaciones y aportes (mayo), que se complementara con una audiencia publica en la region donde se ubica el TPM (junio). Concluido el MORDAZA de consultas, e incorporados los aportes relevantes, el Consejo Directivo de OSITRAN procedera en el mes de MORDAZA a la aprobacion de la propuesta final.

Unidad de cobro

Tarifa MORDAZA Propuesta

Por cada operacion Metro de eslora x hora

196.00 0.64

Servicios a la carga: uso de muelle
Carga fraccionada Carga rodante Carga granel solido - granos rendimiento >400 TM/H Carga granel solido - granos rendimiento < 400 TM/H Carga granel solido - concentrados Carga granel liquido

Tonelada metrica Tonelada metrica Tonelada metrica Tonelada metrica Tonelada metrica Tonelada metrica

3.50 49.00 4.20 2.50 2.45 0.70

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Organismo Supervisor de la Inversion en Telecomunicaciones. Creando Condiciones para una Revitalizacion Economica en el Peru, proyecto financiado por USAID Peru.

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