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PÆg. 279676 NORMAS LEGALES Lima, jueves 4 de noviembre de 2004 zar su adecuado desarrollo, ni niveles mínimos acepta- bles de calidad en la formación profesional que se preten-de impartir en las carreras profesionales propuestas; Estando a lo expuesto, en concordancia con el literal a) del artículo 2º de la Ley Nº 26439; el Estatuto; losartículos 23º inciso d), 24º y 25º del Reglamento para la Autorización de Funcionamiento de Nuevas Universida- des; el Acuerdo Nº 235-2004-CONAFU del 14 de octu-bre del 2004; y en uso de las facultades conferidas por el literal c) del artículo 20º del Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Artículo 1º.- NO APROBAR el Proyecto de Desarro- llo Institucional presentado por la Promotora Empresa Edu- cativa Simón Bolívar S.A.C, para la Universidad Peruana Simón Bolívar, de conformidad con lo dispuesto en el lite-ral d) del artículo 23º del Reglamento para la Autorización de Funcionamiento de Universidades, por contener defi- ciencias muy importantes que no permiten garantizar suadecuado desarrollo, ni niveles mínimos aceptables de calidad en la formación profesional que se pretende im- partir en las carreras profesionales propuestas. Artículo 2º.- NO AUTORIZAR el Funcionamiento Pro- visional de la Universidad Peruana Simón Bolívar, con sede en la ciudad y departamento de Lima, presentadopor la Promotora Empresa Educativa Simón Bolívar S.A.C. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.RICARDO NUGENT LÓPEZ-CHAVES Presidente 19809 ONPE Designan funcionarios responsables de remitir ofertas de puestos pœblicos dela ONPE al Programa CIL Proempleodel Ministerio de Trabajo y Promocióndel Empleo OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 272-2004-J/ONPE Lima, 2 de noviembre de 2004 VISTOS; el Memorándum Nº 1303-2004-GAF/ONPE, del 2 de noviembre de 2004, de la Gerencia de Adminis- tración y Finanzas, referido a la designación del funcio- nario responsable de remitir las ofertas de empleo de laOficina Nacional de Procesos Electorales al Programa Red Cil Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, en cumplimiento de lo establecido en el De-creto Supremo Nº 012-2004-TR; CONSIDERANDO: Que, el artículo 21º de la Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, Nº 26487 dispone que los puestos de trabajo sean permanentes o temporales, serán cubiertos por concursos público, salvo aquelloscalificados de confianza conforme a las leyes vigentes; Que, el artículo 1º de la Ley para la Transmisión Radial y Televisiva de Ofertas Laborales, Nº 27736,dispone que el Instituto de Radio y Televisión del Perú mediante Radio Nacional del Perú y a través de Ca- nal 7 programará en horario que considere conve-niente su Directorio, avisos de servicio público en los que se ofrezcan puestos de trabajo públicos y privados, norma que tiene por objeto garantizar ypromover la igualdad de oportunidades y la transpa- rencia en el acceso a los puestos de trabajo del sec- tor público y privado; Que, conforme a lo establecido en el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 012-2004-TR, a efectos de darcumplimiento a la norma referida en el párrafo anterior, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, a travésde su programa "Red CIL Proempleo", proporcionará diariamente al Instituto de Radio y Televisión del Perú la información vinculada con la oferta de trabajo del sectorpúblico y privado, la misma que será difundida por Canal 7 y Radio y Televisión del Perú, en el horario que dispon- ga dicha entidad; Que, en el artículo 2º del mencionado Decreto Supre- mo se dispone que todo organismo público y empresa del Estado está obligada a remitir al Programa Red CILProempleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo las ofertas de puestos públicos que tengan pre- visto concursar, estando excluidas de esta obligaciónde concursar y remitir las ofertas, los puestos clasifica- dos como de confianza conforme a las reglas de la nor- matividad pública vigente; Que, asimismo, de conformidad con el último párrafo del artículo 2º del citado Decreto Supremo, los organis- mos públicos y empresas del Estado, designarán al fun-cionario responsable de remitir las ofertas de empleo de la entidad, designación que deberá realizarse mediante resolución del titular de la entidad publicada en el DiarioOficial El Peruano; Que, en concordancia con las disposiciones antes ex- puestas, es necesario proceder a la designación del fun-cionario a cargo de la remisión de las ofertas de empleo que se generen en la Oficina Nacional de Procesos Electo- rales, así como al correspondiente funcionario suplente; En uso de las facultades conferidas en el artículo 13º de la Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, Nº 26487, el literal u) del artículo 9º del Re-glamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 051-2004- J/ONPE, modificado por Resolución Jefatural Nº 201-2004-J/ONPE, sustituido por Resolución Jefatural Nº 252-2004-J/ONPE; Con el visto bueno de la Gerencia de Asesoría Jurídi- ca; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Designar a la señora Rosario Ana María Castro Salinas, Subgerente de Recursos Huma-nos de la Gerencia de Administración y Finanzas, como responsable titular de remitir las ofertas de puestos pú- blicos de la Oficina Nacional de Procesos Electorales alPrograma Red CIL Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Artículo Segundo.- Designar al señor Jorge Giral- do Liza, Subgerente de Logística de la Gerencia de Admi- nistración y Finanzas, como responsable suplente de remitir las ofertas de puestos públicos de la Oficina Na-cional de Procesos Electorales al Programa Red CIL Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento del Minis- terio de Trabajo y Promoción del Empleo el contenido de la presente resolución jefatural. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO TUESTA SOLDEVILLA Jefe 19839 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL Autorizan a procurador iniciar accio- nes legales a presuntos responsablesde la comisión de delitos contra la fepœblica y la familia RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 546-2004-JEF/RENIEC Lima, 24 de setiembre de 2004