Norma Legal Oficial del día 04 de noviembre del año 2004 (04/11/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 4 de noviembre de 2004

VISTA: La Nota de Elevacion Nº 484-2004-MTC/20 del Director Ejecutivo del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL; CONSIDERANDO: Que, con Informe Nº 058-2004-MTC/20-GAL.DCR, del 17 de agosto del 2004, la Gerencia de Asuntos Legales de PROVIAS NACIONAL recomienda autorizar al Procurador Publico Ad Hoc encargado de los Asuntos Judiciales de PROVIAS NACIONAL para ejercitar la acciones legales correspondientes en contra del MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA, por haber causado danos a la Unidad de Peaje de MORDAZA y haber procedido al cobro ilegal de peaje; Que, segun Certificacion de Denuncia, del 31 de MORDAZA del 2004, emitida por la Comisaria Distrital de MORDAZA, en tal fecha se constato que a la altura del Peaje de MORDAZA, a la salida del Balneario de Las MORDAZA, vehiculos y personal de la Municipalidad Distrital de MORDAZA demolieron una vereda de concreto de 15 x 1.7 x 0.25 mts. ubicada aproximadamente 35 mts de la linea central de la Carretera Panamericana Sur, valorizada en la suma de S/. 1 343,75 (Mil Trescientos Cuarenta y Tres y 75/100 Nuevos Soles), obra que habia sido construida por PROVIAS NACIONAL para a la instalacion de un peaje destinado a evitar la evasion del pago del peaje de Chilca; Que, mediante Oficio Nº 549-2004-MTC/20, de fecha 17 de junio del 2004, el Director Ejecutivo de PROVIAS NACIONAL solicito al MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA el resarcimiento de los danos ocasionados al patrimonio del Estado, por la destruccion de la obra referida en el punto anterior; Que, segun MORDAZA Certificada de Denuncia del 9 de agosto del 2004, suscrita por el Comisario Distrital de MORDAZA, personal policial de dicha Comisaria constato que a la altura del Kilometro 68 de la Carretera Panamericana Sur, se encontraba el Inspector de Servicios Comunales de la Municipalidad de MORDAZA, junto con tres servidores contratados de dicha area, en una caseta ubicada a la salida de la localidad de Las MORDAZA, efectuando un cobro de S/. 5.00 nuevos soles por vehiculo a los conductores que salian hacia la Carretera Panamericana Sur, cumpliendo ordenes impartidas por el MORDAZA del distrito, a traves del Director de Servicios Comunales; Que, mediante Decreto Supremo Nº 033-2002-MTC, del 12 de MORDAZA del 2002, se creo el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL como Unidad Ejecutora del Pliego del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, encargado de las actividades de preparacion, gestion, administracion y ejecucion de proyectos de infraestructura de transporte relacionada a la Red Vial Nacional, asi como, de la planificacion, gestion y control de actividades y recursos economicos que se emplean para el mantenimiento y seguridad de las carreteras y puentes de la Red Vial Nacional; Que, de conformidad con el literal q) del articulo 10º del Texto Unico Ordenado del Reglamento de Organizacion y Funciones del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, aprobado por Resolucion Directoral Nº 218-2002-MTC/20, modificado por Resoluciones Ministeriales Nºs. 299-2003-MTC/02 y Nº 7672003-MTC/01, es funcion de la Direccion Ejecutiva, autorizar la apertura y desactivacion de las Unidades de Peaje, asi como delimitar su ambito geografico de accion; Que, el Informe Nº 058-2004-MTC/20-GAL-DCR, de fecha 17 de agosto del 2004, de la Gerencia de Asuntos Legales del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, concluye que el MORDAZA Distrital de MORDAZA habia causado danos al patrimonio del Estado, asi como un perjuicio economico en agravio de PROVIAS NACIONAL al efectuar cobros ilegales por concepto de peaje, por lo que se debe autorizar al Procurador Publico Ad Hoc encargado de los asuntos judiciales de Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL para que en nombre y representacion del Estado inicie y culmine las acciones legales que correspondan para defender los intereses y derechos del Estado a traves del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru establece que la defensa de los intereses del Estado esta a cargo de los Procuradores Publicos; Que, el articulo 2º del Decreto Ley Nº 17537 senala que los Procuradores Publicos tienen plena representa-

cion del Estado en juicio y ejercitan su defensa en todos los procesos y procedimientos en los que actue como demandante, demandado, denunciante o parte civil; Que, el articulo unico del Decreto Ley Nº 17667 establece que, para demandar y/o formular denuncias a nombre del Estado es necesaria la expedicion previa de la Resolucion Ministerial autoritativa; Que, el articulo 26º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC, establece como una de las funciones de la Procuraduria Publica, la de representar y defender los derechos e intereses del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y de los Organos del Sector ante los Organos Jurisdiccionales; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 081-2003JUS, se designo al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Procurador Publico Ad Hoc, para que asuma la representacion y defensa de los derechos e intereses del Estado en los procesos judiciales iniciados y por iniciarse relacionados al Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL; Que, a traves de la Resolucion Suprema Nº 1262003-JUS se ampliaron las facultades conferidas al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con Resolucion Suprema Nº 081-2003-JUS, para que en su calidad de Procurador Publico Ad Hoc, asuma la representacion y defensa de PROVIAS NACIONAL, en los procesos y procedimientos en que se ventilen sus derechos e intereses; Que, corresponde autorizar al Procurador Publico Ad Hoc a cargo de los asuntos judiciales del PROVIAS NACIONAL, PROVIAS DEPARTAMENTAL y PROVIAS RURAL, para que inicie y culmine las acciones legales correspondientes contra los que resulten responsables de los hechos MORDAZA expuestos, en salvaguarda de los intereses del Estado; De conformidad con el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru; los Decretos Leyes Nºs. 17537 y 17667; la Ley Nº 27791 y las Resoluciones Supremas Nºs. 0812003-JUS, 126-2003-JUS y 050-2004-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico Ad Hoc a cargo de los asuntos judiciales del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Departamental - PROVIAS DEPARTAMENTAL y del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Rural - PROVIAS RURAL para que, en representacion y defensa de los intereses del Estado, inicie, impulse y culmine las acciones legales que correspondan contra los que resulten responsables de los hechos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial, asi como los antecedentes del caso al mencionado Procurador Ad Hoc, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 19801

PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Aprueban realizacion de diversos eventos en el mes de noviembre, con motivo de la celebracion del 180º Aniversario de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 359-2004-P-CSJLI/PJ MORDAZA, dos de noviembre del 2004

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