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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2004 (04/11/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 40

PÆg. 279686 NORMAS LEGALES Lima, jueves 4 de noviembre de 2004 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27736, Ley para la Transmisión Radial y Televisiva de Ofertas Laborales, dispone que el Institu- to de Radio y Televisión del Perú mediante Radio Nacio-nal del Perú y Canal 7, programará en horario que consi- dere conveniente su Directorio, avisos de servicio públi- co en los que se ofrezcan puestos de trabajo públicos yprivados; Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2004-TR se dispuso que el Ministerio de Trabajo y Promoción delEmpleo, a través de su programa “Red CIL Proempleo” proporcionará diariamente al Instituto de Radio y Televi- sión del Perú la información vinculada con la oferta detrabajo del sector público y privado, a efectos del cumpli- miento del artículo 1º de la Ley Nº 27736, la misma que será difundida por el Canal 7 y Radio y Televisión delPerú, en el horario que disponga dicha entidad; Que, asimismo el acotado Decreto Supremo estable- ce que todo organismo público y empresa del Estadoestá obligada a remitir al Programa Red Cil Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, las ofertas de puestos públicos que tengan previsto concur-sar, disponiéndose que dichas entidades a través de su titular, deberá designar mediante Resolución, al funcio- nario responsable de remitir las referidas ofertas delempleo, la misma que será publicada en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) días hábiles siguien- tes a la entrada en vigencia de dicha norma; Que, en tal sentido, con el fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la norma anteriormente referida, resulta necesario designar al funcionario de la Oficina de Nor-malización Previsional (ONP), que será responsable de remitir las ofertas de empleo de esta entidad al Progra- ma Red Cil Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promo-ción del Empleo; En uso de las facultades contenidas por el Estatuto de la Oficina de Normalización Previsional aprobado porDecreto Supremo Nº 61-95-EF, elevado a rango de Ley a través del artículo 17º de la Ley Nº 26504 y en mérito a la designación señalada en la Resolución Suprema Nº018-2004-EF; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar a la Sra. LOURDES ESCO- BEDO ORTEGA DE RÍOS, Jefe de la División de Recur-sos Humanos de la Gerencia de Administración de la Oficina de Normalización Previsional – ONP, como responsable de remitir las ofertas de empleo de estaentidad al Programa Red Cil Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, conforme lo dispone el Decreto Supremo Nº 012-2004-TR. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER BERNARDO PENNY PESTANA Jefe 19802 Autorizan contratación de empresa me- diante proceso de menor cuantía paraprestar servicio de anÆlisis e informa-ción especializada en tiempo real rela- tiva a sectores económico y financiero RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 128-2004-JEFATURA/ONP Lima, 28 de octubre de 2004 VISTO: El Informe Nº 009-2004-GI/ONP de fecha 23 de se- tiembre de 2004, emitido por la División de InversionesFinancieras de la Gerencia de Inversiones de la Oficina de Normalización Previsional, mediante el cual se solici- ta la exoneración del Concurso Público para contratar elservicio de análisis e información especializada en tiem- po real relativa a los sectores económico y financierointernacionales, por tratarse de un servicio que no admi- te sustituto; CONSIDERANDO: Que, el inciso f) del Artículo 19º del Texto Único Or- denado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que la contratación de servicios que no admiten sustitutos se encuentra exonerada de los procesos de Licitación Pública, Concurso Público oAdjudicación Directa, según sea el caso, correspondien- do contratar dichos servicios mediante una Adjudica- ción de Menor Cuantía; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 20º de la Ley en mención, todas las exoneraciones, sal- vo la prevista en el inciso d) del Artículo 19º, se aproba-rán mediante Resolución del Titular de la Entidad, la mis- ma que requiere de un informe técnico-legal previo; Que, asimismo la disposición acotada en el conside- rando precedente, señala que dicha Resolución deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, excepto en los casos a que se refiere el inciso d) del Artículo 19º dela Ley, remitiéndose copia de la misma y el informe téc- nico-legal que la sustenta a la Contraloría General de la República, bajo responsabilidad del Titular del Pliego,dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de su aprobación; Que, mediante el Informe Nº 009-2004-GI/ONP de fecha 23 de setiembre de 2004, la División de Inversio- nes Financieras comunica la necesidad de contratar por un período de dos (02) años, el servicio de análisis einformación especializada en tiempo real relativa a los sectores económico y financiero internacionales, y que en el Perú sólo es ofrecido por la empresa Bloomberg L.P., la única proveedora que brinda este tipo de servicios en el ámbito de nuestro territorio nacional. En dicho do- cumento se menciona que el valor referencial para lacontratación del referido servicio en el período en men- ción, asciende a la suma de US$ 52,836.00 (Cincuenta y Dos Mil Ochocientos Treinta y Seis y 00/100 DólaresAmericanos), incluido el IGV y el Impuesto a la Renta de los Proveedores No Domiciliados; Que, por lo expuesto, en el presente caso al produ- cirse una situación enmarcada en los términos estable- cidos en el inciso f) del Artículo 19º del Texto Único Or- denado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012- 2001-PCM, por tratarse de un servicio que no admite sustituto, resulta procedente autorizar la contratacióndel referido servicio mediante el proceso de Menor Cuan- tía, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 20º de la norma acotada y según el procedimiento que determi-nan los Artículos 105º y 116º de su Reglamento; Que, mediante el Informe Nº 176-2004-GL.AL.24/ONP, la Gerencia Legal considera que resulta procedente laexoneración del Concurso Público para contratar el ser- vicio de análisis e información especializada en tiempo real relativa a los sectores económico y financiero inter-nacionales, en virtud que ésta se encuentra enmarcada dentro del presupuesto establecido en el inciso f) del artículo 19º del acotado Texto Único Ordenado; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, la Directiva Nº 011-2001- CONSUCODE/PRE, aprobada por Resolución Nº 118-2001-CONSUCODE/PRE, y en uso de las facultades conferidas por la Resolución Suprema Nº 018-2004-EF; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la exoneración del Pro- ceso de Concurso Público, al haberse configurado la causal a que se refiere el inciso f) del Texto Único Orde- nado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, para contratar a la empresa Bloomberg L. P., a fin de que brinde el servicio de análisis e información especializada en tiempo real relativa a los sectores eco-nómico y financiero internacionales, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Re- solución.