Norma Legal Oficial del día 04 de noviembre del año 2004 (04/11/2004)
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CONSIDERANDO:
NORMAS LEGALES
MORDAZA, jueves 4 de noviembre de 2004
internacionales, por tratarse de un servicio que no admite sustituto; CONSIDERANDO: Que, el inciso f) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0122001-PCM, establece que la contratacion de servicios que no admiten sustitutos se encuentra exonerada de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, correspondiendo contratar dichos servicios mediante una Adjudicacion de Menor Cuantia; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 20º de la Ley en mencion, todas las exoneraciones, salvo la prevista en el inciso d) del Articulo 19º, se aprobaran mediante Resolucion del Titular de la Entidad, la misma que requiere de un informe tecnico-legal previo; Que, asimismo la disposicion acotada en el considerando precedente, senala que dicha Resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, excepto en los casos a que se refiere el inciso d) del Articulo 19º de la Ley, remitiendose MORDAZA de la misma y el informe tecnico-legal que la sustenta a la Contraloria General de la Republica, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion; Que, mediante el Informe Nº 009-2004-GI/ONP de fecha 23 de setiembre de 2004, la Division de Inversiones Financieras comunica la necesidad de contratar por un periodo de dos (02) anos, el servicio de analisis e informacion especializada en tiempo real relativa a los sectores economico y financiero internacionales, y que en el Peru solo es ofrecido por la empresa Bloomberg L. P., la unica proveedora que brinda este MORDAZA de servicios en el ambito de nuestro territorio nacional. En dicho documento se menciona que el valor referencial para la contratacion del referido servicio en el periodo en mencion, asciende a la suma de US$ 52,836.00 (Cincuenta y Dos Mil Ochocientos Treinta y Seis y 00/100 Dolares Americanos), incluido el IGV y el Impuesto a la Renta de los Proveedores No Domiciliados; Que, por lo expuesto, en el presente caso al producirse una situacion enmarcada en los terminos establecidos en el inciso f) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0122001-PCM, por tratarse de un servicio que no admite sustituto, resulta procedente autorizar la contratacion del referido servicio mediante el MORDAZA de Menor Cuantia, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 20º de la MORDAZA acotada y segun el procedimiento que determinan los Articulos 105º y 116º de su Reglamento; Que, mediante el Informe Nº 176-2004-GL.AL.24/ONP, la Gerencia Legal considera que resulta procedente la exoneracion del Concurso Publico para contratar el servicio de analisis e informacion especializada en tiempo real relativa a los sectores economico y financiero internacionales, en virtud que esta se encuentra enmarcada dentro del presupuesto establecido en el inciso f) del articulo 19º del acotado Texto Unico Ordenado; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0122001-PCM, su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, la Directiva Nº 011-2001CONSUCODE/PRE, aprobada por Resolucion Nº 1182001-CONSUCODE/PRE, y en uso de las facultades conferidas por la Resolucion Suprema Nº 018-2004-EF; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar la exoneracion del MORDAZA de Concurso Publico, al haberse configurado la causal a que se refiere el inciso f) del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, para contratar a la empresa Bloomberg L. P., a fin de que brinde el servicio de analisis e informacion especializada en tiempo real relativa a los sectores economico y financiero internacionales, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion.
Que, la Ley Nº 27736, Ley para la Transmision Radial y Televisiva de Ofertas Laborales, dispone que el Instituto de Radio y Television del Peru mediante Radio Nacional del Peru y MORDAZA 7, programara en horario que considere conveniente su Directorio, avisos de servicio publico en los que se ofrezcan puestos de trabajo publicos y privados; Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2004-TR se dispuso que el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, a traves de su programa "Red CIL Proempleo" proporcionara diariamente al Instituto de Radio y Television del Peru la informacion vinculada con la oferta de trabajo del sector publico y privado, a efectos del cumplimiento del articulo 1º de la Ley Nº 27736, la misma que sera difundida por el MORDAZA 7 y Radio y Television del Peru, en el horario que disponga dicha entidad; Que, asimismo el acotado Decreto Supremo establece que todo organismo publico y empresa del Estado esta obligada a remitir al Programa Red Cil Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, las ofertas de puestos publicos que tengan previsto concursar, disponiendose que dichas entidades a traves de su titular, debera designar mediante Resolucion, al funcionario responsable de remitir las referidas ofertas del empleo, la misma que sera publicada en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la entrada en vigencia de dicha norma; Que, en tal sentido, con el fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la MORDAZA anteriormente referida, resulta necesario designar al funcionario de la Oficina de Normalizacion Previsional (ONP), que sera responsable de remitir las ofertas de empleo de esta entidad al Programa Red Cil Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; En uso de las facultades contenidas por el Estatuto de la Oficina de Normalizacion Previsional aprobado por Decreto Supremo Nº 61-95-EF, elevado a rango de Ley a traves del articulo 17º de la Ley Nº 26504 y en merito a la designacion senalada en la Resolucion Suprema Nº 018-2004-EF; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar a la Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, Jefe de la Division de Recursos Humanos de la Gerencia de Administracion de la Oficina de Normalizacion Previsional ONP, como responsable de remitir las ofertas de empleo de esta entidad al Programa Red Cil Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, conforme lo dispone el Decreto Supremo Nº 012-2004-TR. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA PESTANA Jefe 19802
Autorizan contratacion de empresa mediante MORDAZA de menor cuantia para prestar servicio de analisis e informacion especializada en tiempo real relativa a sectores economico y financiero
RESOLUCION JEFATURAL Nº 128-2004-JEFATURA/ONP MORDAZA, 28 de octubre de 2004 VISTO: El Informe Nº 009-2004-GI/ONP de fecha 23 de setiembre de 2004, emitido por la Division de Inversiones Financieras de la Gerencia de Inversiones de la Oficina de Normalizacion Previsional, mediante el cual se solicita la exoneracion del Concurso Publico para contratar el servicio de analisis e informacion especializada en tiempo real relativa a los sectores economico y financiero