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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2004 (05/11/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 17

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G39/G37/G32/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 5 de noviembre de 2004 nistración Tributaria - SUNAT en la referida Comisión Multisectorial; De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 27594 y el Decreto Supremo Nº 019-2004-AG; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor Freddy Richard Lla- que Sánchez, como representante de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT en la Comi- sión Multisectorial de Lucha contra la Tala Ilegal CMLTI, a laque se refiere el Decreto Supremo Nº 019-2004-AG. Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO-PABLO KUCZYNSKI G. Ministro de Economía y Finanzas 19956 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G65/G73/G20/G6A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G2D/G73/G61/G62/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G6C/G69/G74/G6F/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G6C/G61/G20/G61/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 513-2004-EF/10 Lima, 3 de noviembre de 2004 Visto el Oficio Nº 1093-2004-PP-EF/16 del Procura- dor Público encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Economía y Finanzas. CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Nº 03767-4-2003 de fe- cha 27 de junio de 2003, el Tribunal Fiscal declaró fundada la queja presentada por Petróleos del Perú, PETROPERÚ S.A., contra la Municipalidad de Lurín, disponiendo la ele-vación inmediata de la apelación contra la denegatoria ficta de reclamación interpuesta contra la Orden de Pago Nº 2647, con todos sus antecedentes, siendo que de nocumplirse con dicho mandato se dispondría el inicio de las acciones penales que correspondan contra quienes re- sulten responsables de esta omisión; Que, posteriormente y ante una nueva queja presenta- da por la recurrente respecto al tema expuesto, el Tribu- nal Fiscal mediante Resolución Nº 06468-4-2003 del 7 denoviembre de 2003, requirió a la Administración, para que en el plazo de diez (10) días hábiles de notificada, informe sobre los hechos que motivaron la queja y especialmentesobre el estado del recurso de apelación contra la dene- gatoria ficta de la reclamación interpuesta contra la Orden de Pago Nº 2467 que la quejosa afirma haber presentado,debiendo indicar si ha elevado el citado recurso a la Muni- cipalidad Metropolitana de Lima; Que, al no haber cumplido la Administración con remitir dicha información en el plazo concedido y ante una nueva queja presentada por la recurrente con relación a tal incumpli- miento, el Tribunal Fiscal mediante Resolución Nº 01810-4-2004 del 24 de marzo de 2004, declaró fundada la queja inter- puesta debiendo la Administración dar cumplimiento a los dis- puesto mediante Resolución del Tribunal Fiscal Nº 06468-4-2003, en el plazo de diez (10) días hábiles de notificada; Que, no obstante haber transcurrido el plazo concedi- do, la Administración, una vez más incumplió con lo ordena-do por el Tribunal Fiscal, por lo cual la recurrente interpuso una nueva queja, habiendo el Tribunal Fiscal dictado la Re- solución Nº 03442-4-2004 de fecha 26 de mayo de 2004,declarando la nueva queja fundada, debiendo la Municipali- dad Distrital de Lurín dar cumplimiento a lo dispuesto en las Resoluciones del Tribunal Fiscal Nºs. 03767-4-2003, 06468-4-2003 y 01810-4-2004 y dispuso se oficie al Procurador Público del Ministerio de Economía y Finanzas a fin que proceda conforme a lo señalado en dicha Resolución; Que, el artículo 155º del Texto Único Ordenado del Có- digo Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF y el artículo 3º del Capítulo III del Reglamento de Orga- nización y Funciones del Tribunal Fiscal, establecen que elTribunal Fiscal, es el órgano competente del Ministerio de Economía y Finanzas para resolver las Quejas interpues- tas cuando existan procedimientos o actuaciones que afec-ten o infrinjan lo dispuesto por el Código Tributario; Que, el artículo 156º del mismo Código dispone que las resoluciones emitidas por el Tribunal Fiscal debenser cumplidas, bajo responsabilidad, por los funciona- rios de la Administración; Que, el incumplimiento por parte de la Municipalidad de Lurín, a dar cumplimiento al mandato del Tribunal Fis- cal, evidencian la existencia de indicios razonables de la comisión de los delitos contra la Administración Pública -Desobediencia y Resistencia a la Autoridad y Omisión, Rehusamiento o Demora de Actos Funcionales, previs- tos y penados en los artículos 368º y 377º del CódigoPenal aprobado por Decreto Legislativo Nº 635 y demás normas modificatorias; Que, por lo expuesto, resulta procedente autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Economía y Finanzas para que, en re- presentación y defensa de los intereses del Estado, inter-ponga las acciones judiciales pertinentes contra quienes resulten responsables de la comisión de estos delitos; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º de la Constitución Política del Perú y por el Decreto Ley Nº 17537 que regula la representación y defensa del Estado en juicio y sus normas modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encar- gado de los asuntos judiciales del Ministerio de Econo- mía y Finanzas para que, en nombre y representacióndel Estado, interponga las acciones judiciales correspon- dientes contra los presuntos responsables de la Munici- palidad de Lurín de la comisión de los delitos contra laAdministración Pública - Desobediencia y Resistencia a la Autoridad y Omisión, Rehusamiento o Demora de Actos Funcionales, conforme a lo expuesto en la parteconsiderativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Remítase copia de la presente resolu- ción al mencionado Procurador Público, para sucumplimiento y fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO-PABLO KUCZYNSKI G. Ministro de Economía y Finanzas 19957 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 515-2004-EF/10 Lima, 3 de noviembre de 2004 Visto el Oficio Nº 1094-2004-PP-EF/16 del Procura- dor Adjunto encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Economía y Finanzas. CONSIDERANDO: Que, la Sucesión Limas Cruz, interpuso recurso de apelación contra la Resolución de Alcaldía Nº 719-03- SG-MDS, que declaró inadmisible por extemporáneo surecurso de apelación interpuesto contra la Resolución de Alcaldía Nº 2501-02-SG/MDS, la cual había declara- do improcedente la solicitud de nulidad de diversasdeclaraciones juradas de autoavalúo presentadas por distintas personas en lotes inexistentes y que corres- pondían al predio de la Sucesión Ernesto Limas Palaciosy la Sucesión Limas Cruz; Que no habiendo la Municipalidad Distrital de Surqui- llo cumplido con elevar la apelación correspondiente, laSucesión Limas Cruz, formuló queja contra dicha Muni- cipalidad;