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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G30/G33/G31/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 13 de noviembre de 2004 terminada calidad, profesión, ciencia arte u oficio. La evaluación de las características o habilidades del lo-cador deberá ser objetiva y se efectuara en función dela naturaleza de las prestaciones a su cargo”; Que, el Art. 113º del Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado aprobado conDecreto Supremo Nº 013-2001-PCM establece: “Las re-soluciones o acuerdos que aprueben la exoneración delos procesos de selección, al amparo de las causalescontenidas el Art. 19º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, requiere obligatoriamente un Informe Técnico Le-gal emitido por la áreas Técnicas y de Asesoría Jurídicade la entidad, agregando que dicho informe contendrájustificación técnica y legal de la adquisición o contrata-ción y de la necesidad de exoneración; y contendrá cri-terios de economía, tales como los costos y la oportuni-dad”; Que, el Art. 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobadocon Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, concordantecon lo dispuesto por los Arts. 115º y 116º del Reglamen-to de la citada Ley aprobado con Decreto Supremo Nº013-2001-PCM, establecen: ... Todas las exoneracionesse aprobarán: c) mediante Acuerdo de Concejo Munici-pal, en el caso de los Gobiernos Locales, los que sepublicarán en el Diario Oficial El Peruano; la autoridadcompetente para aprobar la exoneración determinará encada caso, la dependencia u órgano que se encargaráde realizar la contratación o adquisición exonerada, deacuerdo al monto involucrado y a su complejidad, enver-gadura y sofisticación”; Que, el área de Rentas con Informe Nº 258-OR-MDSR- 2004 expresó que de la revisión a las declaracionesjuradas en lo que se refiere al Impuesto Predial, por losperíodos 2000, 2001, 2002, 2003 y 2004 de los princi-pales contribuyentes como son EDEGEL y ELECTRO-CENTRO S.A. y otros principales contribuyentes, se hapodido advertir que las mencionadas empresas no de-claran suma alguna en el rubro de otras instalaciones, loque implica que la base imponible declarada por los pe-riodos antes indicados, no refleja la realidad de lo quefísicamente existen en los predios de su propiedad, evi-denciando subvaluación en perjuicio de la Municipali-dad. Y que para poder establecer el real valúo de suspredios es necesario realizar una fiscalización, la mismaque según el Código Tributario, básicamente consta dedos etapas: Inspección en las instalaciones del predio afiscalizar: levantamiento de campo y Emisión de los do-cumentos como son: Resolución de Determinación, Re-solución de Multa, indicando que se tendría presente lacontratación por servicios personalísimos a la EmpresaVFSD Asesores y Consultores EIRL., quien realizó tra-bajos similares en la gestión anterior (año 2002) demos-trando solvencia moral, económica y generando ingre-sos para la Municipalidad; Que, la Gerencia de Obras y Desarrollo Urbano indi- ca que su Gerencia no cuenta con el profesional mecá-nico electricista y/o electricista, cuya participación esindispensable, por lo que sugiere contratar a un terceroque reuna las cualidades expuestas por dicha área (ren-tas); y el área de Asesoría Legal, emite un informe en el REQUISITO PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberán además remitir estos documentos en disquete o al siguiente correoelectrónico. normaslegales@editoraperu.com.peDIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVARREPUBLICADELPERUque indica que de los informes de Rentas y de Geren- cia de Obras la Municipalidad necesita en forma media-ta contratar los servicios de una empresa que cuentecon los profesionales idóneos para realizar un trabajocompleto comenzando con una fiscalización hasta laculminación para evitar de este modo evasiones tribu-tarias que ocasionan perjuicios a la Municipalidad, ental virtud, luego del análisis correspondiente en plenodel Concejo, concluye en la EXONERACIÓN DEL PRO-CESO DE SELECCIÓN REGULAR a fin de que se con-trate POR SERVICIOS PERSONALÍSIMOS para la FIS-CALIZACIÓN DE LA EMPRESA EDEGEL S.A. , ELEC-TROCENTRO y otros principales contribuyentes, y quela empresa VFSD Asesores y Consultores EIRL., cum-ple con las características particulares y especiales paraasumir el proceso de fiscalización dado a que ha veni-do celebrando contratos con la Municipalidad en formaresponsable; Que, mediante los informes de Vistos, se cumple con el requisito de sustentar técnica y legalmente lajustificación de la adquisición o contratación y de lanecesidad de la exoneración fundamentando la necesi-dad del contratación de la empresa VFSD Asesores yConsultores EIRL., bajo la causal de Servicios Perso-nalísimos, para brindar sus servicios en el Proceso deFiscalización de obligaciones tributarias respecto a laEmpresa EDEGEL S.A.A. Empresa Constructora o eje-cutora de la obra Hidroeléctrica de Yanango por con-cepto de Impuesto Predial, Arbitrios, Licencia de Cons-trucción, Conformidad de obra y demás conceptos afavor de la Municipalidad; Estando a lo expuesto y a lo aprobado por Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 12 de octubre del 2004;y en uso de las facultades conferidas en el Inc. 6) delArt. 20º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipa-lidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- EXONERAR del proceso de Lici- tación Pública, Concurso Público o Adjudicación Directapara la contratación de los Servicios de Asesoria Legalde una empresa Especialista en Fiscalización Tributaria. Artículo Segundo.- AUTORIZAR bajo la causal de servicios personalísimos la contratación de la empresaVFSD Asesores y Consultores EIRL, para la prestaciónde los servicios descritos en la parte considerativa delpresente, hasta la culminación total del proceso de FIS-CALIZACIÓN a la empresa EDEGEL S.A. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, re-mitir a la Contraloría General de la República, copia de laResolución y de los informes Técnico-Legal que dieronorigen al presente documento. Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese.WILLY HAMMER ASTETE Alcalde 20438