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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G30/G33/G31/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 13 de noviembre de 2004 Artículo Tercero.- Que los integrantes del Comité Es- pecial para la Adquisición descrita, se encarguen de sucumplimiento y su publicación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.RICARDO CORNEJO SÁNCHEZ Alcalde Provincial de Canchis - Cusco 20522 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE YAUYOS /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G71/G75/G65/G20/G6C/G61/G20/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G63/G6F/G6E/G74/G69/G2D /G6E/GFA/G61/G20/G66/G61/G63/G75/G6C/G74/G61/G64/G61/G20/G69/G6E/G73/G63/G72/G69/G62/G69/G72/G20/G6C/G61/G20/G70/G72/G6F/G70/G69/G65/G64/G61/G64/G76/G65/G68/G69/G63/G75/G6C/G61/G72/G20/G64/G65/G20/G76/G65/G68/GED/G63/G75/G6C/G6F/G73/G20/G6D/G65/G6E/G6F/G72/G65/G73/G20/G79/G20/G65/G78/G2D/G70/G65/G64/G69/G72/G20/G74/G61/G72/G6A/G65/G74/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G70/G69/G65/G64/G61/G64/G20/G79/G20/G70/G6C/G61/G63/G61/G73 ORDENANZA Nº 015-2004-.A-MPY. Yauyos, 13 de octubre del 2004 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE YAUYOS POR CUANTO:El Concejo Municipal Provincial de Yauyos.VISTO:En Sesión Ordinaria de fecha 15 de octubre del 2004, el Informe Nº 020-04-OAJ/MPY de la Oficina de AsesoríaJurídica; y, CONSIDERANDO: Que, en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con lo establecido en el Art. II delTítulo Preliminar de la Ley Nº 27972, se encuentra prescrito,que los gobiernos locales gozan de autonomía política,económica, y administrativa en los asuntos de su compe-tencia; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 establece en el artículo 73º, que es competencia munici-pal los servicios públicos locales, como el tránsito, circula-ción y transporte público y de conformidad con lo dispues-to en el numeral 1 y 1.6 del Art. 81º de la Ley Orgánica deMunicipalidades Nº 27972, esta Municipalidad Provincialtiene como función específica exclusiva, la de normar,regular y controlar la circulación de vehículos menoresmotorizados o no motorizados, tales como taxis, moto-taxis, triciclos y otros de similar naturaleza, dentro de estecontexto legal la Municipalidad Provincial de Yauyos, tie-ne dentro de su competencia, normar, regular y controlarel otorgamiento de Licencias de Conducir, Tarjetas dePropiedad, Placas y permisos para el uso de vehículosmenores; Que, el numeral 3 y 3.2 del Art. 81º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, dispone que, es funciónespecífica compartida de las municipalidades distritales,con la municipalidad provincial, otorgar licencias para lacirculación de vehículos menores y además, en concor-dancia a lo que señala el Art. 4º de la Ley Nº 27189 y delD.S. Nº 004-2001-MTC; Que, la Ley Nº 28325, publicado en el Diario Oficial el Peruano el día 11 de agosto del presente año ha dispues-to en el numeral 1.1 del artículo 1º que todas las inscrip-ciones realizadas por las municipalidades provinciales ydistritales relativas a los vehículos menores se trasladaránconjuntamente con su acervo documentario al Registro dePropiedad Vehicular de la Zona Registral competente, enel plazo de seis (6) meses de entrada en vigencia de lapresente Ley. El dispositivo legal acotado infringe los artícu-los 106º, 194º y normas conexas de la Constitución Políti-ca del Perú, porque viola la autonomía de la MunicipalidadProvincial de Yauyos; Que, estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas por los artículos 9º Inc. 8), y el Art. 40º de la LeyNº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el ConcejoMunicipal aprobó por mayoría y con dispensa del trámitede aprobación de acta la siguiente:ORDENANZA Artículo Primero.- Declarar la Inaplicabilidad de la Ley Nº 28325, en la jurisdicción de la provincia de Yauyos, poratentar contra la autonomía política, económica y adminis-trativa de la Municipalidad Provincial de Yauyos, consagra-do en el Art. 194º de la Constitución Políticas del Estado yen el Art. II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 ynormas conexas. Artículo Segundo.- Declarar que, la Municipalidad Pro- vincial de Yauyos, continua facultada para efectuar la ins-cripción, registrar administrativamente la propiedad vehicu-lar de los vehículos menores, expedir las tarjetas de pro-piedad y placas para vehículos menores. Artículo Tercero.- Ratificar el procedimiento de otorga- miento de Tarjetas de Propiedad, placas y licencias deconducir de vehículos menores. Artículo Cuarto.- Encargar el cumplimiento de la pre- sente Ordenanza a los Órganos Administrativos de la Munici-palidad Provincial de Yauyos. Artículo Quinto.- Disponer la publicación en el Diario Oficial El Peruano, para sus efectos legales. POR TANTO:Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.LUIS A. KELLY PONCE MARTÍNEZ Alcalde Provincial de Yauyos 20467 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN RAMÓN /G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6C/G61 /G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G65/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G20/G65/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G69/G73/G74/G61/G65/G6E/G20/G66/G69/G73/G63/G61/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G74/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G2D/G74/G61/G72/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G61/G73/G65/G73/G6F/G72/GED/G61/G20/G6C/G65/G67/G61/G6C RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 404-2004-MDSR San Ramón, 18 de octubre de 2004VISTO:La Nota Informativa Nº 294-2004-SG-MDSR, donde en sesión de concejo de fecha 12 de octubre del 2004 seaprueba la EXONERACIÓN DEL PROCESO DE SELEC-CIÓN para contratar por SERVICIOS PERSONALÍSIMOSpara la FISCALIZACIÓN DE LA EMPRESA EDEGEL S.A.; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son órganos de Gobierno Local, con personería jurídica de Derecho Público y tie-nen Autonomía Política, Económica y Administrativa enlos asuntos de su competencia, de conformidad con loestablecido en el Art. 194º de la Constitución Política delEstado, modificado por la Ley de Reforma Constitucio-nal - Ley Nº 27680; y concordante con los Arts. II, III y IVdel Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalida-des - Ley Nº 27972; Que, el inciso h) del Art. 19º del Texto Único Ordena- do de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es-tado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001PCM, precisa que ESTÁN EXONERADOS de los proce-sos de Licitación, Concurso Público o Adjudicación Di-recta, según sea el caso, las adquisiciones y contrata-ciones que se realicen para servicios personalísimos, deacuerdo a lo que establezca el reglamento de La Leyantes acotada; Que, el Art. 111º del Reglamento de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Su-premo Nº 013-2001-PCM, establece: “De conformidadcon el inciso h) del Art. 19º de la Ley, se encuentranexonerados del respectivo proceso de selección, losContratos de Locación de Servicios celebrados con per-sonas naturales o jurídicas cuando para dicha contra-tación se haya tenido en cuenta y como requisito esen-cial a la persona del locador ya sea por sus caracterís-ticas inherentes, particulares o especiales o por su de-