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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2004 (16/11/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 12

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G30/G34/G33/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 16 de noviembre de 2004 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Suprema Nº 296-2004-PCM, de fecha 9 de setiembre de 2004, se autorizó el viaje enmisión oficial del señor Ministro de Economía y Finanzas,doctor PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD, a las ciu- dades de Washington D.C., Estados Unidos de América; Londres, Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda delNorte; Milán, República Italiana; Munich y Frankfurt, Re-pública Federal de Alemania; y, Amsterdam, Reino de losPaíses Bajos, del 13 al 23 de setiembre de 2004, con lafinalidad de asistir a la reunión para una nueva capitaliza- ción del Fondo Multilateral de Inversiones (FOMIN), en su calidad de Presidente de la Asamblea de Gobernadoresdel BID y a presentaciones sobre la deuda externa y laeconomía del Perú a inversionistas institucionales; Que, para realizar actividades conjuntas con el Pre- sidente de la República, el Ministro tuvo que prorrogar su estadía del 24 al 27 de setiembre de 2004, en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de Améri-ca, modificando el itinerario de viaje autorizado, motivopor el cual es necesario ampliar la autorización de viajedel señor Ministro de Economía y Finanzas, doctor PE-DRO PABLO KUCZYNSKI GODARD; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 17.1 del artículo 17º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimien-to Administrativo General, Decreto Legislativo Nº 560 -Ley del Poder Ejecutivo, Ley Nº 27619 y Decreto Supre-mo Nº 047-2002-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, con eficacia anticipada, la ampliación del itinerario del viaje del señor Ministro deEconomía y Finanzas, doctor PEDRO PABLO KU- CZYNSKI GODARD, dispuesto por la Resolución Su- prema Nº 269-2004-PCM, del 24 al 27 de setiembre de2004, por las razones expuestas en la parte considerati-va de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los Gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán cubiertos por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y con cargo al Pre- supuesto de la Unidad Ejecutora 001 - AdministraciónGeneral del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas,de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos: US$ 880,00 Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros ypor el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros PEDRO PABLO KUCZYNSKI Ministro de Economía y Finanzas 20738 AGRICULTURA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G6D/G69/G2D /G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G20/G61/G20/G43/G6F/G6C/G6F/G6D/G62/G69/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G6C/G61/G20/G4F/G63/G74/G61/G76/G61/G20/G52/G65/G75/G6E/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6F/G72/G64/G69/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E /G41/G6E/G64/G69/G6E/G61/G20/G50/G72/G65/G76/G69/G61/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G53/G65/G78/G74/G61/G20/G52/G6F/G6E/G64/G61/G20/G64/G65/G20/G4E/G65/G2D /G67/G6F/G63/G69/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G73/G75/G73/G63/G72/G69/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G54/G4C/G43/G63/G6F/G6E/G20/G45/G45/G2E/G55/G55/G2E RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 060-2004-AG Lima, 12 de noviembre de 2004Visto, el Facsímil Nº 389-2004-MINCETUR/VMCE, del 4 de noviembre de 2004, del Viceministro de Comer-cio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior y Turis-mo; y, CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de Bogotá, Colombia, entre los días 15 al 18 de noviembre de 2004, se llevará a cabo la Octava Reunión Andina de Coordinación Previa a la Sexta Ronda de Negociación para la suscripción del Tratado de LibreComercio con los Estados Unidos de Norte América; Que, mediante el documento del Visto, se solicita al Ministerio de Agricultura, que autorice la participación desus representantes en dicha reunión; Que, en consecuencia, se ha visto por conveniente autorizar el viaje del economista Julio Paz Cafferata ydel ingeniero Javier Ramón Galván Costa, Asesores dela Alta Dirección del Ministerio de Agricultura para queparticipen en la reunión antes mencionada; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25902, Decreto Legislativo Nº 560, Ley Nº 27619 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Ley Nº 28128 - Ley de Presupuesto del Sec-tor Público para el Año Fiscal 2004; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del economista Julio Paz Cafferata, y del ingeniero Javier Ramón Galván Costa,Asesores de la Alta Dirección del Ministerio de Agricultura,del 16 al 18 de noviembre de 2004, para que participen en la Octava Reunión de Coordinación Andina Previa a la Sexta Ronda de Negociación para la suscripción del Tratado deLibre Comercio con los Estados Unidos de Norte América,a realizarse en la ciudad de Bogotá, Colombia. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, serán con cargo a los recursos presupuestales asignados a la Cadena Funcional Programática 001 04 006 0005 1.001103.00010 Meta 00001 Coordinación de Políticas Guber-namentales en General, Recursos Ordinarios del Pre-supuesto para el 2004, del Pliego 013 Ministerio de Agri-cultura, de acuerdo al siguiente detalle: Econ. Julio Paz Cafferata Pasajes US$ 569,54 Viáticos US$ 600,00Tarifa Única por Uso de Aeropuerto US$ 28,24 Ing. Javier Ramón Galván Costa Pasajes US$ 569,54 Viáticos US$ 600,00Tarifa Única por Uso de Aeropuerto US$ 28,24 Artículo 3º.- Dentro de los (15) días calendario si- guientes de efectuado el viaje, los referidos funcionarios deberán presentar ante el Ministro de Agricultura un in-forme detallado describiendo las acciones realizadas,los resultados obtenidos y la rendición de cuentas porlos viáticos entregados. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no otorgará derecho a exoneración de impuestos o de de- rechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros yel Ministro de Agricultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros ÁLVARO QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Agricultura 20733