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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G30/G34/G34/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 16 de noviembre de 2004 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos,en concordancia con sus normas reglamentarias aproba-das por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios públi- cos de los Ministerios, entre otras entidades, la autoriza-ción de viaje se otorgará por Resolución Ministerial delrespectivo Sector, la que deberá ser publicada en elDiario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, conexcepción de las autorizaciones de viajes que no irro- guen gastos al Estado; Que, el inciso k) del artículo 15º de la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fis-cal 2004, dispone restringir al mínimo indispensable losviajes al exterior del país en comisión de servicios, esta-bleciendo que, para el caso del Poder Ejecutivo, éstos serán aprobados por resolución suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro delsector correspondiente, con excepción de los sectoresde Relaciones Exteriores, Comercio Exterior y Turismo,así como de la Dirección General de Aeronáutica Civildel Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en cuyo caso se aprobarán por resolución del Titular del Pliego correspondiente; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil esejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civilcomo dependencia especializada del Ministerio de Trans- portes y Comunicaciones; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de cumplir con los estándares aeronáuticosinternacionales establecidos en el Convenio de Chi-cago sobre Aviación Civil y poder mantener la califica-ción de Categoría - I otorgada al Perú por la Organiza- ción de Aviación Civil Internacional, debe mantener un programa anual de vigilancia sobre la seguridad ope-racional a través de la ejecución de inspecciones téc-nicas a los explotadores aéreos en el país, basado enlas disposiciones establecidas en el citado Convenioy en los estándares de la Organización de Aviación Civil Internacional; Que, la empresa Aero Transporte S.A., con Carta ATSA OPER INST. 147-04, del 22 de octubre de 2004,en el marco del Procedimiento Nº 5 de la seccióncorrespondiente a la Dirección General de AeronáuticaCivil (Evaluación de Personal), establecido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por De-creto Supremo Nº 008-2002-MTC, solicita a la DirecciónGeneral de Aeronáutica Civil, efectuar un chequeo téc-nico en simulador de vuelo del equipo PA-42 PiperCheyenne, en el Centro de Entrenamiento de Flight Safe- ty de la ciudad de Lakeland, Florida, Estados Unidos de América, a su personal aeronáutico propuesto, duranteel día 17 de noviembre de 2004; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acotación Nºs. 23979 y 23980, la solicitante ha cumplidocon el pago del derecho de tramitación correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando ante- rior, ante la Dirección de Tesorería del Ministerio de Trans-portes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empre-sa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viá- ticos y la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Orden deInspección Nº 1730-2004-MTC/12.04-SDO designandoal Inspector Armando Antonio Velarde Torres, para reali-zar un chequeo técnico en simulador de vuelo del equipo PA-42 Piper Cheyenne, al personal aeronáutico propuesto por la empresa Aero Transporte S.A., en la ciudad deLakeland, Florida, Estados Unidos de América, durantelos días 16 al 18 de noviembre de 2004; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil para que, en cumplimiento de las fun- ciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento,pueda realizar el chequeo técnico a que se contrae laOrden de Inspección Nº 1730-2004-MTC/12.04-SDO;De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619 y Ley Nº 28128 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Armando Antonio Velarde Torres, Inspector de la Dirección Gene- ral de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes yComunicaciones, a la ciudad de Lakeland, Florida, Esta-dos Unidos de América, durante los días 16 al 18 denoviembre de 2004, para los fines a que se contrae laparte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autoriza- do precedentemente, ha sido íntegramente cubierto porla empresa Aero Transporte S.A. a través de los Reci-bos de Acotación Nºs. 23979 y 23980, abonados a laDirección de Tesorería del Ministerio de Transportes yComunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viáticos y tarifa por uso de aeropuerto, de acuerdo al siguiente detalle : Viáticos US$ 660.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 28.24 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspectormencionado en el Artículo 1º de la presente ResoluciónMinisterial, dentro de los quince (15) días calendario si-guientes de efectuado el viaje, deberá presentar un infor-me al Despacho Ministerial, con copia a la Oficina Gene- ral de Administración del Ministerio de Transportes y Co- municaciones, describiendo las acciones realizadas y losresultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos oderechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denomi- nación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 20677 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 842-2004-MTC/02 Lima, 12 de noviembre de 2004 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, en concordancia con sus normas reglamentarias aproba- das por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, estableceque para el caso de los servidores y funcionarios públi-cos de los Ministerios, entre otras entidades, la autoriza-ción de viaje se otorgará por Resolución Ministerial delrespectivo Sector, la que deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepción de las autorizaciones de viajes que no irro-guen gastos al Estado; Que, el inciso k) del artículo 15º de la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fis-cal 2004, dispone restringir al mínimo indispensable los viajes al exterior del país en comisión de servicios, estableciendo que, para el caso del Poder Ejecutivo, éstosserán aprobados por resolución suprema refrendada porel Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro delsector correspondiente, con excepción de los sectoresde Relaciones Exteriores, Comercio Exterior y Turismo, así como de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en cuyocaso se aprobarán por resolución del Titular del Pliegocorrespondiente; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil como dependencia especializada del Ministerio deTransportes y Comunicaciones;