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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G30/G34/G34/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 16 de noviembre de 2004 Que por Resolución Ministerial Nº 378-2004-PRODU- CE del 21 de octubre del 2004, se autorizó el desarrollode las actividades de extracción y procesamiento de losrecursos anchoveta ( Engraulis ringens ) y anchoveta blanca (Anchoa nasus ), a partir de las 00.00 horas del día 25 de octubre del 2004, en la zona comprendida entre el extremo norte del dominio marítimo del Perú y los 16° 00' S; Que asimismo el artículo 3º de la Resolución Ministe- rial citada en el considerando anterior, estableció que elvolumen final de captura del recurso anchoveta ( Engrau- lis ringens ) en lo que resta de la temporada de pesca del 2004, estará sujeta a la recomendación que efectúe el Instituto del Mar del Perú, sobre la base de evaluar ladinámica productiva de la especie, su relación con elecosistema marino y la evolución de las condicionesambientales; Que el Instituto del Mar del Perú a través del oficio del visto, informa que la captura de los principales recursos pelágicos en todo el litoral durante enero - 9noviembre del 2004 fue de 7.22 millones de toneladas,correspondiendo a la anchoveta 7.03 millones detoneladas; asimismo en el período 25 de octubre - 9de noviembre se ha capturado 1'046,973 toneladas de anchoveta en la región norte-centro y un promedio de captura diario de 66 mil toneladas, comportamientoque supera los rendimientos diarios observados en elmismo período de los años 2000 al 2003; por lo querecomienda suspender las actividades de extraccióny procesamiento de la anchoveta en la región norte centro. Asimismo, recomienda que los niveles de cap- tura para el resto de la temporada de pesca del pre-sente año no supere los 8 millones de toneladas, re-sultando necesario que la administración tenga pre-sente para dictar las medidas de ordenamiento pes-quero pertinentes, para lograr un aprovechamiento sostenido del recurso anchoveta; De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley General de Pesca - Decreto Ley Nº 25977, suReglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, así como en aplicación de las atribucionesconferidas por la Ley Nº 27789; y, Con el visado del Viceministro de Pesquería; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Suspender las actividades de extrac- ción y procesamiento pesquero del recurso anchove- ta ( Engraulis ringens ) para el consumo humano indi- recto en la Región Norte-Centro, comprendida entreel extremo norte del dominio marítimo peruano y elparalelo 16° 00' S, a partir de las 00.00 horas del día17 de noviembre hasta las 24.00 horas del día 30 denoviembre de 2004. Los establecimientos industriales pesqueros ubica- dos dentro del área que comprende la suspensión de lasactividades extractivas, podrán procesar el recurso an-choveta hasta las 12.00 horas del día 18 de noviembrede 2004. Artículo 2º.- El incumplimiento de la medida dispues- ta en la presente Resolución, será sancionado confor- me al Reglamento de Inspecciones y del ProcedimientoSancionador de las Infracciones en las Actividades Pes-queras y Acuícolas, aprobado por el Decreto SupremoNº 008-2002-PE y sus normas ampliatorias y modificato-rias. Artículo 3º.- Las Direcciones Nacionales de Extrac- ción y Procesamiento Pesquero, de Seguimiento, Con-trol y Vigilancia y de Medio Ambiente del Ministerio de laProducción, así como las Direcciones Regionales concompetencia pesquera y la Dirección General de Capita-nías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, dentro del ámbito de sus respectivas competencias y jurisdiccio- nes, velarán por el cumplimiento de lo dispuesto en lapresente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFONSO VELÁSQUEZ TUESTA Ministro de la Producción 20742RELACIONES EXTERIORES /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G65/G6E/G20/G73/G69/G74/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G75/G72/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G6C/G61 /G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G76/G69/G73/G69/G6F/G6E/G61/G2D /G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G70/G61/G73/G61/G6A/G65/G73/G20/G61/GE9/G72/G65/G6F/G73/G20/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G65 /G69/G6E/G74/G65/G72/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73/G2C/G20/G72/G65/G73/G65/G72/G76/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G79/G20/G63/G6F/G6E/G66/G69/G72/G2D/G6D/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G76/G75/G65/G6C/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0899-2004-RE Lima, 2 de noviembre de 2004 Vistos, el Informe (LOG) Nº 033-2004 sobre sustenta- ción técnica del Departamento de Logística y el Memo-rándum (DRH) Nº 2787-2004 del Director General deDesarrollo de Recursos Humanos, así como el InformeLegal de la Oficina de Asuntos Legales; para la contrata- ción del servicio de provisionamiento de pasajes aéreos nacionales e internacionales, reservaciones y confirma-ciones de vuelo y otros servicios complementarios parael Ministerio de Relaciones Exteriores. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 026- 2004-RE, se aprobó el Plan Anual de Adquisiciones yContrataciones del Ministerio de Relaciones Exteriorescorrespondiente al Ejercicio Fiscal 2004; Que, el Director General de Desarrollo de Recursos Humanos ha solicitado la contratación del servicio deprovisionamiento de pasajes aéreos nacionales e interna-cionales, reservaciones y confirmaciones de vuelo yotros servicios complementarios para el Ministerio deRelaciones Exteriores, por el período estimado de cinco (5) meses contados desde el agotamiento del monto contractual señalado en el Contrato Nº 0001-2004-LOG-RE/CP o hasta contar con el contratista a quien se adju-dique la buena pro en el proceso a programar para elAño Fiscal 2005; proceso que no se encuentra incluidoen el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones a que se refiere el considerando precedente; Que, el costo para realizar la contratación antes mencionada asciende a un máximo de US$ 240,000.00(Doscientos cuarenta mil y 00/100 Dólares Americanos),por lo que en mérito a lo dispuesto por el artículo 22º dela Ley Nº 28128 -Ley de Presupuesto para el Sector Publico para el Año Fiscal 2004 y al artículo 14º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisicio-nes del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, corresponde llevar a cabo un proceso deselección por Concurso Público; Que, el artículo 8º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que los procesos de selección no contenidos en el PlanAnual deben ser aprobados por el Titular del Pliego o lamáxima autoridad administrativa de la Entidad, segúncorresponda, o por el funcionario o dependencia delega-da, para su inclusión en el mismo, lo cual deberá infor- marse al CONSUCODE y a la Comisión de Promoción de la Pequeña y Microempresa -PROMPYME, dentro delo diez (10) días hábiles siguientes a dicha aprobación; Que, mediante memorándum de vistos la Dirección General de Desarrollo de Recursos Humanos comunicala necesidad de prever las acciones tendientes a conti- nuar con el servicio de provisión de pasajes sin interrup- ciones; asimismo, hace referencia al Informe (PV) Nº 91en el cual comunican que al 26 de octubre de 2004 se haejecutado el 97% del monto contractual equivalente a lasuma de US$ 524,467.18 Dólares Americanos; con locual según las estadísticas de consumo disponibles estaría próximo a vencer el respectivo plazo contrac- tual; Que, adicionalmente a la situación planteada por la Dirección General de Desarrollo de Recursos Huma-nos, debe considerarse el hecho de que en el PAAC2004 de " este Ministerio, no se ha programado la con- tratación del servicio antes mencionado, por lo que, de alcanzarse el monto total contractual, estaríamos des-