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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2004 (16/11/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 28

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G30/G34/G35/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 16 de noviembre de 2004 obras públicas, su ejecución, mantenimiento y conser- vación, en cumplimiento de los objetivos y metas institu-cionales, determinando si se ejecutaron en observanciade la normativa vigente y a precios razonables de mer-cado; Que, como resultado de la acción de control, la Co- misión Auditora ha determinado que en el mes de di- ciembre de 2002, el Concejo Municipal aprobó que “Or-ganizaciones Vecinales” realicen procesos de seleccióny contraten la ejecución de cuatro obras públicas, bajo ladenominación de “Concursos Privados”, efectuándosepara ese efecto modificaciones al Presupuesto y al Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, que fueron comunicadas al CONSUCODE, indicando que dichosprocesos se realizarían bajo la modalidad de Adjudica-ción Directa Pública y estarían a cargo del Comité Espe-cial de la entidad; Que asimismo, se ha constatado que las citadas obras se sustentaron en Expedientes Técnicos ela- borados por el Asesor de la Asociación Vecinal, losque adolecen de deficiencias técnicas y sobrestima-ciones en sus partidas, hechos que no fueron obser-vados por la Junta de Contribución Especial creadapor la Municipalidad para supervisar las obras, la cual dio su conformidad respecto a su factibilidad, emitien- do incluso opinión favorable a la realización de los“Concursos Privados” y consecuentemente a los con-tratos suscritos entre particulares para ejecutar obraspúblicas, en contravención de la Ley de Contratacio-nes y Adquisiciones del Estado; otorgándose la buena pro a una empresa vinculada al Asesor de la Asocia- ción Vecinal, quien fuera su propietario hasta el año2001, cancelándose por las cuatro obras un total deS/. 3 223 395,03. Asimismo, se pudo apreciar que dedicho monto, carece de sustento la cantidad de S/.539 573,67, por corresponder tanto a gastos que no deben ser asumidos por la entidad por la sobrestima- ción de partidas en el expediente técnico, como ametrados no ejecutados, en perjuicio de la Municipali-dad; hechos que constituyen indicios razonables quehacen presumir la comisión de los delitos de Abuso deAutoridad, Falsedad Ideológica y Abuso de Autoridad en la modalidad de Omisión, Rehusamiento o Demora de Actos Funcionales, previstos y penados por losartículos 376º, 428º y 377º del Código Penal, respec-tivamente; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 22º inciso d), de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, cons- tituye atribución de este Organismo Superior de Control,disponer el inicio de las acciones legales pertinentes enforma inmediata, por parte del Procurador Público, enlos casos en que de la ejecución directa de una acciónde control se encuentre presunción de ilícito penal, co- rrespondiendo autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de laRepública el inicio de las acciones legales respectivascontra los responsables comprendidos en el Informe deVisto, y; De conformidad con lo establecido en el literal d) del artículo 22º de la Ley N° 27785 - Ley Orgánica del Siste- ma Nacional de Control y de la Contraloría General de laRepública, y el Decreto Ley N° 17537 y sus modificato-rias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Pú- blico a cargo de los asuntos judiciales de la Contralo-ría General de la República, para que en nombre y enrepresentación del Estado, inicie las acciones legalespor los hechos expuestos, contra los presuntos res- ponsables comprendidos en el Informe de Visto, remi- tiéndole para el efecto, los antecedentes correspon-dientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 20633RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 454-2004-CG Lima, 12 de noviembre de 2004VISTO, el Informe Especial Nº 201-2004-CG/ORCU, resultante del Examen Especial practicado a la Munici- palidad Distrital de San Jerónimo, provincia de Abancay,Región Apurímac, período enero - diciembre 2002, con-siderando aspectos anteriores y posteriores al citadoperíodo; y, CONSIDERANDO: Que, como actividad programada de la Oficina Re- gional de Control Cusco, la Contraloría General de laRepública, dispuso la ejecución de una acción de con-trol en la Municipalidad Distrital de San Jerónimo, pro- vincia de Abancay, Región Apurímac, por el período enero - diciembre 2002; la cual tuvo como objetivo,entre otros, determinar si los procesos de selecciónpara la adquisición de bienes, servicios, y ejecuciónde obras, se realizaron en concordancia con la nor-mativa presupuestaria y de contrataciones y adquisi- ciones vigente; Que, como resultado de la evaluación practicada por la Comisión Auditora, se ha determinado que du-rante el período 2002, se favoreció a empresas pro-veedoras, con la adquisición directa de insumos parael Programa del Vaso de Leche, sin la previa realiza- ción de procesos de selección, habiéndose incluso efectuado un pago en circunstancias en que la Muni-cipalidad no había asumido compromiso alguno, asi-mismo, que no se adoptaron acciones correctivas res-pecto al incumplimiento de los plazos en la entrega delos productos, contraviniéndose las normas vigentes en materia presupuestal y de contrataciones y adqui- siciones, afectando los intereses de los beneficiariosdel citado programa, así como la imagen de probidadadministrativa que la Municipalidad como entidad pú-blica debe mantener en todos sus actos; irregularida-des que hacen presumir la comisión del delito de Co- rrupción de Funcionarios en la modalidad de Negocia- ción Incompatible con el Cargo, tipificado y penado enel artículo 397º del Código Penal; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del artículo 22º de la Ley Orgánica del Sistema Nacio-nal de Control y de la Contraloría General de la Repú- blica, Ley Nº 27785, constituye atribución de este Or- ganismo Superior de Control, disponer el inicio de lasacciones legales pertinentes en forma inmediata, porparte del Procurador Público, en los casos que en laejecución directa de una acción de control se encuen-tre daño económico o presunción de ilícito penal, co- rrespondiendo autorizar al Procurador Público a car- go de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, el inicio de las acciones legales res-pectivas contra los presuntos responsables compren-didos en el Informe de Visto; De conformidad con el artículo 22º inciso d), de la Ley del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, Ley Nº 27785, y los DecretosLeyes Nºs. 17537 y 17667; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Pú- blico a cargo de los asuntos judiciales de la ContraloríaGeneral de la República, para que en nombre y repre-sentación del Estado, inicie las acciones legales corres-pondientes contra los presuntos responsables compren-didos en el Informe de Visto, remitiéndosele para el efec- to los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 20634