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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2004 (16/11/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 18

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G30/G34/G34/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 16 de noviembre de 2004 Decreto Supremo Nº 004-2004-MIMDES, la Resolución Ministerial Nº 044-2004-MIMDES y el inciso b) del ar-tículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 496-2004-MIMDES; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor Armando Ma- nuel Medardo Palacios García, Jefe de la Unidad deRecursos Humanos de la Oficina de Administración del INABIF, como el funcionario responsable de remitir al Programa Red Cil Proempleo del Ministerio de Trabajo yPromoción del Empleo, las ofertas de trabajo del InstitutoNacional de Bienestar Familiar a las que se refiere elReglamento de la Ley Nº 27736 para la transmisión ra-dial y televisiva de ofertas laborales. Regístrese, comuníquese y publíquese. ERICK SORIANO BERNARDINI Gerente General 20639 PRODUCE /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G70/G61/G72/G61 /G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G72/G65/G75/G6E/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6E/G65/G67/G6F/G63/G69/G61/G63/G69/GF3/G6E/G64/G65/G20/G75/G6E/G20/G54/G4C/G43/G20/G63/G6F/G6E/G20/G54/G61/G69/G6C/G61/G6E/G64/G69/G61 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 034-2004-PRODUCE Lima, 6 de noviembre del 2004 CONSIDERANDO: Que, durante la visita oficial realizada por el señor Presidente de la República, Dr. Alejandro Toledo Manri-que, al Reino de Tailandia, el 17 de octubre de 2003,se acordó con el Primer Ministro de ese país concre-tar el marco para un Tratado de Libre Comercio - TLCbilateral; Que, en el presente año se iniciaron las negociacio- nes orientadas a la firma de dicho TLC, habiéndose lle-vado a cabo las primeras cuatro rondas de negociación,la primera y tercera en la ciudad de Bangkok, Reino deTailandia, y la segunda y cuarta en la ciudad de Lima,con el objetivo de crear, entre otros temas de interés para el país, un área de libre comercio bilateral de bienes para el año 2015; Que, mediante Facsímil Nº 376-2004-MINCETUR/ VMCE, de fecha 21 de octubre de 2004, el Viceministrode Comercio Exterior, del Ministerio de Comercio Exte-rior y Turismo, comunicó al Despacho Viceministerial de Industria la realización de la Quinta Ronda de Negocia- ciones, en la ciudad de Bangkok, del 8 al 12 de noviem-bre de 2004, señalando asimismo la importancia que elViceministerio de Industria participe activamente en lasMesas de Aranceles y Medidas No Arancelarias, asícomo en la de Reglas de Origen; Que, a través del Oficio Nº 349-2004-PRODUCE/ VMI/DNI, de fecha 26 de octubre de 2004, el Vicemi-nistro de Industria, del Ministerio de la Producción, co-municó al Viceministerio de Comercio Exterior, la desig-nación del señor Juan Carlos Zavala De la Cruz, profe-sional de la Dirección Nacional de Industria del Ministerio de la Producción, como representante del Sector para que participe en el evento, citado en el considerandoanterior; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 y sus modificatorias, la Ley Nº28128, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Ejercicio Fiscal 2004, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servi-dores y funcionarios públicos, y el Decreto SupremoNº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Juan Carlos Zavala De la Cruz, Subdirector de Investigación y Desa-rrollo de la Dirección Nacional de Industria, del Ministerio de la Producción, a la ciudad de Bangkok, Reino de Tai-landia, para participar en las reuniones de negociaciónen el marco de la Quinta Ronda de Negociaciones parala suscripción de un Tratado de Libre Comercio con elReino de Tailandia, a realizarse del 8 al 12 de noviembre de 2004. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema serán cubiertos porel Pliego Presupuestal del Ministerio de la Producción,de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 2 104,48 Viáticos US$ 1 820,00 Tarifa CORPAC US$ 28,24 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calenda- rio siguientes de efectuado el viaje, el mencionado fun- cionario deberá presentar al Titular del Sector, con copiaa la Oficina General de Desarrollo y Planeamiento Estra-tégico, un informe describiendo las acciones realizadasy los resultados obtenidos, con la correspondiente ren-dición de cuenta. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no otorga derecho de exoneración o liberación de im-puestos y/o derechos de cualquier clase o denomina-ción. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de la Producción. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros ALFONSO VELÁSQUEZ TUESTA Ministro de la Producción 20739 /G53/G75/G73/G70/G65/G6E/G64/G65/G6E/G20/G61/G63/G74/G69/G76/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G65/G78/G74/G72/G61/G63/G63/G69/GF3/G6E /G79/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G70/G65/G73/G71/G75/G65/G72/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G72/G65/G63/G75/G72/G73/G6F/G61/G6E/G63/G68/G6F/G76/G65/G74/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G63/G6F/G6E/G73/G75/G6D/G6F/G20/G68/G75/G6D/G61/G6E/G6F/G20/G69/G6E/G2D /G64/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G67/G69/GF3/G6E/G20/G4E/G6F/G72/G74/G65/G20/G2D/G20/G43/G65/G6E/G74/G72/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 414-2004-PRODUCE Lima, 15 de noviembre del 2004 Visto el Oficio Nº 643-2004-PRODUCE/IMP del 11 de noviembre del 2004, mediante el cual el Instituto del Mardel Perú alcanza el Informe denominado "Desarrollo de la Pesquería de Anchoveta durante octubre - 9 noviem- bre del 2004 en el Litoral Peruano". CONSIDERANDO: Que el artículo 2º de la Ley General de Pesca - De- creto Ley Nº 25977, establece que los recursos hidro- biológicos contenidos en las aguas jurisdiccionales delPerú son patrimonio de la Nación; correspondiendo alEstado regular el manejo integral y la explotación racio-nal de dichos recursos, considerando que la actividadpesquera es de interés nacional; Que el artículo 9º de la citada Ley contempla que, sobre la base de evidencias científicas disponibles yde factores socioeconómicos, la autoridad pesqueradeterminará según el tipo de pesquería, los sistemasde ordenamiento pesquero, las cuotas de captura per-misibles, temporadas y zonas de pesca, regulación del esfuerzo pesquero, los métodos de pesca, tallas mínimas de captura y demás normas que requieran lapreservación y explotación racional de los recursospesqueros;